RESOLUCION MINISTERIAL N° 229-2014-MINCETUR - Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de PROMPERU

Fecha de disposición30 Agosto 2014
Fecha de publicación30 Agosto 2014
El Peruano
Sábado 30 de agosto de 2014 531355
por la cual el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado
que se autorice el viaje, en representación del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, del señor José
Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales, quien
presidirá la reunión, y del señor Julián Cipriano Gamero
Alania, profesional que presta servicios al Viceministerio de
Comercio Exterior, quien participará en las negociaciones
técnicas y prestará apoyo a la Presidencia;
Que, el MINCETUR es el organismo público
competente para formular, dirigir, coordinar, ejecutar
y supervisar la política de comercio exterior, así como
negociar, suscribir y poner en ejecución los acuerdos o
convenios internacionales en materia de comercio exterior
y otros en el ámbito de su competencia; en tal sentido,
dirige y coordina la posición negociadora del país en las
negociaciones de la Agenda Comercial en los foros y
esquemas de integración;
Que, es necesario encargar las funciones de la
Dirección Nacional de Integración y Negociaciones
Comerciales Internacionales, en tanto dure la ausencia de
su titular;
Que, el artículo 10° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes
al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos
excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los
viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los
acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que
deben realizarse en categoría económica y ser autorizados
por Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley
que regula la autorización de viajes al exterior de los
servidores y funcionarios públicos, sus modif‌i catorias, y
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bogotá,
República de Colombia, del 2 al 6 de setiembre de
2014, del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director
Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales
Internacionales, y del señor Julián Cipriano Gamero Alania,
para que en representación del MINCETUR participen en
la IV Reunión del Grupo de Trabajo de Alto Nivel creado
mediante la Decisión 795 de la Comisión de la Comunidad
Andina, a que se ref‌i ere la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de los artículos precedentes, estarán a cargo del Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente
detalle:
Pasajes (US$ 353,88 x 2 personas) : US $ 707,76
Viáticos (US$ 370,00 x 4 días x 2 personas) : US $ 2 960,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se
autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución,
presentará a la Titular del Ministerio de Comercio Exterior
y Turismo un informe detallado sobre las acciones
realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que
asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de
acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- Encargar al señor Daniel José Espinosa
Seguín, Director Nacional de Desarrollo de Comercio
Exterior, las funciones de la Dirección Nacional de
Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales,
a partir del 2 de setiembre de 2014, y en tanto dure la
ausencia de su titular.
Artículo 5°.- La presente Resolución Ministerial no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
1129748-1
Modifican el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de
PROMPERÚ
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 229-2014-MINCETUR
Lima, 27 de agosto de 2014
Visto, el Of‌i cio N° 214-2014-PROMPERU/SG de la
Secretaría General de la Comisión de Promoción del
Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ,
el Memorando N° 168-2014-PROMPERÚ/SG-OPP de la
Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto de PROMPERÚ
y el Informe N° 449-2014-MINCETUR/SG/OGPPD
de la Of‌i cina General de Planif‌i cación, Presupuesto y
Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
- MINCETUR.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2010-
MINCETUR se aprobó el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA de PROMPERÚ, que comprende
todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos
por los administrados, conforme el artículo 37° de la Ley
el cual fue modif‌i cado por las Resoluciones Ministeriales
N° 191-2012-MINCETUR/DM y N° 382-2012-MINCETUR/
DM;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de la Comisión de Promoción del Perú para la
Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, aprobado por
Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, dispone
en su artículo 29° la nueva denominación de la Of‌i cina
de Administración y Finanzas por Of‌i cina General de
Administración;
Que, en el numeral 6 del artículo 110° del Decreto
Supremo N° 080-2014-EF, mediante el cual se modif‌i ca
el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1017 que
aprobó la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF, se precisa
el procedimiento a seguir ante la falta de uno de los
requisitos de admisibilidad de los recursos de apelación
presentados;
Que, mediante Memorando del visto, la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto de PROMPERÚ,
señala la conveniencia de precisiones adicionales al
TUPA vigente, referidas a la ubicación del Área de
Trámite Documentario, así como modificaciones a la
normatividad vigente contenida en dicho documento,
entre otros;
Que, de acuerdo con el numeral 38.5 del artículo
Administrativo General, la modificación del TUPA de
la Entidad que no implique la creación de nuevos
procedimientos, incremento de derechos de tramitación
o requisitos, debe realizarse mediante Resolución
Ministerial del Sector;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modif‌i car el Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA de la Comisión de Promoción del
Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ,
y modif‌i cado por las Resoluciones Ministeriales N° 191-
2012-MINCETUR/DM y N° 382-2012-MINCETUR/DM,
conforme al Anexo que en tres (03) folios forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial
deberá ser publicada en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y su
Anexo en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas
– PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal
Institucional de PROMPERÚ (www.promperu.gob.pe),
conforme a Ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI SILVA VELARDE - ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo

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