RESOLUCION MINISTERIAL N° 152-2014-PCM - Autorizan a la Unidad de Administración de la Comisión Nacional de Bienes Incautados realizar transferencia financiera al Ministerio Público, en el marco del D.S. N° 093-2012-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición15 de Julio de 2014
El Peruano
Martes 15 de julio de 2014 527749
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan a la Unidad de Administración
de la Comisión Nacional de Bienes
Incautados realizar transferencia
financiera al Ministerio Público, en el
marco del D.S. Nº 093-2012-PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 152-2014-PCM
Lima, 10 de julio de 2014
Visto el Memorando N° 748-2014-PCM/OGPP, de la
O cina General de Planeamiento y Presupuesto de la
Presidencia del Consejo de Ministros; el Memorándum
N° 244-2014-PCM/CONABI-P, Informe N° 010-2014-
PCM/SE-PPT, de la Comisión Nacional de Bienes
Incautados – CONABI;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 311-2013-
PCM de fecha 18 de diciembre del 2013, se aprobó el
Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos
del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el
Año Fiscal 2014, de conformidad con la Ley N° 30114, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
Que, mediante Decreto Legislativo No. 1104, que
modi ca la Legislación sobre Pérdida de Dominio, se crea
la Comisión Nacional de Bienes incautados - CONABI,
adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, como
entidad encargada de determinar entre otros, la asignación
en uso temporal o de nitivo, disposición y venta en
subasta pública de bienes incautados, decomisados o
con declaración de pérdida de dominio, vinculados a la
comisión de delitos en agravio del Estado;
Que, la Segunda Disposición Complementaria
Transitoria del Decreto Legislativo N° 1104, dispone
que la CONABI asume el objeto, bienes, presupuesto
y competencias del Fondo Especial de Administración
de Dinero obtenido Ilícitamente en Agravio del Estado
–FEDADOI; la Comisión de Administración de Bienes
Incautados y Decomisados - COMABID del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos; y la O cina Ejecutiva de
Control de Drogas - OFECOD del Ministerio del Interior;
Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del
Reglamento del Decreto Legislativo N° 1104, que modi ca
la Legislación sobre Pérdida de Dominio, aprobado
que las obligaciones a cargo del desactivado FEDADOI,
contempladas en la Ley Nº 28476 que crea el Fondo, serán
atendidas exclusivamente con los montos resultantes del
proceso de transferencia;
Que, la Vigésima Octava Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, crea la Unidad Ejecutora
“Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI” en
el Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo
al presupuesto institucional de dicha entidad; asimismo
dispone que a partir de la vigencia de la Ley, los recursos
provenientes de la enajenación de activos y otros por
pérdida de dominio en el marco del Decreto Legislativo
N° 1104, constituyen Recursos Determinados del pliego

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