RESOLUCION MINISTERIAL N° 310-2013-MINCETUR/DM - Modifican la R.M N° 303-2013-MINCETUR, que autorizó viaje del Viceministro de Comercio Exterior a EE.UU.

Fecha de publicación20 Noviembre 2013
Fecha de disposición20 Noviembre 2013
El Peruano
Miércoles 20 de noviembre de 2013
507390
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Santiago,
República de Chile, del 24 al 30 de noviembre de 2013, de
la señora Sara Rosana Rosadio Colán, la señorita María
Susana Roldán Rosadio, y del señor Jorge Javier Salas
Vega, profesionales que prestan servicios al Viceministerio
de Comercio Exterior, para que en representación del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR,
participen en la Reunión del Subgrupo de Revisión Legal
del Protocolo Adicional del acuerdo Marco de la Alianza
Pacíf‌i co, a que se ref‌i ere la parte considerativa de la
presente Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego
Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes (US$ 683.12 x 3 personas) : US$ 2 049,36
Viáticos (US$ 370,00 x 06 días x 3 personas) : US$ 6 660,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se
autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución,
presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo,
un informe detallado sobre las acciones realizadas y
resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá;
asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo
a Ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
1015995-1
Delegan en la Cámara de Comercio,
Industria y Turismo de Loreto y la
Cámara de Comercio de Huancayo,
la facultad de emitir Certificados de
Origen a exportadores domiciliados en
sus respectivas circunscripciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 308-2013-MINCETUR
Lima, 15 de noviembre de 2013
Visto, los Informes Nºs. 142 y 143-2013-MINCETUR/
VMCE/UO de la Unidad de Origen y los Memorándums
Nos. 815 y 818-2013-MINCETUR/VMCE del Viceministerio
de Comercio Exterior.
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial N° 322-2011-
MINCETUR/DM se prorrogó hasta el 31 de octubre de
2013, la delegación de la facultad de expedir certif‌i cados
de origen a los exportadores, entre otras, a la Cámara de
Comercio, Industria y Turismo de Loreto;
Que, asimismo, se autorizó al Viceministro de
Comercio Exterior a suscribir, en representación del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, las adendas
correspondientes a la prórroga antes mencionada;
Que, la Cámara de Comercio de Huancayo ha
solicitado al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la
delegación de la facultad de expedir certif‌i cados de origen
a los exportadores de la Macro Región Centro;
Que, de acuerdo a lo señalado en los documento
del Visto, las Cámaras antes mencionadas solicitaron se
delegue la facultad de expedir Certif‌i cados de Origen a
empresas exportadoras;
Que, en el Informe N° 142-2013-MINCETUR/
VMCE/UO se señala que la Cámara de Comercio,
Industria y Turismo de Loreto ha cumplido con
los compromisos establecidos en el Convenio de
Delegación que suscribió con el Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo, asimismo, el Informe N° 143-
2013-MINCETUR/VMCE/UO indica que la Cámara de
Comercio de Huancayo ha cumplido con presentar la
documentació1n indispensable para delegar la facultad
de emitir certif‌i cados de origen, Informes que sustentan
la emisión de la presente Resolución;
Que, conforme el numeral 5 del artículo 5° de la Ley
N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo, y el artículo 37° B de
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-
2002-MINCETUR, modif‌i cado por el Decreto Supremo
N° 001-2010-MINCETUR, el Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo – MINCETUR, a través de la Unidad
de Origen del Viceministerio de Comercio Exterior, es
el organismo competente para emitir Certif‌i cados de
Origen, en el marco de los acuerdos suscritos por el Perú,
los esquemas preferenciales otorgados, así como en el
ámbito no preferencial;
Que, el Titular del MINCETUR tiene la facultad
de delegar dicha función en personas jurídicas del
sector privado cuando existan circunstancias de
índole técnica, económica, social o territorial que lo
hacen conveniente y en forma temporal, conforme a
los artículos 67° y 70° de la Ley N° 27444 – Ley del
Procedimiento Administrativo General, en concordancia
con el inciso 1.8) del artículo I del Título Preliminar de
la misma norma;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 005-2002-MINCETUR, modif‌i cado por Decreto
Supremo N° 001-2010-MINCETUR y la Ley N° 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Delegar en la Cámara de Comercio,
Industria y Turismo de Loreto y la Cámara de Comercio
de Huancayo, la facultad de emitir Certif‌i cados de Origen
a los exportadores domiciliados en sus respectivas
circunscripciones, por un plazo que se computará a
partir de la fecha de suscripción de los Convenios a que
se ref‌i ere el artículo 2° de la presente Resolución y que
tendrá una duración de cinco (5) años.
Artículo 2°.- La delegación será ejercida de acuerdo
a los términos de los Convenios que deberá suscribir el
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo con la Cámara
de Comercio, Industria y Turismo de Loreto y la Cámara
de Comercio de Huancayo, conforme a las normas y
directivas vigentes.
Artículo 3°.- Autorizar al Viceministro de Comercio
Exterior a suscribir, en representación del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, los Convenios a que ref‌i ere
el artículo 2° de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Vencido el plazo señalado en el artículo 1°
de la presente Resolución, la Cámara de Comercio, Industria
y Turismo de Loreto y la Cámara de Comercio de Huancayo
no podrán continuar emitiendo Certif‌i cados de Origen; para
este efecto, requerirán contar expresamente con una nueva
delegación o con una prórroga de la presente delegación,
otorgada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo,
previo cumplimiento de los requisitos de Ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
1015996-1
Modifican la R.M N° 303-2013-
MINCETUR, que autorizó viaje del
Viceministro de Comercio Exterior a
EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 310-2013-MINCETUR
Lima, 18 de noviembre de 2013

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