RESOLUCION MINISTERIAL N° 722-2014-DE/SG - Rectifican el Manual de Organización y Funciones del Ministerio

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2014
El Peruano
Jueves 11 de setiembre de 2014
532206
Que, el numeral 5.3 del artículo 5° de la referida
Directiva, establece los criterios y disposiciones que las
entidades deberán seguir para la elaboración del CAP
Provisional, entre los que se encuentran: la formulación
a partir de la estructura orgánica aprobada por el ROF,
observar las disposiciones sobre clasif‌i cación de cargos
que se encuentre vigentes; la clasif‌i cación y número de
los cargos asignados al Órgano de Control Institucional,
diferentes de la jefatura, los cuales son determinados
por el titular de la entidad con opinión de la Contraloría
General de la República;
Que, asimismo, el numeral 5.5 del artículo 5° de la citada
Directiva, señala que la aprobación del CAP Provisional,
para el caso de Gobierno Nacional, que incluye Ministerios,
Organismos Públicos, Entidades Administradoras de
Fondos Intangibles de la Seguridad Social Empresarial
y las empresas del Estado pertenecientes al Gobierno
Nacional, será a través de Resolución Ministerial del
Titular del Sector, previo Informe Técnico de Aprobación
que emita SERVIR.
Que, a través del Of‌i cio N° 00765-CG/DP, de fecha
21 de agosto de 2014, el Departamento de Personal de
la Contraloría General de la República, de conformidad
con lo establecido en el numeral 5.3.5 de la Directiva
N° 001-2014-SERVIR/GPGSC, emite opinión favorable
sobre los cargos asignados al Órgano de Control
Institucional, lo que comunica a la Agencia de Compras
de las Fuerzas Armadas para los f‌i nes que estime
pertinentes;
Que, mediante el Of‌i cio N° 627-2014-SERVIR/PE, de
fecha 27 de agosto de 2014, la Presidencia Ejecutiva de
la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), remite
el Informe N° 009-2014-SERVIR/GDSRH, de la Gerencia
de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de
SERVIR, a través del cual dicha entidad considera
pertinente la propuesta de CAP Provisional planteada por
la ACFFAA, por lo que se recomienda proseguir con las
acciones administrativas necesarias para su aprobación
por parte de la entidad; asimismo, señala que la Directiva
N° 001-2014-SERVIR/GPGSC, indica en el numeral 4.1
que la vigencia del CAP Provisional aprobado no podrá
exceder los seis (06) meses, plazo en el cual la entidad
deberá adecuarse y tramitar la aprobación de su Cuadro
de Puestos de la Entidad (CPE) para ingresar al régimen
de la Ley N° 30057, por lo que recomienda que la entidad
inicie las acciones contempladas en los lineamientos
para el tránsito al régimen del Servicio Civil, aprobados
mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 160-
2013-SERVIR/PE, a la brevedad posible;
Que, con el Informe N° 004-2014-ACFFA/SG, de
la Secretaría General de la Agencia de Compras de las
Fuerzas Armadas, de fecha 28 de agosto de 2014, se
concluye que la mencionada entidad se encuentra apta
para iniciar el trámite de aprobación del Cuadro para
Asignación de Personal Provisional debido a que cumple
con los requerimientos establecidos en la Resolución
de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE,
que aprueba la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC
– Reglas de aplicación progresiva para la aprobación
del Cuadro de Puestos de las Entidades, con el objetivo
de establecer los lineamientos generales y reglas
básicas a f‌i n que todas las entidades del Sector Público
puedan aprobar su Cuadro para Asignación de Personal
Provisional;
Que, en mérito a las consideraciones expuestas,
resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de
Personal Provisional (CAP Provisional) de la Agencia
de Compras de las Fuerzas Armadas (ACFFAA), en
concordancia con su estructura orgánica vigente;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1128,
que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas
(ACFFAA) y su Reglamento de Organización y Funciones,
la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-
SERVIR/PE, que aprueba la Directiva Nº 001-2014-
SERVIR/GPGSC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de
Personal Provisional (CAP Provisional) de la Agencia de
Compras de las Fuerzas Armadas (ACFFAA) conforme
al Anexo que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial en el Diario Of‌i cial El Peruano. El
Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP
Provisional) de la Agencia de Compras de las Fuerzas
Armadas (ACFFAA), aprobado en el artículo precedente,
será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.
peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Agencia de
Compras de las Fuerzas Armadas (www.acffaa.gob.pe),
el mismo día de la publicación de la presente Resolución
Ministerial en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1135905-2
Rectifican el Manual de Organización y
Funciones del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 722-2014-DE/SG
Lima, 10 de setiembre de 2014
VISTO:
El Informe Nº 059-2014-MINDEF/DRAC de 27 de agosto
de 2014, emitido por la Directora de Racionalización; y, el
Informe Legal de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 601-2011/
DE/SG del 16 de junio de 2011, se aprobó el Manual
de Organización y Funciones (MOF) del Ministerio de
Defensa, el mismo que contiene la descripción de los
cargos orgánicos aprobados en el Cuadro para Asignación
de Personal, así como el detalle de las actividades
funcionales y requisitos que debe reunir el personal para
ocupar un cargo determinado en el MINDEF;
Que, efectuada la revisión del mencionado Manual,
se aprecia error material en la descripción de los cargos
de Director de Contabilidad (Plaza 425, página 439) y
Director de Tesorería (Plaza 444, página 470), en tanto
se ha considerado el nivel remunerativo F-3, a pesar
que en el Cuadro Resumen de la Jerarquía de Cargo
que obra en la página 31 de dicho Manual, se consigna
el nivel F-4 que corresponde a ambos cargos;
Que, conforme a la doctrina, el error material atiende
a un error de transcripción, un error de mecanografía o
un error de expresión en la redacción del documento, en
otras palabras, un error al soporte material que lo contiene
y no a la voluntad o razonamiento del acto;
Que, el numeral 201.1 del artículo 201° de la Ley N°
establece que: “Los errores material o aritmético en los
actos administrativos pueden ser rectif‌i cados con efecto
retroactivo, en cualquier momento, de of‌i cio o a instancia
de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial
de su contenido ni el sentido de la decisión”; añadiendo
además en el numeral 201.2 que “la rectif‌i cación adopta
las formas y modalidades de comunicación o publicación
que corresponda para el acto original”;
Que, la Dirección de Racionalización de la Dirección
General de Planif‌i cación y Presupuesto es el órgano
encargado de proponer la formulación de los documentos
de gestión administrativa del Ministerio, proponer
los lineamientos para la modernización de la gestión
administrativa, conducir el proceso de mejora continua
y modernización organizacional y orientar y supervisar
los procedimientos de simplif‌i cación administrativa del
Sector Defensa. Tiene entre sus funciones las de orientar,
coordinar y normar la formulación de reglamentos,
manuales, directivas y otros documentos de gestión

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