RESOLUCION MINISTERIAL N° 113-2014-EF/43 - Aprueban convenio de prestación de servicios referido al servicio de calificación de riesgo soberano a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa Fitch Ratings Limited

Fecha de disposición03 Abril 2014
Fecha de publicación03 Abril 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Jueves 3 de abril de 2014 520217
Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva, tanto de
los patrimonios autónomos de capital abierto, como los de
capital cerrado;
Que, en ese sentido, la Superintendencia del Mercado
de Valores ha designado al señor Armando Manco Manco,
Intendente General de Supervisión de Entidades de la
Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial
de la Superintendencia del Mercado de Valores, para
que participe en la citada pasantía, en atención a que
las funciones de dicha área están relacionadas con la
regulación y supervisión que realiza la SMV sobre las
administradoras de fondos colectivos que operan en
nuestro país;
Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del
artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece,
respecto a los viajes al exterior por supuestos distintos
a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del
mismo numeral, que para el caso de las entidades
del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de
la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse
mediante Resolución Suprema;
Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional
para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas
de la Superintendencia del Mercado de Valores, resulta
pertinente autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán
asumidos con cargo al presupuesto de la Superintendencia
del Mercado de Valores;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619,
Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, en la Ley N° 30114,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que
aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y
su modif‌i catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº
056-2013-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en
comisión de servicios del señor Armando Manco Manco,
Intendente General de Supervisión de Entidades de la
Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial de la
Superintendencia del Mercado de Valores, a la ciudad de
Madrid, Reino de España, del 19 al 26 de abril de 2014,
para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución, serán con cargo al presupuesto
de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, de
acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos : US$ 2,736.30
Viáticos (5 + 2 días) : US$ 3,780.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado,
el citado funcionario deberá presentar ante el Titular
de la Entidad, un informe detallado describiendo
las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
Asimismo, presentará la rendición de cuentas
correspondiente.
Artículo 4.- La presente norma no da derecho a
exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del funcionario
cuyo viaje se autoriza.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1069947-6
Aprueban convenio de prestación
de servicios referido al servicio de
calificación de riesgo soberano a ser
suscrito entre el Ministerio de Economía
y Finanzas y la empresa Fitch Ratings
Limited
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 113-2014-EF/43
Lima, 2 de abril de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Texto Único
Ordenado (T.U.O.) de la Ley Nº 28563, Ley General del
Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante
Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para
contratar los servicios de asesoría legal y f‌i nanciera
especializados, vinculados directa o indirectamente al
objeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientos
que se establezcan mediante Decreto Supremo;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-
EF y modif‌i catoria, se aprobó el Procedimiento para
la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y
Financiera Especializados en el marco de la Ley
Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de
Endeudamiento, disponiendo que las contrataciones de
los servicios serán efectuadas por la Of‌i cina General
de Administración (en la actualidad Of‌i cina General de
Administración y Recursos Humanos) a requerimiento
de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público
(en la actualidad Dirección General de Endeudamiento
y Tesoro Público), cuando éstos estén indirectamente
vinculados a una operación de endeudamiento público
o de administración de deuda;
Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Procedimiento
para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y
Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563,
Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento,
establece que se considera como servicios vinculados
indirectamente a las operaciones de endeudamiento
público o de administración de deuda, para efectos de
lo dispuesto en el numeral 46.1 del artículo 46 del Texto
Único Ordenado (T.U.O.) de la Ley Nº 28563, Ley General
del Sistema Nacional de Endeudamiento, entre otros, a
los servicios de clasif‌i cación de riesgo;
Que, asimismo el numeral 9.1 del artículo 9 del
precitado Procedimiento dispone que cuando los
servicios vinculados indirectamente a las operaciones de
endeudamiento público o de administración de deuda,
son prestados por proveedores únicos, la Of‌i cina General
de Administración y Recursos Humanos procederá a su
contratación directa, previo a lo cual deberá cumplir con
realizar las acciones que dicho numeral señala, agregando
la Segunda Disposición Final que la interpretación de
las disposiciones contenidas en dicho Procedimiento es
competencia de la Dirección General de Endeudamiento
y Tesoro Público;
Que, la Dirección General de Endeudamiento y
Tesoro Público, órgano rector del Sistema Nacional de
Endeudamiento, en los Memorandos Nºs 002 y 011-
2014-EF/52.05, señala las razones que justif‌i can la
contratación como proveedor único de la empresa Fitch
Ratings Limited para que brinde el servicio de calif‌i cación
de riesgo soberano;
Que, la empresa Fitch Ratings Limited presta el
servicio de calif‌i cación de riesgo soberano, mediante la
evaluación integral de los aspectos económicos, sociales
y políticos de un país en base a su propia metodología,
que tiene un signif‌i cado particular y único en el mercado;
Que, la Of‌i cina General de Administración y Recursos
Humanos ha elaborado el Informe Nº 184-2014-EF/43.03,
conjuntamente con el proyecto de convenio de prestación
de servicios;
Que, la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, mediante
el Informe Nº 344-2014-EF/42.01, opina favorablemente
sobre el proyecto de convenio de prestación de servicios
a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas
y la empresa Fitch Ratings Limited;
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 008-
2014-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563 – Ley

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