RESOLUCION N° 059-2014-OEFA/PCD - Modifican la Res.N° 001-2014-OEFA/PCD, sobre delegación de facultades en la Secretaría General y en la Oficina de Administración del OEFA durante el Año Fiscal 2014

Fecha de disposición01 Mayo 2014
Fecha de publicación01 Mayo 2014
El Peruano
Jueves 1 de mayo de 2014
522048
AÑO / MES
NÚMERO ÍNDICE
BASE: Dic. 2011
VARIACIÓN PORCENTUAL
MENSUAL ACUMULADA
2014
ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
106,07
106,63
107,21
107,69
0,24
0,53
0,55
0,44
0,24
0,77
1,32
1,77
Artículo 2º.- Aprobar el Índice de Precios al
Consumidor de Lima Metropolitana (Base: 2009 = 100),
correspondiente al mes de abril 2014, así como su
Variación Porcentual Mensual y Acumulada.
AÑO / MES
NÚMERO ÍNDICE
BASE: 2009 = 100
VARIACIÓN PORCENTUAL
MENSUAL ACUMULADA
2014
ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
113,36
114,04
114,63
115,08
0,32
0,60
0,52
0,39
0,32
0,92
1,44
1,84
Artículo 3º.- Aprobar la publicación del Boletín
Mensual de Indicadores de Precios de la Economía,
que contiene la información Of‌i cial del Índice de Precios
Promedio Mensual al Consumidor a Nivel Nacional, y del
Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana
correspondiente al mes de abril 2014 y la metodología de
este indicador.
Regístrese y comuníquese.
ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RÍOS
Jefe
1078605-1
Aprueban Índice de Precios al Por Mayor
a Nivel Nacional, correspondiente al
mes de abril de 2014
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 125-2014-INEI
Lima, 30 de abril de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-91-
EF/93, se ha dispuesto que el Instituto Nacional de
Estadística e Informática, publique mensualmente en el
Diario Of‌i cial “El Peruano”, el Índice de Precios Promedio
Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional;
Que, luego de concluidos los trabajos iniciados en
el año 2011, para actualizar la canasta de productos,
ponderaciones y procedimientos metodológicos del
Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, se ha
establecido como periodo Base: Diciembre 2013=100;
Que, es necesario disponer la publicación de la
Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios
al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de abril de
2014, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios
de la Economía, que contiene la información of‌i cial del
mencionado indicador;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática”.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar, el Índice de Precios al Por
Mayor a Nivel Nacional, Base: Diciembre 2013=100,00
correspondiente al mes de abril de 2014, así como su
variación porcentual mensual y acumulada.
AÑO / MES NÚMERO
ÍNDICE
VARIACIÓN PORCENTUAL
MENSUAL ACUMULADA
2014
ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
100,025157
100,229340
100,611395
100,670670
0,03
0,20
0,38
0,06
0,03
0,23
0,61
0,67
Artículo 2º.- Disponer, la difusión del Boletín Mensual
de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene
la información of‌i cial del Índice de Precios al Por Mayor a
Nivel Nacional, correspondiente al mes de abril de 2014.
Regístrese y comuníquese.
ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS
Jefe
1078605-2
ORGANISMO DE EVALUACION
Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Modifican la Res. Nº 001-2014-OEFA/
PCD, sobre delegación de facultades en
la Secretaría General y en la Oficina de
Administración del OEFA, durante el
Año Fiscal 2014
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DIRECTIVO Nº 059-2014-OEFA/PCD
Lima, 30 de abril de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria
Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo
que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones
del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como
organismo público técnico especializado, con personería
jurídica de derecho público interno, constituyéndose en
pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y
encargado de la f‌i scalización, la supervisión, el control y
la sanción en materia ambiental;
Que, el Artículo 15° del Reglamento de Organización
y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo
022-2009-MINAM (en adelante, el ROF), establece
que el Presidente del Consejo Directivo es el Titular del
OEFA y constituye la máxima autoridad ejecutiva de la
Entidad; asimismo, se encuentra facultado a delegar una
o más funciones en otros funcionarios del OEFA, siempre
que no sean privativas de su cargo;
Que, asimismo, el Artículo 16° del ROF señala que la
Secretaría General es la máxima autoridad administrativa
del OEFA;
Que, el Artículo 29° del ROF dispone que la Of‌i cina de
Administración es el órgano responsable de la oportuna y
adecuada gestión de los recursos humanos, f‌i nancieros y
materiales asignados a la institución, y depende jerárquica
y funcionalmente de la Secretaría General;
Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, la Ley)
dispone que el Titular de la Entidad podrá delegar mediante
Resolución sus competencias en materia de contratación
pública, con excepción de lo relacionado a la aprobación
de exoneraciones, la declaración de nulidad de of‌i cio,
las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y
otros supuestos que se establecen en el Reglamento de
la citada Ley;
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo
Directivo N° 001-2014-OEFA/PCD, modif‌i cada por las
Resoluciones de Presidencia del Consejo Directivo
números 022-2014-OEFA/PCD y 034-2014-OEFA/
PCD, se delegan diversas facultades en materia de

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