Aprueban Directiva N° 002 VAAE/A/02 sobre Actualización del Listado de Cuentas del Nuevo Plan Contable Gubernamental del ministerio
Fecha de disposición | 21 Febrero 2005 |
Fecha de publicación | 21 Febrero 2005 |
Pág. 287608
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 21 de febrero de 2005
Técnico mencionado en el considerando precedente y la
Ayuda Memoria sobre las actividades realizadas frente al
carbón de la caña de azúcar a nivel nacional realizada por
la Dirección de Vigilancia Fitosanitaria;
Que, con el fin de evitar la diseminación de la plaga en
las zonas productoras de Caña de Azúcar, se hace nece-
sario adoptar medidas fitosanitarias para su control;
Que, la Primera Disposición Complementaria y Final
de la Ley Nº 27322, establece que las medidas fito y
zoosanitarias contempladas en la presente Ley, sus
Reglamentos, así como en las demás disposiciones
complementarias sobre la materia, por el carácter técni-
co y científico que las sustentan, no constituyen medi-
das para arancelarias ni barreras burocráticas, de con-
formidad con el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial
del Comercio (OMC) y demás compromisos internaciona-
les asumidos por el país sobre la materia;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25902, la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 048-
2001-AG, el Decreto Supremo Nº 024-95-AG; y con la visa-
ción de los Directores Generales de Sanidad Vegetal y
Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Establecer a la plaga "carbón de la caña
de azúcar" Ustilago scitaminea Syd., como plaga cuarente-
naria bajo control oficial.
Artículo 2º.- Establecer y aplicar las medidas fitosanita-
rias necesarias para evitar la diseminación de la plaga "car-
bón de la caña de azúcar" Ustilago scitaminea Syd., en las
zonas productoras de caña de azúcar de las Regiones de
la costa peruana.
Artículo 3º.-. Disponer la destrucción de los sembríos ac-
tuales de caña de azúcar instaladas en el campo Chiquitoy
Viejo I, perteneciente a la Empresa Agraria Chiquitoy S.A. y
que consta de 52,86 ha. de cultivo de caña de azúcar.
Para la destrucción del cultivo referido en el párrafo
precedente, las plantas deberán ser cortadas y embolsa-
das, procediendo a la eliminación de éstas, siendo las
coronas incineradas en un horno; a fin de evitar la disper-
sión de las esporas; asumiendo la indicada Empresa los
costos que genere las acciones descritas.
Artículo 4º.- La Dirección Desconcentrada del SENA-
SA La Libertad deberá realizar las acciones de vigilancia
en los demás campos de la Empresa Chiquitoy y en las
principales Empresas Azucareras como Cartavio, Casa Gran-
de, Sintuco, Laredo y Salamanca, a fin de detectar proba-
bles focos de la plaga, actuando conforme a lo dispuesto
en el artículo precedente en el caso de altas incidencias y
realizando rogüin en el caso de bajas incidencias.
Artículo 5º.- Las Empresas Azucareras deberán rea-
lizar siembras de caña de azúcar con semilla de varieda-
des resistente a la plaga, quedando prohibido el uso de
la variedad H-50-7209 por su alta susceptibilidad a la
enfermedad, a fin de reducir significativamente los nive-
les de infección en las zonas afectadas y evitar el resur-
gimiento o brotes de mayor intensidad de la plaga en
otras zonas productoras de caña de azúcar.
Artículo 6º.- Las disposiciones emanadas de la presen-
te Resolución serán de cumplimiento obligatorio y de res-
ponsabilidad de las personas naturales y jurídicas públicas
y privadas comprendidas en el ámbito geográfico estable-
cido en el Artículo 1º de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE BARRENECHEA CABRERA
Director General (e)
Dirección General de Sanidad Vegetal
03910
DEFENSA
Aprueban Directiva Nº 002 VAAE/A/02
sobre Actualización del Listado de
Cuentas del Nuevo Plan Contable
Gubernamental del ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 151-2005-DE/SG
Lima, 16 de febrero de 2005
CONSIDERANDO:
Que, en el proceso de modernización del Estado se apro-
bó la Ley Nº 28112 del 27 noviembre 2003 "Ley Marco de la
Administración Financiera del Sector Público", mediante la
cual se determina la funciones, objetivos y estructura del
Sistema de la Administración Financiera del Sector Público,
indicando como Órgano Rector del Sistema Nacional de Con-
tabilidad a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública;
Que de acuerdo al nuevo Manual de Organización y
Funciones del Ministerio de Defensa, es función de la Di-
rección de Economía del Viceministerio de Asuntos Admi-
nistrativos y Económicos del Ministerio de Defensa, nor-
mar, dirigir y controlar la aplicación del Sistema de Contabi-
lidad a nivel Pliego, formulando Directivas de carácter con-
table que difundan y/o adecuen los dispositivos legales
vigentes, que faciliten el cumplimiento de éstos en las Uni-
dades Ejecutoras del Pliego 026: Ministerio de Defensa;
Que, en aplicación a las Resoluciones de Contaduría
Nºs. 010-97, 067-97, 078-99, 081-99 y 151-02-EF/93, así
como a la estructura y funciones del Ministerio de Defensa
vigente a la fecha de emisión de la Directiva Nº 3002-MD-
OGA-3 de Jul.02, se establecieron normas y procedimien-
tos para la actualización del listado de cuentas del nuevo
Plan Contable Gubernamental, a los que se ciñeron las
Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa;
Que, mediante las Resoluciones de Contaduría Nºs.
162-03, 164-03, 165-03, 172-04 y 175-04-EF/93 se amplió
y modificó el listado de cuentas del nuevo Plan Contable
Gubernamental;
Que, es necesario emitir una nueva Directiva a nivel Minis-
terio de Defensa que actualice y uniformice el Plan Contable
Gubernamental, así como la normatividad vigente que posibi-
lite la integración y presentación adecuada de la información
Financiera Presupuestaria en el Ministerio de Defensa;
Estando a lo informado por la Dirección de Economía del
Viceministerio de Asuntos Administrativos y Económicos del
Ministerio de Defensa y contando con la opinión favorable de
la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 002 VAAE/A/
02 sobre Actualización del Listado de Cuentas del Nuevo
Plan Contable Gubernamental del Ministerio de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
03941
ENERGÍA Y MINAS
Aprueban el "Plan Estratégico Institu-
cional 2004-2006 del Ministerio de
Energía y Minas"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 066-2005-MEM/DM
Lima, 16 de febrero de 2005
Visto el Memorando Nº 021-2005-MEM/OGP mediante
el cual la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto,
Estadística e Informática propone el Plan Estratégico Insti-
tucional 2004-2006;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 399-2001-EF/10 se
aprobó la Directiva para la Formulación de los Planes Es-
tratégicos Institucionales 2002 - 2006 en el que se esta-
blecen pautas metodológicas, lineamientos de carácter
operativo y las responsabilidades funcionales para la ela-
boración de los PEI;
Que, por Resolución Directoral Nº 003-2003-EF/68.01 y
Resolución Directoral Nº 004-2003-EF/68.01 se aprobaron
las Directivas para la Reformulación de los Planes Estratégi-
cos Sectoriales Multianuales y Planes Estratégicos Institucio-
nales, para el período 2004 - 2006 respectivamente;
Que, el proceso de Planeamiento constituye un proce-
so dinámico y flexible, en la medida que de manera progre-
siva se pueden incorporar mejoras conceptuales y metodo-
lógicas, adecuaciones a políticas sectoriales, regionales y
nacionales, aplicando un criterio de retroalimentación ten-
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