RESOLUCION SUPREMA N° 020-2008-ED - Aceptan renuncia de miembro del Directorio del Centro Vacacional Huampaní

Fecha de disposición15 Mayo 2008
Fecha de publicación15 Mayo 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 15 de mayo de 2008
372300
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de mayo del año dos mil ocho.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI
Ministra de Transportes y Comunicaciones
200743-5
Aprueban Convenio de Traspaso
de Recursos de operación de
endeudamiento externo aprobada por
D.S. N° 096-2000-EF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 311-2008-EF/75
Lima, 12 de mayo de 2008
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo N° 096-2000-EF
se aprobó la operación de endeudamiento externo entre
la República del Perú y el Japan Bank for International
Cooperation - JBIC, hasta por ¥ 7 636 000 000,00 (SIETE
MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES y 00/100
YENES JAPONESES), para f‌i nanciar parcialmente
el “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de Agua
Potable y Alcantarillado en las ciudades de Iquitos, Cusco
y Sicuani”, suscribiéndose el respectivo Contrato de
Préstamo el 4 de setiembre de 2000;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 201-
2001-EF/75, se aprobó el Convenio de Traspaso de
Recursos, el cual fue suscrito con fecha 23 de julio de
2001, entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través
de la Dirección General de Crédito Público (hoy, Dirección
Nacional del Endeudamiento Público) y la Entidad
Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable
y Alcantarillado de Loreto Sociedad Anónima - EPS
SEDALORETO S.A., por el cual se trasladó a esta última la
suma de ¥ 2 721 000 000,00 (Dos Mil Setecientos Veintiún
Millones y 00/100 Yenes Japoneses), provenientes del
préstamo aprobado por el aludido Decreto Supremo;
Que, mediante Adenda al Contrato de Préstamo con
el JBIC, de fecha 13 de marzo de 2008, se modif‌i caron
las categorías del préstamo correspondiente al monto
a ser asignado a las Unidades Implementadoras del
proyecto antes mencionado, correspondiéndole a la EPS
SEDALORETO S.A. la suma de ¥ 4 448 000 000,00
(Cuatro Mil Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Millones y
00/100 Yenes Japoneses);
Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 096-
2000-EF dispuso que la Unidad Ejecutora del citado
Proyecto sería el Ministerio de la Presidencia, a través
del Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado
– PRONAP, el mismo que mediante el Decreto Supremo
Nº 004-2002-VIVIENDA, fue subrogado en sus funciones
y competencias por el Programa de Apoyo a la Reforma
del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento – PARSSA;
Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº
006-2007-VIVIENDA se creó el Programa Agua para Todos
(PAPT), como responsable de coordinar las acciones de
los proyectos y programas del sector saneamiento, por lo
que, absorbió las funciones del PARSSA;
Que, por tanto, a f‌i n de incorporar en el aludido
Convenio de Traspaso de Recursos los cambios que
se indican en los considerandos precedentes, se ha
estimado conveniente suscribir una nueva versión
del citado Convenio, el cual sustituye al Convenio de
Traspaso aprobado por la Resolución Ministerial Nº 201-
2001-EF/75;
Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto por el
Artículo 4º de la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del
Sector Público para el Año Fiscal 2008, los compromisos
de reembolso a favor del Gobierno Nacional cuya
implementación está a cargo de la Dirección Nacional
del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía
y Finanzas, tales como operaciones de endeudamiento,
entre otros, deben contemplar la constitución de un
f‌i deicomiso como mecanismo de devolución de los fondos
respectivos;
Que, en tal sentido, se ha considerado conveniente
constituir un Fideicomiso con el Banco de la Nación,
como mecanismo de devolución de los fondos, a f‌i n de
garantizar que la EPS SEDALORETO S.A. proporcione
oportunamente al Ministerio de Economía y Finanzas, en
la porción que le corresponda, los recursos necesarios
para atender el pago del servicio de deuda de la operación
de endeudamiento externo aprobada por el Decreto
Supremo N° 096-2000-EF;
Que, en virtud al Artículo 21º de la “Directiva para
la Concertación de Operaciones de Endeudamiento
Público”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 05-
2006-EF/75.01, los Convenios de Traspaso de Recursos
y su mecanismo de garantía, se aprueban por resolución
ministerial;
Que, sobre el particular han opinado favorablemente
la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29143,
el Decreto Supremo N° 096-2000-EF y la Resolución
Directoral Nº 05-2006-EF/75.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébase el Convenio de Traspaso
de Recursos de la operación de endeudamiento externo
aprobada por el Decreto Supremo Nº 096-2000-EF, el cual
sustituye al Convenio de Traspaso de Recursos aprobado
por la Resolución Ministerial Nº 201-2001-EF/75.
Artículo 2º.- Apruébase la constitución de un
Fideicomiso entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a
través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público,
la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de
Agua Potable y Alcantarillado Sociedad Anónima –EPS
SEDALORETO S.A., el Gobierno Regional de Loreto,
la Municipalidad Provincial de Maynas y el Banco de
la Nación, en calidad de f‌i duciario, como mecanismo
de devolución para el pago del servicio de deuda de la
operación de endeudamiento externo, aprobada por el
Decreto Supremo Nº 096-2000-EF.
Artículo 3º.- Autorízase al Director General de la
Dirección Nacional del Endeudamiento Público a suscribir,
en representación del Ministerio de Economía y Finanzas,
el Convenio de Traspaso de Recursos y el Contrato de
Fideicomiso; así como toda documentación que permita
su ejecución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economìa y Finanzas
200329-1
EDUCACION
Aceptan renuncia de miembro del
Directorio del Centro Vacacional
Huampaní
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 020-2008-ED
Lima, 13 de mayo de 2008

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