RESOLUCION MINISTERIAL N° 107-2014-MTC/02 - Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios

Fecha de publicación12 Marzo 2014
Fecha de disposición12 Marzo 2014
El Peruano
Miércoles 12 de marzo de 2014
518610
contiene los cuadros de atribución de frecuencias y la
clasif‌i cación de usos del espectro radioeléctrico;
la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir
informes técnicos especializados y recomendaciones
para la planif‌i cación y gestión del espectro radioeléctrico
y adecuaciones del Plan Nacional de Atribución de
Frecuencias – PNAF;
Que, la citada Comisión, mediante Informe Nº 003-
2012-COMISION MULTISECTORIAL PNAF y Memorando
Nº 006-2013-COMISION MULTISECTORIAL PNAF,
recomienda modif‌i car las Notas P92, P107 y el cuadro de
atribución de frecuencias de las bandas 17,7 – 17,8 GHz,
17,8 – 18,1 GHz, 18,1 – 18,4 GHz y 18,4 – 18,6 GHz del
PNAF;
Que, las citadas modif‌i caciones al PNAF tienen por
objeto armonizar la atribución de la Banda 17,7 – 18,6
GHz al servicio f‌i jo por satélite a título primario, con los
demás países de la región, así como permitir su uso para el
referido servicio a través de satélites no geo-estacionarios,
en coexistencia con el servicio f‌i jo; incrementando de esta
manera la ef‌i ciencia en el uso del espectro radioeléctrico y
promoviendo la implementación de nuevas tecnologías;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 071-2013-
MTC/03 de fecha 05 de febrero de 2013, se dispuso la
publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano, del proyecto de
Resolución Ministerial que modif‌i ca las Notas P92, P107
y el cuadro de atribución de frecuencias de las bandas
17,7 – 17,8 GHz, 17,8 – 18,1 GHz, 18,1 – 18,4 GHz y 18,4
– 18,6 GHz del PNAF; habiéndose recibido un comentario
y evaluado el mismo;
Que, mediante Informe Nº 146-2013-MTC/26 la
Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales
de Comunicaciones, emite opinión favorable respecto a
las citadas modif‌i caciones del PNAF;
Que, la modif‌i cación propuesta se enmarca en las
atribuciones conferidas al Ministerio de Transportes y
Comunicaciones por el precitado artículo 199 del Texto
Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de
Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº
020-2007-MTC;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones; el Texto Único Ordenado
de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 013-93-TCC, y el Texto Único Ordenado de su
Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 020-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modif‌i cación de las Notas P92 y P107
del PNAF
Modif‌i car las Notas P92 y P107 del Plan Nacional de
Atribución de Frecuencias – PNAF, aprobado mediante
Resolución Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 y sus
modif‌i catorias, conforme a los siguientes textos:
“P92 Las bandas de 4 400 - 5 000 MHz, 5 925 - 6 425
MHz, 6 430 - 7 110 MHz, 7 125 - 8 275 MHz, 10 700 - 11
700 MHz, 12 750 - 13 250 MHz, 14 400 - 15 350 MHz,
17 700 - 19 700 MHz, 21,2 - 23,6 GHz y 37 - 38,6 GHz,
pueden ser utilizadas para radioenlaces digitales para la
prestación de servicios públicos de telecomunicaciones,
según los planes de canalización correspondientes.
La densidad de f‌l ujo de potencia producida en la superf‌i cie
de la Tierra por todas las emisiones de una estación espacial
que utiliza la banda 17,7 – 18,6 GHz por parte del servicio f‌i jo
por satélite, no deberá exceder los límites establecidos en el
artículo 21 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la
UIT. A f‌i n de evitar interferencias de las estaciones de servicio
f‌i jo, las estaciones de servicio f‌i jo por satélite implementarán
técnicas de mitigación, tales como, asignación dinámica
de canales, apantallamiento, rendimiento de la antena y/o
ángulo mínimo de elevación. Para la instalación de nuevas
estaciones del servicio f‌i jo, se deberán observar técnicas
de mitigación tales como control automático de potencia de
transmisión, PIRE limitada a la mínima necesaria y antenas
de alto rendimiento.”
“P107 La utilización de la banda 17,3 - 18,1 GHz por
los sistemas de satélites geoestacionarios del servicio f‌i jo
por satélite (Tierra-espacio) está limitada a los enlaces de
conexión para el servicio de radiodifusión por satélite.”
Artículo 2.- Modif‌i cación del Cuadro de Atribución
de Frecuencias del PNAF
Modif‌i car el Cuadro de Atribución de Frecuencias de
las bandas 17,7 - 17,8 GHz, 17,8 - 18,1 GHz, 18,1 - 18,4
GHz y 18,4 – 18,6 GHz del Plan Nacional de Atribución
de Frecuencias – PNAF, aprobado mediante Resolución
Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 y sus modif‌i catorias,
conforme a los siguientes textos:
GHz
17,7 - 18,6
REGIÓN 2 PERÚ
ATRIBUCIÓN NOTAS Y
OBSERVACIONES
(…)
17,7 - 17,8
FIJO
FIJO POR SATÉLITE
(espacio-Tierra)(Tierra-
espacio)
RADIODIFUSIÓN POR
SATÉLITE
Móvil
17,7 - 17,8
FIJO
FIJO POR SATÉLITE
(espacio-Tierra)(Tierra-
espacio)
Radiodifusión por
satélite
Móvil
P92, P107
17,8 - 18,1
FIJO
FIJO POR SATÉLITE
(espacio-Tierra)(Tierra-
espacio)
MÓVIL
17,8 - 18,1
FIJO
FIJO POR SATÉLITE
(espacio-Tierra)(Tierra-
espacio)
Móvil
P92, P107
18,1 - 18,4
FIJO
FIJO POR SATÉLITE
(espacio-Tierra)(Tierra-
espacio)
MÓVIL
18,1 - 18,4
FIJO
FIJO POR SATÉLITE
(espacio-Tierra)(Tierra-
espacio)
Móvil
P92
18,4 - 18,6
FIJO
FIJO POR SATÉLITE
(espacio-Tierra)
MÓVIL
18,4 - 18,6
FIJO
FIJO POR SATÉLITE
(espacio-Tierra)
Móvil
P92
(…)
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1059500-1
Autorizan viaje de Inspectores de la
Dirección General de Aeronáutica Civil
a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 107-2014 MTC/02
Lima, 10 de marzo de 2014
VISTOS:
Los Informes Nº 083-2014-MTC/12.04, emitido por
la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 048-
2014-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad
Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma
reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores,
funcionarios públicos o representantes del Estado;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº
30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos

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