RESOLUCION N° 0219-2014-JNE - Declaran nulo Acuerdo de Concejo N° 046-2013-MDCLR del Concejo Distrital de Carmen de la Legua Reynoso y disponen devolver actuados para que emitan nuevo pronunciamiento

Fecha de disposición29 Marzo 2014
Fecha de publicación29 Marzo 2014
El Peruano
Sábado 29 de marzo de 2014
519920
diciembre de 2013, que declaró su vacancia en el cargo
de alcalde de la Municipalidad Provincial de Tampopata
(fojas 615 y 648).
4. Del mismo modo, en autos obra el Informe Nº 01-
2014-MPT-SG-TD, de fecha 4 de febrero de 2014, emitido
por Federico Cusirimay Torres, responsable de trámite
documentario de la citada entidad edil (fojas 652), en la que
señala que “del 16 de diciembre de 2013 al 21 de enero
de 2014 el Abog. Aldo Gustavo RENGIFO KAHN no ha
presentado documentos de apelación y reconsideración”.
5. Igualmente, obra en autos el Acuerdo de Concejo Nº
016-2014-CMPT-S.E.O., de fecha 12 de febrero de 2014
(fojas 667 a 668), que declara consentido el mencionado
Acuerdo de Concejo Nº 100-2013-CMPT-S.E.O., de fecha
16 de diciembre de 2013, que declaró la vacancia de
Aldo Gustavo Rengifo Kahn, en el cargo de alcalde de la
referida corporación edil.
6. Por ello, al haberse verif‌i cado la legalidad del
procedimiento de vacancia seguido en contra de la
referida autoridad edil, por la causal de infracción de las
restricciones a la contratación, prevista en el artículo 22,
numeral 9, concordante con el artículo 63, de la LOM,
corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y
emitir la credencial correspondiente al accesitario llamado
por ley.
7. En tal sentido, de conformidad con el artículo
24 de la LOM, en caso de vacancia de un alcalde lo
reemplaza el primer regidor hábil que sigue en su
propia lista electoral. Así, corresponde ratif‌i car la
convocatoria de Oswaldo Rosales Cajacuri, identif‌i cado
con Documento Nacional de Identidad Nº 06042652,
regidor del movimiento regional Justicia Regional,
para que asuma, en forma def‌i nitiva, la alcaldía de la
Municipalidad Provincial de Tambopata, para completar
el periodo de gobierno municipal 2011-2014.
8. Asimismo, corresponde ratif‌i car la convocatoria de
Ángel Segundo Jipa Inisuy, identif‌i cado con Documento
Nacional de Identidad Nº 40869710, candidato no
proclamado del movimiento regional Justicia Regional,
para que asuma, en forma def‌i nitiva, el cargo de regidor
del Concejo Provincial de Tambopata, para completar el
periodo de gobierno municipal 2011-2014.
9. Dichas convocatorias se realizan de acuerdo
con el acta de proclamación de resultados, de fecha
29 de octubre de 2010, remitida por el Jurado Electoral
Especial de Tambopata, con motivo del proceso electoral
Elecciones Municipales 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de
convocatoria de candidato no proclamado, como
consecuencia de la declaratoria de vacancia de Aldo
Gustavo Rengifo Kahn en el cargo de alcalde de la
Municipalidad Provincial de Tambopata, departamento
de Madre de Dios, por la causal de infracción de las
restricciones a la contratación, prevista en el artículo 22,
numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, en forma
def‌i nitiva, la credencial otorgada a Aldo Gustavo Rengifo
Kahn como alcalde de la Municipalidad Provincial de
Tambopata, departamento de Madre de Dios, emitida
con motivo del proceso electoral Elecciones Municipales
2010.
Artículo Tercero.- RATIFICAR la convocatoria de
Oswaldo Rosales Cajacuri, identif‌i cado con Documento
Nacional de Identidad Nº 06042652, para que asuma, de
forma def‌i nitiva, el cargo de alcalde de la Municipalidad
Provincial de Tambopata, departamento de Madre de
Dios, para completar el periodo de gobierno municipal
2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial
que lo faculta como tal.
Artículo Cuarto.- RATIFICAR la convocatoria de
Ángel Segundo Jipa Inisuy, identif‌i cado con Documento
Nacional de Identidad Nº 40869710, para que asuma, de
forma def‌i nitiva, el cargo de regidor del Concejo Provincial
de Tambopata, departamento de Madre de Dios, para
completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014,
debiéndose otorgar la respectiva credencial que lo faculta
como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1068073-1
Declaran nulo Acuerdo de Concejo
N° 046-2013-MDCLR del Concejo
Distrital de Carmen de la Legua Reynoso
y disponen devolver actuados para que
emitan nuevo pronunciamiento
RESOLUCIÓN Nº 0219-2014-JNE
Expediente Nº J-2013-01690
CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO - CALLAO
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, veinte de marzo de dos mil catorce.
VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso
de apelación interpuesto por Óscar Francisco Rojas
Hurtado en contra del Acuerdo de Concejo Nº 046-2013-
MDCLR, de fecha 19 de noviembre de 2013, que declaró
improcedente la solicitud de vacancia presentada contra
Raúl Jesús Ódar Cabrejos, regidor de la Municipalidad
Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, provincia
constitucional del Callao.
ANTECEDENTES
Respecto a la solicitud de vacancia
Con fecha 4 de octubre de 2013 (fojas 107 a 113),
Óscar Francisco Rojas Hurtado solicita ante el Concejo
Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, la vacancia
del regidor Raúl Jesús Ódar Cabrejos, por la causal
de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas,
de Municipalidades (en adelante LOM), alegando que en
la sesión ordinaria de concejo, de fecha 30 de abril de
2013 (fojas 115 a 149), dicha autoridad edil habría votado
a favor de su cese, en el cargo de gerente municipal de la
citada entidad edil, sin la existencia de un procedimiento
administrativo sancionador previo.
En efecto, indica que en la referida sesión de concejo,
el regidor José Julián García Santillán solicitó que se
disponga su cese como gerente municipal, alegando que
habría incurrido en falta grave. Dicho pedido, agrega, fue
aprobado por cinco regidores, entre ellos, la autoridad
edil materia del presente pedido de vacancia, pese a que
los regidores Henry Luis Centeno Rojas y Rubén Darío
Trujillo Mejía, en dicha sesión ordinaria, manifestaron que
el cese del gerente municipal por parte de los regidores
solo podía hacerse por dos causales, acto doloso o falta
grave, resultando necesario, en este último caso, iniciar
un procedimiento administrativo.
Respecto al pronunciamiento del Concejo Distrital
de Carmen de la Legua Reynoso
En la sesión extraordinaria, de fecha 19 de noviembre
de 2013 (fojas 16 a 34), al no haberse alcanzado los dos
tercios señalado por el artículo 23 de la LOM (cuatro votos
a favor de la vacancia y tres votos en contra), el Concejo
Distrital de Carmen de la Legua Reynoso rechazó la
solicitud de vacancia.
Dicha decisión se materializó en el Acuerdo de Concejo
Nº 046-2013-MDCL, de la misma fecha (fojas 43 a 45).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR