El quantum esencial de la motivación de las Resoluciones como criterio confrontacional al principio de imputación necesaria

AutorJames Reátegui Sánchez
Páginas117-135
CAPÍTULO TERCERO: EL QUANTUM ESENCIAL DE LA MOTIVACIÓN... 117
El concepto de motivación en el ámbito del derecho puede ser
de dos puntos de vista: por un lado, en el ámbito del derecho
sustantivo penal se habla del término “motivación” para referirse
a uno de sus elementos relevantes para configurar la responsa-
bilidad. Así, estamos hablando de la capacidad de motivación
a nivel individual, capacidad para motivarse por los mandatos
imperativos, es lo que constituye lo esencial de ese elemento de la
culpabilidad que llamamos imputabilidad152; por otro lado, desde
152 MUÑOZ CONDE, Francisco / GARCÍA ARÁN, Mercedes; Derecho Penal.
Parte General, Valencia, 2002, p. 363 Según los citados autores el
fundamento material de la culpabilidad hay que buscarlo en la función
motivadora de la norma penal, junto con la función protectora que
constituye una función específica de la norma penal. “La norma penal
si dirige a individuos capaces de motivarse en su comportamiento por
los mandatos normativos. Lo importante no es que el individuo pueda
elegir entre varias haceres posibles que es precisamente el que la nor-
ma prohíbe con la amenaza de una pena. A partir de un determinado
desarrollo mental, biológico y cultural del individuo, se espera que éste
pueda motivarse por los mandatos normativos”. Es decir, según Muñoz
Conde /García Arán la comunicación entre el individuo y los mandatos
de la norma sólo puede darse si el individuo tiene la capacidad para
Capítulo tercero
El quantum esencial de la motivación de las
resoluciones como criterio confrontacional
al principio de imputación necesaria
JAMES REÁTEGUI SÁNCHEZ
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el ámbito del Derecho Procesal se habla de motivación como la suficiente ar-
gumentación que debe explicar un juzgador al momento de dilucidar un caso
concreto, y que dicha argumentación debe cautelar los demás derechos consti-
tucionales que involucra un proceso penal acorde con el Estado de Derecho.
I. SOBRE LOS REQUISITOS DE LA MOTIVACIÓN DE LAS RESOLU-
CIONES
Generalmente se han observado hasta tres exigencias sustanciales para la
satisfacción del derecho a la motivación de las resoluciones, y ellas han sido las
siguientes: la razonabilidad de la decisión y la congruencia de la decisión. Sin
embargo, según la jurisprudencia del mismo Tribunal Constitucional, se ha
incorporado un tercer elemento en la motivación. Veámos cada una de ellos.
1. La razonabilidad de la decisión judicial
En una primera aproximación la racionalidad de la decisión puede identifi-
carse con la legitimidad de la opción tomada, dado que la exigencia de raciona-
lidad supone la elección de una solución jurídicamente legítima; y por su parte
la razonabilidad de la decisión se habrá de conectar con la elección valorativa
realizada entre las posibles soluciones legítimas o racionales. Por tanto, la justifi-
cación de la razonabilidad de la decisión sólo será pertinente cuando el juez haya
podido optar entre dos o más soluciones jurídicamente legítimas al decidir153.
Por el contrario, si conforme al ordenamiento sólo existe una solución legítima,
el juez únicamente viene obligado a justificar que su decisión es racional, es
decir, jurídicamente válida.154
Los conceptos de racionalidad que se manejan por los autores son múltiples.
Así es posible hablar de racionalidad pragmática, dialéctica, analítica, comunica-
tiva, instrumental, procedimental, y otros muchos calificativos que responden
al distinto punto de vista desde el que se pretenda analizar el fenómeno de la
racionalidad. El elemento esencial de cada teoría sobre la racionalidad se en-
cuentra, por tanto, en el momento de seleccionar el criterio determinante de la
racionalidad de una actuación humana. En este sentido, el criterio de clasifica-
ción muy extendido es aquel que distingue entre racionalidad especulativa y
sentirse motivado por la norma, conoce su contenido y se encuentra en una situación
en la que puede regirse, sin grande esfuerzos.
153 COLOMER HERNÁNDEZ, Ignacio; La motivación de las sentencias: sus exigencias constitucionales
y legales, Tirant lo blanch, Valencia, 2003, p. 158.
154 Ibíd., p. 159.

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