RESOLUCION MINISTERIAL N° 245-2014-MINEDU - Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de la Dirección de Educación Inicial de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica

Fecha de publicación13 Junio 2014
Fecha de disposición13 Junio 2014
El Peruano
Viernes 13 de junio de 2014
525236
EDUCACION
Aceptan renuncia y encargan
funciones de Director de la Dirección
de Educación Inicial de la Dirección
General de Educación Básica Regular,
dependiente del Viceministerio de
Gestión Pedagógica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 245-2014-MINEDU
Lima, 11 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0428-2011-
ED se designó a la señora NEKY VANETTY MOLINERO
NANO, como Directora de la Dirección de Educación Inicial
de la Dirección General de Educación Básica Regular,
dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica
del Ministerio de Educación;
Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia
al cargo que venía desempeñando;
Que, en consecuencia resulta necesario encargar las
funciones de Director de la Dirección de Educación Inicial,
a f‌i n de garantizar la continuidad del servicio;
De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley
Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modif‌i cado por la Ley Nº 26510; en el Reglamento de la
Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo
N° 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por
Decreto Supremo N° 006-2012-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la
señora NEKY VANETTY MOLINERO NANO al cargo
de Directora de la Dirección de Educación Inicial de
la Dirección General de Educación Básica Regular,
dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica
del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2.- Encargar las funciones de Director de la
Dirección de Educación Inicial de la Dirección General de
Educación Básica Regular, dependiente del Viceministerio
de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, a la
señora SANDRA NORMA CARDENAS RODRIGUEZ,
Especialista de la Dirección de Educación Inicial, en
adición a sus funciones, y en tanto se designe al titular
del referido cargo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1096098-1
ENERGIA Y MINAS
Derogan el Decreto Supremo Nº 030-
2013-EM
DECRETO SUPREMO
Nº 020-2014-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de
Hidrocarburos en el territorio nacional;
Que, el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la
Ley Orgánica de Hidrocarburos, señala que el Contratista
o cualquiera de las personas naturales o jurídicas que
lo conformen, podrá ceder su posición contractual o
asociarse con terceros, previa aprobación por Decreto
Supremo refrendado por los Ministros de Economía y
Finanzas y de Energía y Minas;
publicado el 16 de abril de 2009, se aprobó el Contrato
de Licencia para la Exploración y Explotación de
Hidrocarburos en el Lote XXVII, ubicado en la provincia
de Sechura del departamento de Piura, suscrito entre
PERUPETRO S.A. y FAULKNER SUITS EXPLORATION
INC. S.A., SUCURSAL DEL PERÚ;
Que, FAULKNER SUITS EXPLORATION INC. S.A.,
SUCURSAL DEL PERÚ, mediante escritura pública de
fecha 30 de junio de 2009, modif‌i có su denominación social
a FAULKNER EXPLORATION INC. S.A., SUCURSAL
DEL PERÚ;
publicado el 08 de agosto de 2013, se aprobó la cesión
de posición contractual en el Contrato de Licencia para
la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote
XXVII por parte de FAULKNER EXPLORATION INC. S.A.,
SUCURSAL DEL PERÚ, a favor de SINTANA ENERGY
PERU S.A.C;
Que, mediante carta s/n, recibida por PERUPETRO
S.A. el día 20 de setiembre de 2013, FAULKNER
EXPLORATION INC. S.A., SUCURSAL DEL PERÚ y
SINTANA ENERGY PERU S.A.C, comunicaron a dicha
entidad su decisión de dejar sin efecto la cesión de
posición contractual, antes de suscribirse la modif‌i cación
del Contrato de Licencia respectivo;
Que, mediante Acuerdo de Directorio No. 106-2013,
el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobó solicitar al
Ministerio de Energía y Minas dejar sin efecto el Decreto
De conformidad con lo dispuesto en los numerales
8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del
Perú; y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de
Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
042-2005-EM;
DECRETA:
Artículo 1.- Derogación del Decreto Supremo Nº
por las razones expuestas en la parte considerativa del
presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Energía y Minas y por el Ministro de Economía
y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce
días del mes de junio del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
1096521-3
INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la
Policía Nacional del Perú a Argentina,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 104-2014-IN
Lima, 12 de junio de 2014

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