El derecho al mínimo vital. Un análisis de su posible fundamentación como derecho humano

AutorÚrsula Indacochea Prevost
Páginas259-283
El derecho al mínimo vital. Un análisis de su posible fundamentación
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El derecho al mínimo vital. Un análisis de su posible
fundamentación como derecho humano
Úrsula Indacochea Prevost
“No debemos sentarnos a esperar que sean los vientos los que hagan desaparecer la
miseria de millones de personas (…). Contra todo ello existe una serie de valores
éticos y morales que ha construido la civilización humana en los últimos siglos
y que no debe perderse de vista. Hay también contra todos esos infortunios un
instrumento con una extraordinaria y probada capacidad emancipadora: me
refiero, obviamente, a los derechos fundamentales.”
MIGUEL CARBONELL. La Constitución en serio, p. 66.
I. INTRODUCCIÓN
El intento de abrir el horizonte y someter nuevos derechos humanos a
debate, suele causar un intuitivo rechazo, al cual le siguen normalmente
una serie de críticas.
Así, se señala que la multiplicación de los derechos resultará inver-
samente proporcional a su fuerza como exigencias morales, por lo que es
preferible mantener un catálogo reducido de derechos humanos básicos1.
1 Así lo entiende Francisco LAPORTA, cuando señala que si entendemos los derechos humanos
como exigencias universales, “tienen que ser pocos para muchos, y no muchos para pocos”.
(LAPORTA, Francisco, p. 74.)
Úrsula Indacochea Prevost
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Se señala también que esta ampliación del catálogo de derechos vendrá ir-
remediablemente acompañada de una banalización de aquellos derechos
que ya están reconocidos, pero no suficientemente garantizados (como la
mayoría de los derechos sociales); y en general, que la formación de un
grupo heterogéneo de reivindicaciones morales a través de la incorporación
progresiva de nuevos derechos humanos, dificultará su comprensión, y por
tanto, su garantía2.
Pese a ello, creemos que la pregunta acerca de la posibilidad de funda-
mentar nuevos derechos humanos, revela que existen en la sociedad nuevos
problemas que exigen una aproximación y una respuesta desde una perspectiva
moral, que no debemos dejar de atender.
En esa línea, el presente trabajo somete a consideración la posibilidad
de fundamentar el Derecho al Mínimo Vital como un derecho humano, en
un intento de contribuir a la articulación de una respuesta frente al problema
de la pobreza, que enfrenta una inmensa y creciente mayoría de personas en
países como el nuestro, respuesta que partiendo de una perspectiva filosófica
como un primer paso, pueda posteriormente adquirir protección jurídica,
mediante el reconocimiento de este derecho a partir de nuestro texto con-
stitucional.
Ahora bien, la pregunta por la fundamentación de los derechos humanos
puede ser abordada desde diferentes perspectivas. Desde la teoría del Derecho,
por ejemplo, podríamos indagar cuales son los rasgos que caracterizan a los
derechos humanos como exigencias morales fuertes, como por ejemplo, su
universalidad, su carácter absoluto, su inalienabilidad, etc., dependiendo de la
postura que se adopte3. En tal caso, deberíamos someter el Derecho al Mínimo
Vital a una evaluación a la luz de tales exigencias.
Pese al indudable interés de tal análisis, la perspectiva que adoptaremos
en este trabajo, más que descubrir los rasgos comunes de tienen o deben tener
los derechos humanos, pretende verificar si es posible encontrar argumentos
o razones por las cuales resultaría racionalmente exigible que el Derecho al
2 RODRÍGUEZ PALOP, María Eugenia. “¿Nuevos derechos a debate? Razones para no resistir”.
En: Anuario de Filosofía del Derecho. Nueva Época. Tomo XX, 2003, pp. 227-230.
3 FERRAJOLI, Luigi. “Sobre los derechos fundamentales”. En: Cuestiones Constitucionales. Revista
Mexicana de Derecho Constitucional, n 15. Julio-diciembre 2006, p. 116.

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