ORDENANZA N° 434-MDJM - Modifican la Ordenanza N° 378-MDJM que complementa los parámetros urbanísticos y edificatorios en el distrito

Fecha de publicación03 Mayo 2014
Fecha de disposición03 Mayo 2014
El Peruano
Sábado 3 de mayo de 2014 522211
Que previo al mencionado evento, el señor Óscar
Arturo Díaz Muñoz ha sido invitado como expositor a la
presentación del referido libro en la Facultad de Derecho
de la Universidad de Zaragoza (España), el 7 de mayo
de 2014;
Que, asimismo, el señor Óscar Arturo Díaz Muñoz
realizará en Madrid actividades de coordinación con
el Presidente del Tribunal Constitucional de España,
que es el Secretario Permanente de la Conferencia
Iberoamericana de Justicia Constitucional, a efectos de la
organización por el Tribunal Constitucional del Perú de la
XI Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional
el 2016, por lo cual se ha concertado una reunión el 6 de
mayo de 2014 en Madrid;
Que por las razones expuestas esta Presidencia
considera la procedencia de la comisión de servicio
solicitada;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de la
el Reglamento Interno de Trabajo, la Ley Nº 27619, el
Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM, su modif‌i catoria el
Decreto Supremo N.º 056-2013-PCM, la Décimo Tercera
Disposición Final de la Ley N.º 28411 y la Directiva N.º
001-2013-DIGA/TC aprobada por Resolución de Dirección
General 24/2013-DIGA/TC
SE RESUELVE
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de
servicios del señor Óscar Arturo Díaz Muñoz, Secretario
Relator del Tribunal Constitucional, a las ciudades de
Madrid y Zaragoza, España, del 4 al 9 de mayo de 2014,
para participar en los eventos referidos en la presente
resolución.
Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto
en esta resolución irrogará egreso del presupuesto del
Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle:
PASAJES AÉREOS : S/. 5,915.00
PASAJE EN TREN : S/. 860.00
VIATICOS : US$ 2,160.00
GASTOS DE INSTALACION : US$ 1,080.00
Artículo Tercero.- La presente resolución no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros, cualquiera fuera su denominación.
Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario
siguientes de realizado el referido viaje, el señor Óscar
Arturo Díaz Muñoz informará sobre los resultados
obtenidos con motivo de su participación en los citados
eventos.
Artículo Quinto.- Comunicar la presente Resolución
al interesado, a la Secretaría General y a las Of‌i cinas de
Administración de Personal, de Contabilidad y Tesorería y
Control Institucional.
Artículo Sexto.- Dejar sin efecto la Resolución
Administrativa Nº 045-2014-P/TC.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR URVIOLA HANI
Presidente
1079034-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
JESUS MARIA
que complementa los parámetros
urbanísticos y edificatorios en el
distrito
ORDENANZA Nº 434-MDJM
Jesús María, 15 de abril del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA
VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto
mayoritario de los señores regidores y con dispensa del
tramite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política
del Perú, reconoce a las Municipalidades autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia y el artículo 195 del mismo cuerpo
normativo dispone que los gobiernos locales promueven
el desarrollo, la economía local y la prestación de los
servicios públicos de su responsabilidad, en armonía
con las políticas y planes nacionales y regionales de
desarrollo y posee competencia para desarrollar y regular
actividades y/o servicios en materia de educación, salud,
vivienda, saneamiento, medio ambiente, etc.;
Que, el numeral 3.6.2. del inciso 3.6. del párrafo
3 del artículo 79 de la Ley Nº 27972 Orgánica de
Municipalidades, señala que es función específ‌i ca
exclusiva de las Municipalidades Distritales, normar y
regular las construcciones, remodelaciones o demoliciones
de inmuebles;
Que, el artículo 40 de la Ley Nº 27972 Orgánica de
Municipalidades prescribe que las Ordenanzas son las
normas de carácter general de mayor jerarquía en las
estructura normativa municipal, por medio de las cuales se
aprueba la organización interna, la regulación, administración
y supervisión de servicios públicos y las materias en que la
Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, la Ordenanza Nº 719-MML del 29 de octubre
del 2004, que modif‌i ca la Ordenanza Nº 620-MML de
fecha 04 de abril del 2004, en el artículo 30 establece
la identif‌i cación, calif‌i cación y características técnicas
para el uso de suelo según las distintas Zonas Urbanas,
quedando contenidas en el Cuadro Nº 01, mediante el
cual se dispone las densidades netas máximas para las
Zonas Residenciales;
Que, la Ordenanza Nº 241-MDJM modif‌i cada
sucesivamente por las Ordenanzas Nº 261, 293, 319,
350, 378, 384, 396, 412 y 431-MDJM, establecen la
delimitación de los sectores de las zonas predominantes
en consideración a la dimensión del lote y diversos factores
socioeconómicos según los distintos niveles de desarrollo
urbano, así como los Planos de Sectorización de los Usos
del Suelo del Distrito de Jesús María, que conforman el
Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana,
def‌i niendo las unidades de vivienda mínima, la altura
de las edif‌i caciones y la dotación de estacionamientos
requeridos por unidad de vivienda;
Que, mediante Informe Nº 298-2014 MDJM-GDUyA-
SGLyA de fecha 11 de abril de 2014, la Sub-Gerencia
de Licencias y Autorizaciones, sustenta técnicamente
la necesidad de dictar una norma que complemente la
normatividad antes referida, en lo que respecta a la altura
de edif‌i cación, áreas mínimas de vivienda y dotación de
estacionamientos, así normas complementarias que se
aplican en las construcciones ejecutadas en los predios
ubicados en Av. Diego de Almagro cuadra 6 lado impar
y Av. Olavegoya cuadras 18 y 19 lado impar, dentro del
Distrito de Jesús María;
Que, mediante Informe Nº 572-2014 MDJM/GAJyRC, de
fecha 11 de abril de 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica y
Registro Civil opina por la procedencia legal de la propuesta
de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Ambiental.
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8
Concejo Municipal aprobo la siguiente,
ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA
Nº 378-MDJM QUE COMPLEMENTA LOS
PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS
EN EL DISTRITO DE JESÚS MARIA
Artículo Primero.- INCORPÓRESE el inciso 4.13 al
Artículo 4 y el inciso 6.10 al Articulo 6 de la Ordenanza
378-MDJM, los mismos que tendrán el siguiente texto:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR