ORDENANZA N° 251-MDCH - Modifican las Ordenanzas Nºs. 113-2007-MDCH y 165-MDCH, que regularon actividades de recolección y transporte de residuos sólidos domiciliarios, comerciales y provenientes de actividades menores de acondicionamiento y refacción de edificaciones en el distrito

Fecha de disposición24 Abril 2014
Fecha de publicación24 Abril 2014
El Peruano
Jueves 24 de abril de 2014
521552
Administración, y contrariamente a lo establecido en el
contrato suscrito para dichos f‌i nes.
e) Cuando se detectase que se usa el nombre de la
institución para realizar actos de provecho particular o a
favor de terceros.
f) Por interponer recurso impugnativo, demanda
contencioso administrativa, acción de amparo o cualquier
otra acción ante el Poder Judicial o ante órganos
administrativos respecto de la deuda acogida a esta
modalidad de pago.
g) Por no mantener la conf‌i dencialidad de la información
a la cual tenga o haya tenido acceso durante la ejecución
del servicio prestado.
h) Por otras que en función a su gravedad y a criterio
de la Municipalidad Distrital de Ate sean meritorias
de la f‌i nalización de la facultad de pago en bienes y/o
servicios.
Artículo 28º.- Efectos de la Pérdida:
Los Benef‌i ciarios no podrán solicitar un nuevo canje
de deudas, cuando exista incumplimiento de un canje
anterior.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera.- Las solicitudes de pago en bienes muebles,
inmuebles, valores o servicios que se encuentran en
trámite se adecuarán a las disposiciones aprobadas en la
presente Ordenanza.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- El pago en bienes y/o servicios no
es compatible con la aplicación de otros benef‌i cios
tributarios.
Segunda.- La Gerencia de Administración y Finanzas y
la Gerencia de Planif‌i cación, efectuarán las modif‌i caciones
contables y presupuestales necesarias para regularizar
las asignaciones y compensaciones a que hubiera lugar,
debido a la ejecución del pago con bienes y servicios.
Tercera.- Facúltese al señor Alcalde para que dicte
las normas complementarias por medio de Decreto de
Alcaldía, para la adecuada aplicación de la presente
Ordenanza, para lo cual deberá contar con el informe
previo de la Gerencia de Administración Tributaria y
Gerencia de Administración y Finanzas con cargo a dar
cuenta al Concejo de esta Comuna.
Cuarta.- Deróguese la Ordenanza Nº 064-MDA, la
Ordenanza Nº 084-MDA y la Ordenanza Nº 109-MDA, así
como toda disposición que contravenga lo dispuesto en la
presente Ordenanza.
Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
1076086-1
MUNICIPALIDAD DE
CHORRILLOS
Modifican las Ordenanzas
Nºs. 113-2007-MDCH y 165-MDCH,
que regularon actividades de
recolección y transporte de residuos
sólidos domiciliarios, comerciales y
provenientes de actividades menores
de acondicionamiento y refacción de
edificaciones en el distrito
ORDENANZA Nº 251-MDCH
Chorrillos, 29 de marzo del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHORRILLOS
POR CUANTO:
El Concejo en Sesión ordinaria de fecha 29 de Marzo
del 2014, con el voto UNANIME de sus miembros aprobó
lo siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO 3º
DE LA ORDENANZA Nº 113-MDCH DE FECHA
27 DE ENERO DEL 2007 Y SU MODIFICATORIA
ORDENANZA Nº 165-MDCH DE FECHA 19 DE
DICIEMBRE DEL 2009, LA MISMA QUE
REGULA LAS ACTIVIDADES DE RECOLECCION
Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS
DOMICILIARIOS, COMERCIALES Y
PROVENIENTES DE ACTIVIDADES MENORES
DE ACONDICIONAMIENTO Y REFACCION
DE EDIFICACIONES EN EL DISTRITO DE
CHORRILLOS
Artículo Único.- Modif‌i car el artículo 3º de la
Ordenanza Nº 113-MDCH de fecha 27 de Enero del 2007
y su Modif‌i catoria Ordenanza Nº 165-MDCH de fecha 19
de diciembre del 2009, quedando redactada como sigue:
Artículo 3º.- MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS.
El sistema de recolección y transporte de los residuos
sólidos a que se ref‌i ere la presente ordenanza se
efectuara directamente por la Municipalidad de Chorrillos
con frecuencia diaria, debiendo las generadoras sacar a la
vía pública sus residuos sólidos embolsados en el horario
de 08:00p.m. a 10:00 p.m. para su recojo por el personal
municipal y en las rutas siguientes:
RUTA Nº 01
El área formada por Urb. Costa Sur, Chorrillos Centro,
Villa Militar, Urb. San Juan.
RUTA Nº 02
Chorrillos, Urb. Los Laureles, Urb. La Villa, AA.HH. Alto
Perú, AA.HH. Miguel Iglesias, AA.HH. Intillacta, AA.HH.
Marcavilca, AA.HH. Cruz Cerro Armatambo, AA.HH. José
Olaya I y II.
RUTA Nº 03
Urb. María Auxiliadora, Quinta Homilsa, Urb. San
Tadeo, Urb. José Olaya, Urb. Los Titanes, Urb. Los
Tulipanes, Urb. Santa Laura, Urb. Rosario de Villa, Urb.
Santa Leonor I, II, y III Etapa.
RUTA Nº 04
Urb. Paseo de la República I, II y II Etapa, Urb. Santa
María de Villa, Urb. Matellini, Urb. Nuevo Chorrillos,
Parcelación Semi Urbana La Campiña.
RUTA Nº 05
AA.HH. Santa Teresa de Villa, AA.HH Santa Teresita
de Villa, P.J. Santa Teresa de Chorrillos, Coop. Viv. De
Trabajadores Instituto Nacional de Salud, P.J Villa Venturo,
P.J. Villa Venturito, AA.HH. Viña de Ate, Asoc. Viv. Viña
de Ate, AA.HH. Villa del Mar, P.J. Cesar Vallejo, AA.HH.
San Pedro, AA.HH. San Pedro, AA.HH. Virgen del Morro,
AA.HH. Héroes del Pacíf‌i co, AA.HH. Nueva Granada.
ZONA Nº 06
AA.HH. San Genaro, Límites: Av. San Genaro, Ca.
Nº 04, AA.HH. Integración y AA.HH. Luis Felipe de Las
Casas, Ca. “13” Límite con 26 de Setiembre, Calle I de
San Genaro, Ca. 16, Ca. “H”, Psje “10”, Ca. “23”, Ca. “D”,
Ca. “1” y Ca. “A” de AA. HH. Víctor Raúl.
ZONA Nº 07
Urb. Villa Marina, Asoc. Viv. Bello Horizonte, Asoc.
Pro. Viv Los Incas, Asoc. Pro. Viv. Alameda Sur Villa
Magisterial, Cultural Lima.
ZONA Nº 08
Urb. Los Cedros, Urbe Fovipol, Urb. San Juan Bautista,
Asoc. Viv. Sarita Colonia, Asoc. Propietarios Navidad de
Villa, P.V. Villa Municipal, AA.HH. Rinconada de Villa,
AA.HH. Indo América, AA.HH. La Sagrada Familia,
AA.HH. Las Garzas.

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