ORDENANZA N° 364-MDC - Aprueban la Regularización del Otorgamiento de licencia de Funcionamiento Temporal en la Zona de Reglamentación Especial (ZRE)

Fecha de disposición26 Julio 2012
Fecha de publicación26 Julio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 26 de julio de 2012 471481
Segunda.- Encárguese a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Racionalización,
Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato y Gerencia de
Imagen y Comunicaciones de la Municipalidad Distrital de
Barranco, la Implementación y difusión de las actividades
del Sistema local de Gestión Ambiental.
Tercero.- Encárguese a la Gerencia de Planeamiento
Presupuesto y Racionalización asignar los recursos
económicos necesarios para la implementación del
Sistema Local de Gestión Ambiental y los instrumentos de
gestión estratégica y operativa.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JESSICA A. VARGAS GÓMEZ
Alcaldesa
819014-1
Aprueban Programa de Segregación
como parte del cumplimiento de
metas del Programa de Modernización
Municipal 2012
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 06-2012-MDB
Barranco, 20 de julio del 2012
Vistos: Visto el Memorándum Nº 471-2012/GDGAyO/
MDB del 13 de julio del 2012 de la Gerencia de Gestión
Ambiental y Ornato e Informe Nº 527-2012-GAJ-MDB, de
la Gerencia de Asesoría Jurídica y estando a lo expuesto,
en uso de las facultades conferidas por la Constitución
Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto en
la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; la Ley
General del Ambiente Nº 28611;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 62º de la Ley Nº 28611 – Ley General
del Ambiente, establece que “Los gobiernos locales
organizan sus funciones ambientales, considerando
el diseño y la estructuración de sus órganos internos
o comisiones, en base a sus recursos, necesidades y
el carácter transversal de la gestión ambiental. Deben
implementar un Sistema Local de Gestión Ambiental,
integrando a las entidades públicas y privadas que
desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre
la calidad del medio ambiente, así como a la sociedad
civil, en el ámbito de actuación del gobierno local”, siendo
prioridad del Gobierno distrital de Barranco velar por el
bienestar y confort de los habitantes del distrito;
Que, el inciso 12) del Artículo 10º del D.L. Nº 1065;
que modif‌i ca la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos
Sólidos, establece que el rol de las municipalidades
es: “Implementar progresivamente programas de
segregación en la fuente y recolección selectiva de
residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, facilitando
su reaprovechamiento y asegurando su disposición f‌i nal
diferenciada y técnicamente adecuada”. Así mismo, el
último párrafo del acotado artículo establece que “Las
municipalidades deben ejecutar programas para la
progresiva formalización de las personas, operadores
y demás entidades que intervienen en el manejo de los
residuos sólidos sin las autorizaciones correspondientes”;
Que, la Ley Nº 29419 que regula la actividad de los
recicladores, tiene como objeto el establecer el marco
normativo para la regulación de las actividades de los
trabajadores del reciclaje, orientada a la protección,
capacitación y promoción del desarrollo social y laboral,
promoviendo su formalización, asociación y contribuyendo
a la mejora en el manejo ecológicamente ef‌i ciente de los
residuos sólidos en el país, en el marco de los objetivos y
principios de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos
Que, la Ordenanza Nº 358-MDB formaliza a los
recicladores y el recojo selectivo en el distrito de
Barranco;
Que, el Plan de Acción Ambiental Local y la Agenda
Ambiental Local en concordancia con los lineamientos
de su Política Ambiental Local, aprobada por la Comisión
Ambiental Municipal de Barranco, contienen estrategias,
actividades y acciones para lograr en forma ef‌i ciente
y ef‌i caz el reaprovechamiento de residuos sólidos que
permita la inclusión socioeconómica de los recicladores
y logre minimizar la generación de residuos en la fuente
de origen;
Que, como parte del Plan de Manejo de Residuos
Sólidos, la Municipalidad de Barranco viene ejecutando
un piloto de segregación en origen, desde diciembre del
2011, con un servicio de recolección selectiva realizada
por los recicladores de la Asociación Virgen del Carmen,
con la f‌i nalidad de recuperar los residuos reaprovechables
mediante la segregación en origen, actividad que
desarrollan los vecinos de la viviendas unifamiliares,
condominios y edif‌i cios multifamiliares de la zona 1(Uno),
las cuales constituyen el 7% del total de viviendas del
distrito, por lo que se hace necesario aprobar el Programa
de Segregación en la Fuente mediante una norma
municipal;
Que, el Artículo 42º de la Ley 27972 establece que: “Los
Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias
y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los
procedimientos necesarios para la correcta y ef‌i ciente
administración municipal y resuelven o regulan asuntos
de origen general y de interés para el vecindario, que no
sean de competencia del Concejo Municipal”;
De conformidad con las atribuciones conferidas
en el Artículo 20º numeral 6), de la Ley Orgánica de
Municipalidades-Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Programa de
Segregación como parte del cumplimiento de metas del
Programa de Modernización Municipal 2012, cuyo texto
forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento del
presente Decreto, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de
Gestión Ambiental y Ornato, la Gerencia de Planeamiento
Presupuesto y Racionalización y a la Secretaria General.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JESSICA A. VARGAS GÓMEZ
Alcaldesa
819017-1
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban la Regularización del
Otorgamiento de licencia de
Funcionamiento Temporal en la Zona
de Reglamentación Especial (ZRE)
ORDENANZA Nº 364-MDC
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 20.07.2012; el Dictamen
Nº 002-2012-CDE-MDC, emitido por la Comisión de
Desarrollo Económico; el Informe Nº 045-2012-AAM-
SGPEE-GDE/MC de fecha 21.03.2012, emitido por
Técnico Administrativo de la Sub Gerencia de Promoción
Empresarial y del Empleo; el Informe Nº 068-2012-
SGPEE-GDE/MC de fecha 29.03.2012, emitido por la
Sub Gerencia de Promoción Empresarial y del Empleo;
el Informe Nº 039-2012-FR-SGPUC-GDU-MC de fecha
12.04.2012, emitido por Técnico Administrativo de la Sub
Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; el Informe
Nº 453-2012-GAJ-MDC de fecha 03.07.2012, emitido por
la Gerencia de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
modif‌i cada por la Ley de Reforma Nº 28607, establece que

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