ORDENANZA N° 261-2013-MDSJM - Aprueban estructura de costos y estimación de ingresos del servicio de emisión mecanizada de actualización valúo predial y Arbitrios Municipales periodo 2014

Fecha de disposición10 Abril 2014
Fecha de publicación10 Abril 2014
El Peruano
Jueves 10 de abril de 2014
520778
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES
Aprueban estructura de costos y
estimación de ingresos del servicio de
emisión mecanizada de actualización
valúo predial y Arbitrios Municipales
periodo 2014
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 261-2013 -MDSJM
San Juan de Miraf‌l ores, 29 de noviembre del 2013
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES
VISTO:
En sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 29 de
Noviembre 2013, el Memorándum Nº 1265-2013-GM-
MDSJM de fecha 26 de noviembre del 2013, el Informe Nº
811-2013-GAJ-MDSJM de fecha 26 de noviembre del 2013
de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el memorándum Nº
1261-2013-GR-MDSJM de fecha 26 de noviembre del 2013
de la Gerencia de Rentas, el Proyecto de Ordenanza que
establece el monto por derecho de Emisión Mecanizada
de Actualización de Valores, Determinación y Distribución
– Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2014, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo
194 de la Constitución Política del Perú, señala que
las Municipalidades son órganos de gobierno local y
tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos que son de su competencia, siendo que
esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración, con sujeción
al ordenamiento jurídico, en concordancia con lo establecido
en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
establece que los gobiernos locales pueden crear, modif‌i car,
suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro
de su jurisdicción y con los límites que señala la ley.
Que, al respecto, cabe resaltar que según lo establecido
en el artículo 79º del Reglamento de Organización y
Funciones (ROF) aprobado con Ordenanza Nº 211-2011-
MDSJJM de fecha 27 de diciembre del 2011, establece
que la Gerencia de Rentas, está encargada de dirigir,
programar y ejecutar los procesos técnicos tributarios en
materia de registro, recaudación, f‌i scalización y orientación
al contribuyente, así como velar por el cumplimiento de
los administrados en cuanto a sus obligaciones tributarias.
Y en el artículo 80º literal d) señala como una de sus
funciones: “Proponer proyectos de ordenanzas, decretos,
resoluciones, directivas, normas y otros documentos en el
ámbito de su competencia.”
Que, mediante Memorándum Nº 1261-2013-GR-
MDSJM de fecha 26 de noviembre del 2013, la Gerencia de
Rentas, manif‌i esta que: (…)“el procedimiento de emisión se
encuentra contemplada en la Cuarta Disposición Final del
Decreto Legislativo Nº 776 Ley de Tributación Municipal,
contenido en el Texto Único Ordenado de dicha Ley,
aprobada con Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, en la que
señala que las municipalidades que brinden el servicio de
emisión mecanizada (cuponera) están facultadas a cobrar
por dicho servicio no más de 0.4% de la UIT vigente al
primero de enero de cada ejercicio f‌i scal, por lo tanto siendo
que la cuponera que emite la Municipalidad es el documento
que acredita la acreencia de la Municipalidad y su sustento
para cobrarla contiene la declaración jurada mecanizada de
autovaluo para el impuesto predial y las hojas de liquidación
de este impuesto y arbitrios municipales, siendo necesario
acreditar la recepción de la Cuponera 2014 de acuerdo
a los procedimientos tributarios, siendo el total del costo
de la prestación del servicio para la Emisión Mecanizada,
Actualización de Valores, Determinación y Notif‌i cación
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio
f‌i scal 2014 se basan en los costos directos (mano de obra,
costos de materiales, depreciación de muebles y enseres y
otros costos y gastos variables) Costos Indirectos y Gastos
de Administración (mano de obra indirecta y movilidad) y los
Costos Fijos (servicio de energía, teléfono y otros), dichos
costos ascienden a S/. 191,070.05 de acuerdo a la estructura
de costos que se anexa en el proyecto de ordenanza, el
que permite establecer una tasa de S/. 2.90 (dos nuevos
soles y 00/90 céntimos) el monto que debe abonar cada
contribuyente por cuponera y S/. 0.30 (Treinta céntimos)
por predio adicional.” Que resulta necesario establecer los
montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho
de emisión mecanizada para el Impuesto Predial y Arbitrios
de Limpieza Pública, de Parques y Jardines Públicos y de
Serenazgo correspondiente al ejercicio f‌i scal 2014.
Que, mediante Informe Nº 811-2013-GAJ-MDSJM de
fecha 26 de noviembre del 2013, la Gerencia de Asesoría
Jurídica, opina que la Ordenanza que Aprueba la Estructura
de Costos y Estimación de Ingresos del Servicio de Emisión
Mecanizada de Actualización de Valuó Predial y Arbitrios
Municipales , para el ejercicio 2014 en el Distrito de San
Juan de Miraf‌l ores, es viable legalmente.
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral
Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal: Numeral
8.- “Aprobar, modif‌i car o derogar las ordenanzas y dejar sin
efecto los acuerdos”, Numeral 9.- “Crear. Modif‌i car, suprimir
o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y
derechos, conforme a ley”.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 40
de la Ley Orgánica de Municipalidades, “Las ordenanzas
de las municipalidades provinciales y distritales, en la
materia de su competencia, son las normas de carácter
general (…) y las materias en las que la municipalidad
tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se
crean, modif‌i can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas,
licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites
establecidos por ley”.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el Artículo Nº 9 numeral 8) y 9), de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con dispensa del
trámite de aprobación del acta el Concejo Municipal aprobó
por UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA
DE COSTOS Y ESTIMACIÓN DE INGRESOS
DEL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE
ACTUALIZACIÓN VALÚO PREDIAL Y ARBITRIOS
MUNICIPALES PERIODO 2014
Artículo Primero.- APRUEBESE en S/. 2.90 el importe
que deberán abonar los contribuyentes, titulares de un
predio, por concepto emisión mecanizada de actualización
de valores determinación y distribución a domicilio de los
recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
correspondiente al ejercicio f‌i scal 2014.
Artículo Segundo.- FÍJESE en S/. 0.30 céntimos,
el monto que deberán abonar por predio adicional los
contribuyentes que posean más de un predio.
Artículo Tercero.- El Derecho de Emisión Mecanizada,
será abonado conjuntamente con el pago al contado del
Impuesto Predial o de su primera cuota fraccionada
Artículo Cuarto.- APROBAR el Informe Técnico
Financiero, que comprende la estructura de costos y
estimación de ingresos que como anexo forman parte
de la presente Ordenanza, que establece el monto del
servicio de emisión mecanizada, actualización de valores,
determinación de tributos y distribución de recibos de pagos
a domicilio correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales del ejercicio f‌i scal 2014.
Artículo Quinto.- DEJESE SIN EFECTO, a toda
disposición que se oponga a la presente Ordenanza
Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de la publicación del
Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, que apruebe su ratif‌i cación, en la medida que se
haya cumplido también con la publicación de la presente
Ordenanza en las formas y mecanismos previstos en
ley.Artículo Sétimo.- La información de la presente
Ordenanza con su texto integro de las normas ratif‌i cadas y
el Acuerdo de Concejo ratif‌i catorio se encontrará publicados
en la página web del Servicio de Administración Tributaria
– SAT (http://www.sat.gob.pe).
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ADOLFO OCAMPO VARGAS
Alcalde

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