DECRETO SUPREMO N° 002-2010-VIVIENDA - Decreto Supremo que modifica el inciso b) del artículo 77°, los artículos 78°, 107° y 108° del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales

Fecha de publicación31 Enero 2010
Fecha de disposición31 Enero 2010
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, domingo 31 de enero de 2010
412479
Año XXVII - Nº 10883
AÑO DE LA
CONSOLIDACIÓN
ECONÓMICA Y
SOCIAL DEL PERÚ
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE
LA REPUBLICA
Ley N° 29504.- Ley que promueve la transformación y
participación de los Clubes Deportivos de fútbol profesional
en Sociedades Anónimas Abiertas 412481
PODER EJECUTIVO
ECONOMIA Y FINANZAS
D.S. N° 051-2010-EF.- Aprueban el Reglamento de la
Ley de Promoción para el Desarrollo de Actividades
Productivas en Zonas Altoandinas 412484
D.S. N° 052-2010-EF.- Autorizan transferencia de partidas
en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2010 a favor de los Gobiernos Regionales para gastos
operativos para la aplicación de vacunas en el marco del
Programa Articulado Nutricional 412486
R.S. N° 014-2010-EF.- Aceptan renuncia y designan
representante del Ministerio ante el Directorio del Banco
de la Nación 412488
ENERGIA Y MINAS
R.M. Nº 042-2010-MEM/DM.- Aprueban transferencia
de bienes para proyectos de electrif‌i cación, a favor de
ADINELSA 412489
R.M. Nº 043-2010-MEM/DM.- Aprueban transferencia de
bienes que conforman el proyecto de electrif‌i cación rural
“Pequeño Sistema Eléctrico Chilete III Etapa - Sector Gran
Chimú”, a favor de ADINELSA 412489
PRODUCE
R.S. N° 001-2010-PRODUCE.- Designan Viceministra de
Pesquería 412490
R.S. N° 002-2010-PRODUCE.- Designan Presidente del
Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE
412490
RELACIONES EXTERIORES
R.S. N° 025-2010-RE.- Autorizan la realización de la
Décimo Novena Expedición Científ‌i ca del Perú a la
Antártida (ANTAR XIX) 412491
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
R.M. N° 028-2010-TR.- Aprueban la Matriz de Metas
e Indicadores de Desempeño 2010 en el marco de la
Política Nacional de Gobierno 412492
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.M. Nº 031-2010-MTC/02.- Aprueban nuevo texto del
Anexo Técnico “Investigación de Accidentes e Incidentes
de Aviación” del Reglamento de la Ley de Aeronáutica
Civil 412501
R.M. Nº 039-2010-MTC/03.- Aprueban contrato de
adecuación al régimen de concesión única a celebrarse
con TC Siglo 21 S.A.A. para la prestación de servicios
públicos de telecomunicaciones 412501
R.M. Nº 041-2010-MTC/03.- Declaran resuelto contrato de
concesión aprobado mediante R.M. N° 242-2000-MTC/15.03
a TC Siglo 21 S.A.A. para la prestación del servicio portador
local, en la modalidad no conmutado 412503
R.M. Nº 052-2010-MTC/02.- Disponen la publicación en
la página web del Ministerio del Proyecto de Resolución
Ministerial relativo a la elaboración de Estudios
Técnicos para la ejecución de las obras, mantenimiento
y explotación del Proyecto Ferrovía Transcontinental
“Brasil - Perú” Atlántico - Pacíf‌i co (Proyecto FETAB)
412505
R.D. Nº 094-2010-MTC/15.- Autorizan a Italnord Mecánica
S.R.L. como taller de conversión a gas natural vehicular
en local ubicado en el Cercado de Lima 412505
VIVIENDA
D.S. N° 002-2010-VIVIENDA.- Decreto Supremo que
modif‌i ca el inciso b) del artículo 77°, y los artículos 78°,
Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales 412506
ORGANISMOS EJECUTORES
AGENCIA DE PROMOCION DE
LA INVERSION PRIVADA
Res. N° 011-2010.- Designan Jefe de la Of‌i cina de
Planif‌i cación y Racionalización de PROINVERSIÓN
412507
Sumario
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 31 de enero de 2010
412480
Res. N° 012-2010.- Designan Director de la Dirección de
Asuntos Técnicos de PROINVERSIÓN 412508
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. N° 035-2010/SUNAT.- Designan Asesores de la
Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos y
de la Secretaría General 412508
Res. N° 036-2010/SUNAT.- Aprueba el Formulario Virtual
para la Declaración y Pago del Impuesto a la Renta de
Segunda Categoría 412509
Res. N° 037-2010/SUNAT.- Dictan disposiciones para el
pago del Impuesto a la Renta de Sujetos No Domiciliados
412511
Res. N° 038-2010/SUNAT.- Dictan medidas para facilitar
el pago de la deuda tributaria a través de SUNAT Virtual
o en los bancos habilitados utilizando el número de pago
SUNAT - NPS 412511
Res. N° 039-2010/SUNAT.- Deja sin efecto
designaciones y encargatura de trabajadores en
diversos cargos de la SUNAT y designan y encargan
dichos cargos 412514
ORGANOS AUTONOMOS
CONTRALORIA GENERAL
Res. N° 019-2010-CG.- Amplían plazo para designación
de sociedades de auditoría del Concurso Público de
Méritos N° 06-2009-CG 412515
MINISTERIO PUBLICO
RR. Nºs. 007 y 008-2010-MP-FN-JFS.- Aceptan renuncia
de f‌i scales adjuntas provinciales titulares en lo penal de
Lima 412515
SUPERINTENDENCIA DE
BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. Nº 646-2010.- Autorizan a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Paita la apertura de agencia en el
distrito, provincia y departamento de Tumbes 412516
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Ordenanza Nº 007-2009-CR-RL.- Modif‌i can el Texto
Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno
Regional de Lima 412516
Ordenanza Nº 009-2009-CR-RL.- Aprueban modif‌i cación
de la Estructura Orgánica y del Reglamento de
Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima
412523
R.D. Nº 006-2010-GRL-GRDE-DREM.- Aprueban
transferencia de concesión def‌i nitiva de recursos
energéticos renovables en la Central Hidroeléctrica Tingo
que efectúa Compañía Minerales Santander S.A.C.
412526
GOBIERNO REGIONAL
DE SAN MARTIN
Ordenanza Nº 041-2009-GRSM/CR.- Conforman la
Mesa de Diálogo para la implementación de acciones
necesarias en actos relacionados con las Comunidades
Nativas 412527
Ordenanza Nº 043-2009-GRSM/CR.- Constituyen la
Mancomunidad Regional Amazonas - San Martín - La
Libertad 412528
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
D.A. 002-2010.- Prorrogan plazo para el pago de los
Arbitrios Municipales correspondiente al mes de enero de
2010 412529
D.A. 003-2010.- Disponen el embanderamiento general
de inmuebles con motivo del aniversario de la creación
política del distrito 412530
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
D.A. Nº 003-2010/MLV.- Modif‌i can Reglamento de Sorteos
del Régimen del Vecino Victoriano Puntual 412530
MUNICIPALIDAD
DE PUEBLO LIBRE
D.A. Nº 001-2010-MPL.- Aprueban Tarifario de Servicios
No Exclusivos de la Cancha Sintética - Losa N° 03 del
Complejo Deportivo Túpac Amaru 412531
MUNICIPALIDAD
DE SANTIAGO DE SURCO
D.A. N° 03-2010-MSS.- Suspenden la recepción de
solicitudes de Certificados de Parámetros Urbanísticos
y Edificatorios, Anteproyectos en Consulta y Licencias
de Edificación de predios ubicados en las laderas de
la Asociación Casuarinas de Monterrico así como de la
Urbanización Casuarinas Sur 412532
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
D.A. Nº 027-2009-MPH.- Prorrogan plazos
establecidos en la Ordenanza N° 014-2009-MPH que
aprobó el Régimen Promocional del Pago de Arbitrios
2009 412533
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 31 de enero de 2010 412481
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29504
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
La Comisión Permanente del Congreso
de la República;
Ha dado la Ley siguiente:
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE PROMUEVE LA TRANSFORMACIÓN Y
PARTICIPACIÓN DE LOS CLUBES DEPORTIVOS
DE FÚTBOL PROFESIONAL EN SOCIEDADES
ANÓNIMAS ABIERTAS
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º.- Objeto de la Ley
Esta Ley regula la naturaleza de los clubes deportivos
de fútbol profesional a f‌i n de promover su gestión en
términos de transparencia y ef‌i ciencia, para hacer
más competitiva y de alto rendimiento esta disciplina
deportiva.
Artículo 2º.- Clubes deportivos de fútbol
profesional
Son clubes deportivos de fútbol profesional las
organizaciones que tienen como objeto social organizar,
producir, comercializar y participar en espectáculos
deportivos de fútbol de carácter profesional y se
encuentran incorporadas en el registro a que se ref‌i ere
el artículo 4º.
Se entiende por espectáculo deportivo de fútbol
profesional los eventos en los que los clubes deportivos
de fútbol participan entre ellos con el objeto de obtener un
benef‌i cio pecuniario.
Artículo 3º.- Remuneración y contrato de los
futbolistas profesionales
Los clubes deportivos de fútbol profesional consideran
a sus jugadores y a su plantel deportivo como profesionales
remunerados y se encuentran sujetos a contratos de
trabajo. En el caso de los jugadores, estos se someten a
la ley especial sobre contratación de jugadores de fútbol
profesional.
Artículo 4º.- Registro de clubes deportivos de
fútbol profesional
El Instituto Peruano del Deporte (IPD) lleva un registro
de clubes deportivos de fútbol profesional dentro del
Registro Nacional del Deporte. Mediante reglamento
se establecen los requisitos y efectos de la inscripción.
La Federación Deportiva Nacional adecua su registro
deportivo a la presente Ley.
Artículo 5º.- Naturaleza jurídica de los clubes
deportivos de fútbol profesional
Los clubes deportivos de fútbol profesional se
organizan bajo la forma de sociedades anónimas abiertas
o asociaciones civiles, conforme a la Ley General de
Sociedades y al Código Civil. Se incorporan a la respectiva
liga y a la Federación Deportiva Nacional, según lo
dispongan los estatutos de estas últimas.
Los estatutos de las sociedades anónimas y de las
asociaciones civiles establecen una comisión de ética
y una comisión de auditoría. Los miembros de ambas
comisiones no pueden desempeñar cargos en el directorio,
en la gerencia ni en otras sociedades vinculadas.
Artículo 6º.- Obligaciones de los clubes deportivos
de fútbol profesional
Para permanecer en la Federación Deportiva Nacional
como integrante de la Liga Deportiva de Fútbol Profesional,
los clubes deportivos deben cumplir con las siguientes
obligaciones:
a) Presentar a la Federación, dentro del primer
trimestre de cada año, el balance del año anterior,
debidamente auditado, y publicar un extracto en un
medio de comunicación escrito de circulación nacional,
cuya copia es remitida al Instituto Peruano del Deporte
(IPD), a efectos de ser anexada al expediente del club en
el registro correspondiente. El balance debe contener la
valoración del total de sus activos, incluidos los pases y
otros derechos patrimoniales.
b) Mantener, en el caso de las asociaciones civiles,
contabilidad separada para los Fondos de Deporte de
Fútbol Profesional que administren.
c) Estar al día en el pago de las obligaciones laborales y
previsionales con sus jugadores y trabajadores, conforme
a las normas legales correspondientes.
d) Tener divisiones de menores para la formación,
desarrollo y promoción de sus equipos infantiles y
juveniles, de preferencia en su jurisdicción, las que se
f‌i nancian con los aportes de sus utilidades netas anuales,
de acuerdo a su reglamento.
Artículo 7º.- Capital mínimo
El capital mínimo de constitución y funcionamiento
de los clubes deportivos de fútbol profesional como
sociedades anónimas abiertas es el equivalente a
doscientas (200) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Artículo 8º.- Prohibiciones para integrar órganos
de administración y de gobierno
Además de los impedimentos previstos en la Ley
General de Sociedades, no pueden integrar los órganos
de administración y gobierno de los clubes deportivos de
fútbol profesional:
a) Las personas que se encuentran cumpliendo
condena por la comisión de delito doloso.
b) Las personas que estén cumpliendo sanción por
falta grave o se encuentren inhabilitadas por la justicia
deportiva.
TÍTULO II
Del funcionamiento de los clubes deportivos de
fútbol profesional
Artículo 9º.- Óptima administración de los clubes
deportivos de fútbol profesional
Los actuales clubes deportivos de fútbol profesional
que no ostenten la forma societaria, para tener una
ef‌i ciente administración, pueden adoptar las siguientes
formas de organización:
a) La participación en sociedad anónima abierta.
b) Celebrar un contrato de gerencia con una empresa
para la administración del Fondo de Deporte Profesional
que constituirá, conservando la personería jurídica de
asociación.
c) Celebrar un contrato de concesión privada.
Capítulo I
De la participación en sociedades comerciales
Artículo 10º.- Conversión en sociedades
comerciales
Las asociaciones existentes aportan el patrimonio
neto de las actuales asociaciones a la nueva personería
jurídica a crearse, de modo tal que la asociación se
convierte en un socio de la nueva sociedad.
El reglamento determina las acciones necesarias
para la valoración y emisión de acciones representativas
del capital que correspondan al patrimonio de las
asociaciones.
El procedimiento de transformación se efectúa
Artículo 11º.- Límites a los derechos de
accionistas
Los accionistas que posean un porcentaje igual o
superior al cinco por ciento (5%) de las acciones con

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