ORDENANZA N° 412-2013-MDJM - Modifican la Ordenanza N° 378-MDJM que complementa los parámetros urbanísticos y edificatorios en el Distrito de Jesús María
Fecha de disposición | 19 Junio 2013 |
Fecha de publicación | 19 Junio 2013 |
El Peruano
Miércoles 19 de junio de 2013 497527
el Programa de Fomento de la Conservación del Ornato
de la Ciudad denominado “Renovemos Jesús María”, a
través del cual la corporación edil, brinda apoyo con mano
de obra para el pintado de fachadas, dirigido a los edifi cios
debidamente registrados ante la Gerencia de Rentas y
que tengan una antigüedad de construcción superior a los
20 años;
Que, por Ordenanza Nº 303-MDJM, se suspendió
temporalmente la vigencia de la Ordenanza Nº 223-
MDJM, siendo restituida con Ordenanza Nº 363-MDJM;
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,
mediante Memorando Nº 1471-2013-MDJM-GPP de
fecha 17 de mayo del 2013; recomienda suspender el
programa temporalmente por cuanto no se cuenta con
marco presupuestal sufi ciente para atención de nuevas
solicitudes.
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8
del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el
Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE SUSPENDE LA VIGENCIA DEL
PROGRAMA DE FOMENTO DE LA CONSERVACIÓN
DEL ORNATO DE LA CIUDAD DENOMINADO
“RENOVEMOS JESÚS MARÍA”
Artículo Primero.- SUSPÈNDASE, temporalmente
hasta el 31 de marzo del 2014 la vigencia de la Ordenanza
Nº 223-MDJM, en tanto no se habiliten mayores recursos
para su ejecución.
Artículo Segundo.- INCORPORASE el Artículo Sexto
a la Ordenanza Nº 223-MDJM, el mismo que tendrá el
siguiente texto:
“Articulo Sexto.- Facúltese al Alcalde, para que
mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas
necesarias para el debido cumplimiento de la presente
norma, así como el restablecimiento o suspensión de la
presente Ordenanza, de acuerdo a los informes técnico,
presupuestal y legal correspondientes.”
Artículo Tercero.- ENCARGUESE el cumplimiento de
la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza surtirá
efecto a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Ofi cial El Peruano.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
ENRIQUE OCROSPOMA PELLA
Alcalde
951377-2
Suspenden vigencia e incorporan
artículo a la Ordenanza Nº 302-MDJM
que aprobó Programa de Vivienda
Municipal Mejorando Mi Quinta
Jesús María, 14 de junio del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA;
VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto
unánime de los señores regidores y con dispensa del
Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 302-MDJM, se aprobó
el Programa de Vivienda Municipal Mejorando Mi Quinta,
a través del cual la Municipalidad de Jesús María, brinda
apoyo con mano de obra para el pintado de fachadas,
mejoramiento de servicios de agua, desagüe y energía
eléctrica de las áreas comunes de las Quintas con una
construcción no menor a los 40 años.
Que, por Ordenanza Nº 340-MDJM, se dispuso
suspender temporalmente la vigencia de la Ordenanza
Nº 302-MDJM, siendo restituida con Ordenanza Nº 353-
MDJM;
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,
mediante Memorando Nº 1453-2013-MDJM-GPP de
fecha 17 de mayo del 2013; recomienda suspender el
programa temporalmente por cuanto no se cuenta con
marco presupuestal sufi ciente para atención de nuevas
solicitudes.
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8
del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el
Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE SUSPENDE LA VIGENCIA DEL
PROGRAMA DE VIVIENDA MUNICIPAL
MEJORANDO MI QUINTA
Artículo Primero.- SUSPÈNDASE, temporalmente
hasta el 31 de marzo del 2014 la vigencia de la Ordenanza
Nº 302-MDJM, en tanto no se habiliten mayores recursos
para su ejecución.
Artículo Segundo.- INCORPÓRASE el Artículo Sexto
a la Ordenanza Nº 302-MDJM, el mismo que tendrá el
siguiente texto:
“Artículo Sexto.- Facúltese al Alcalde, para que
mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas
necesarias para el debido cumplimiento de la presente
norma, así como el restablecimiento o suspensión de la
presente Ordenanza, de acuerdo a los informes técnico,
presupuestal y legal correspondientes.”
Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE el cumplimiento de
la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza surtirá
efecto a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Ofi cial El Peruano.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
ENRIQUE OCROSPOMA PELLA
Alcalde
951377-3
Modifican la Ordenanza Nº 378-MDJM
que complementa los parámetros
urbanísticos y edificatorios en el
Distrito de Jesús María
ORDENANZA Nº 412-2013-MDJM
Jesús María, 14 de junio del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESUS MARIA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESUS MARIA
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo, con el voto
mayoritario de los señores Regidores y con dispensa del
Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política
del Perú, reconoce a las Municipalidades autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia y el artículo 195 del mismo cuerpo
normativo dispone que los gobiernos locales promueven
el desarrollo, la economía local y la prestación de los
servicios públicos de su responsabilidad, en armonía
con las políticas y planes nacionales y regionales de
desarrollo y posee competencia para desarrollar y regular
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