Aprueban Directiva N° 002 VAAE/A/02 sobre Actualización del Listado de Cuentas del Nuevo Plan Contable Gubernamental del ministerio

Fecha de disposición21 Febrero 2005
Fecha de publicación21 Febrero 2005
Pág. 287608
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 21 de febrero de 2005
Técnico mencionado en el considerando precedente y la
Ayuda Memoria sobre las actividades realizadas frente al
carbón de la caña de azúcar a nivel nacional realizada por
la Dirección de Vigilancia Fitosanitaria;
Que, con el fin de evitar la diseminación de la plaga en
las zonas productoras de Caña de Azúcar, se hace nece-
sario adoptar medidas fitosanitarias para su control;
Que, la Primera Disposición Complementaria y Final
de la Ley Nº 27322, establece que las medidas fito y
zoosanitarias contempladas en la presente Ley, sus
Reglamentos, así como en las demás disposiciones
complementarias sobre la materia, por el carácter técni-
co y científico que las sustentan, no constituyen medi-
das para arancelarias ni barreras burocráticas, de con-
formidad con el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial
del Comercio (OMC) y demás compromisos internaciona-
les asumidos por el país sobre la materia;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25902, la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 048-
2001-AG, el Decreto Supremo Nº 024-95-AG; y con la visa-
ción de los Directores Generales de Sanidad Vegetal y
Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Establecer a la plaga "carbón de la caña
de azúcar" Ustilago scitaminea Syd., como plaga cuarente-
naria bajo control oficial.
Artículo 2º.- Establecer y aplicar las medidas fitosanita-
rias necesarias para evitar la diseminación de la plaga "car-
bón de la caña de azúcar" Ustilago scitaminea Syd., en las
zonas productoras de caña de azúcar de las Regiones de
la costa peruana.
Artículo 3º.-. Disponer la destrucción de los sembríos ac-
tuales de caña de azúcar instaladas en el campo Chiquitoy
Viejo I, perteneciente a la Empresa Agraria Chiquitoy S.A. y
que consta de 52,86 ha. de cultivo de caña de azúcar.
Para la destrucción del cultivo referido en el párrafo
precedente, las plantas deberán ser cortadas y embolsa-
das, procediendo a la eliminación de éstas, siendo las
coronas incineradas en un horno; a fin de evitar la disper-
sión de las esporas; asumiendo la indicada Empresa los
costos que genere las acciones descritas.
Artículo 4º.- La Dirección Desconcentrada del SENA-
SA La Libertad deberá realizar las acciones de vigilancia
en los demás campos de la Empresa Chiquitoy y en las
principales Empresas Azucareras como Cartavio, Casa Gran-
de, Sintuco, Laredo y Salamanca, a fin de detectar proba-
bles focos de la plaga, actuando conforme a lo dispuesto
en el artículo precedente en el caso de altas incidencias y
realizando rogüin en el caso de bajas incidencias.
Artículo 5º.- Las Empresas Azucareras deberán rea-
lizar siembras de caña de azúcar con semilla de varieda-
des resistente a la plaga, quedando prohibido el uso de
la variedad H-50-7209 por su alta susceptibilidad a la
enfermedad, a fin de reducir significativamente los nive-
les de infección en las zonas afectadas y evitar el resur-
gimiento o brotes de mayor intensidad de la plaga en
otras zonas productoras de caña de azúcar.
Artículo 6º.- Las disposiciones emanadas de la presen-
te Resolución serán de cumplimiento obligatorio y de res-
ponsabilidad de las personas naturales y jurídicas públicas
y privadas comprendidas en el ámbito geográfico estable-
cido en el Artículo 1º de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE BARRENECHEA CABRERA
Director General (e)
Dirección General de Sanidad Vegetal
03910
DEFENSA
Aprueban Directiva Nº 002 VAAE/A/02
sobre Actualización del Listado de
Cuentas del Nuevo Plan Contable
Gubernamental del ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 151-2005-DE/SG
Lima, 16 de febrero de 2005
CONSIDERANDO:
Que, en el proceso de modernización del Estado se apro-
bó la Ley Nº 28112 del 27 noviembre 2003 "Ley Marco de la
Administración Financiera del Sector Público", mediante la
cual se determina la funciones, objetivos y estructura del
Sistema de la Administración Financiera del Sector Público,
indicando como Órgano Rector del Sistema Nacional de Con-
tabilidad a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública;
Que de acuerdo al nuevo Manual de Organización y
Funciones del Ministerio de Defensa, es función de la Di-
rección de Economía del Viceministerio de Asuntos Admi-
nistrativos y Económicos del Ministerio de Defensa, nor-
mar, dirigir y controlar la aplicación del Sistema de Contabi-
lidad a nivel Pliego, formulando Directivas de carácter con-
table que difundan y/o adecuen los dispositivos legales
vigentes, que faciliten el cumplimiento de éstos en las Uni-
dades Ejecutoras del Pliego 026: Ministerio de Defensa;
Que, en aplicación a las Resoluciones de Contaduría
Nºs. 010-97, 067-97, 078-99, 081-99 y 151-02-EF/93, así
como a la estructura y funciones del Ministerio de Defensa
vigente a la fecha de emisión de la Directiva Nº 3002-MD-
OGA-3 de Jul.02, se establecieron normas y procedimien-
tos para la actualización del listado de cuentas del nuevo
Plan Contable Gubernamental, a los que se ciñeron las
Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa;
Que, mediante las Resoluciones de Contaduría Nºs.
162-03, 164-03, 165-03, 172-04 y 175-04-EF/93 se amplió
y modificó el listado de cuentas del nuevo Plan Contable
Gubernamental;
Que, es necesario emitir una nueva Directiva a nivel Minis-
terio de Defensa que actualice y uniformice el Plan Contable
Gubernamental, así como la normatividad vigente que posibi-
lite la integración y presentación adecuada de la información
Financiera Presupuestaria en el Ministerio de Defensa;
Estando a lo informado por la Dirección de Economía del
Viceministerio de Asuntos Administrativos y Económicos del
Ministerio de Defensa y contando con la opinión favorable de
la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 002 VAAE/A/
02 sobre Actualización del Listado de Cuentas del Nuevo
Plan Contable Gubernamental del Ministerio de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
03941
ENERGÍA Y MINAS
Aprueban el "Plan Estratégico Institu-
cional 2004-2006 del Ministerio de
Energía y Minas"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 066-2005-MEM/DM
Lima, 16 de febrero de 2005
Visto el Memorando Nº 021-2005-MEM/OGP mediante
el cual la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto,
Estadística e Informática propone el Plan Estratégico Insti-
tucional 2004-2006;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 399-2001-EF/10 se
aprobó la Directiva para la Formulación de los Planes Es-
tratégicos Institucionales 2002 - 2006 en el que se esta-
blecen pautas metodológicas, lineamientos de carácter
operativo y las responsabilidades funcionales para la ela-
boración de los PEI;
Que, por Resolución Directoral Nº 003-2003-EF/68.01 y
Resolución Directoral Nº 004-2003-EF/68.01 se aprobaron
las Directivas para la Reformulación de los Planes Estratégi-
cos Sectoriales Multianuales y Planes Estratégicos Institucio-
nales, para el período 2004 - 2006 respectivamente;
Que, el proceso de Planeamiento constituye un proce-
so dinámico y flexible, en la medida que de manera progre-
siva se pueden incorporar mejoras conceptuales y metodo-
lógicas, adecuaciones a políticas sectoriales, regionales y
nacionales, aplicando un criterio de retroalimentación ten-

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