RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 140-2014-CE-PJ - Prorrogan funcionamiento de órganos jurisdiccionales liquidadores laborales transitorios de descarga procesal en diversos Distritos Judiciales y dictan disposiciones complementarias

Fecha de publicación04 Mayo 2014
Fecha de disposición04 Mayo 2014
El Peruano
Domingo 4 de mayo de 2014
522280
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la
Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo
público técnico especializado adscrito al Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y
ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes
y servicios exportables, así como de turismo interno y
receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú
en materia turística y de exportaciones;
Que, PROMPERÚ en cumplimiento de sus
funciones y con la participación de veinticinco (25)
empresas editoriales, ha programado su participación,
en la “Misión Feria del Libro de Bogotá”, a realizarse
en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del
6 al 8 de mayo de 2014, con el objetivo de promover
la oferta editorial peruana, así como para identificar
potenciales compradores (editoriales, distribuidores,
librerías, fondos editoriales universitarios, entre otros),
que faciliten el ingreso de las editoriales peruanas en
el mercado colombiano;
Que, la referida Misión está conformada por una
visita guiada para las empresas participantes a la Feria
del Libro de Bogotá; una rueda de negocios que contará
con 250 citas para las empresas participantes, con la
f‌i nalidad de generar negocios con empresas colombianas
y un cóctel para profesionales del sector editorial y gráf‌i co
de Colombia, con el objetivo de difundir nuestra oferta
editorial, así como para establecer contactos y promover
la participación de empresas colombianas en la Cuarta
Versión del Perú Service Summit;
Que, en tal razón, la Dirección de Promoción de las
Exportaciones, ha solicitado que se autorice el viaje del
señor David Abraham Edery Muñoz y de la señorita Carla
Cecilia Rojas Hinostroza, quienes prestan servicios en
dicha Dirección, a la ciudad de Bogotá, República de
Colombia, para que en representación de PROMPERÚ,
desarrollen actividades de promoción de exportación de
nuestra oferta editorial, antes mencionada;
Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al
exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos
excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los
viajes que se efectúen en el marco de las acciones de
promoción de importancia para el Perú, los que deben
realizarse en categoría económica y ser autorizados por
Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley N° 27619, que regula
la autorización de viajes al exterior de los servidores
y funcionarios públicos, sus modif‌i catorias, el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de
Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú
para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor David
Abraham Edery Muñoz y de la señorita Carla Cecilia Rojas
Hinostroza, a la ciudad Bogotá, República de Colombia,
del 5 al 9 de mayo de 2014, para que en representación de
PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción
de las exportaciones, en la misión mencionada en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego
Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para
la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al
siguiente detalle:
Carla Cecilia Rojas Hinostroza:
- Pasajes Aéreos : US $ 680.00
- Viáticos (US$ 370,00 x 4 días) : US $ 1 480,00
David Abraham Edery Muñoz:
- Pasajes Aéreos : US $ 680.00
- Viáticos (US$ 370,00 x 4 días) : US $ 1 480,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a su retorno al país, el personal que se autoriza
por la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego
Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre
las acciones realizadas y los logros obtenidos durante
la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la
rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARACELLY LACA RAMOS
Secretaría General (e)
1079048-1
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Prorrogan funcionamiento de órganos
jurisdiccionales liquidadores laborales
transitorios de descarga procesal en
diversos Distritos Judiciales y dictan
disposiciones complementarias
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 140-2014-CE-PJ
Lima, 23 de abril de 2014
VISTO:
El Of‌i cio N° 320-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N°
042-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia
Operacional de la Comisión Nacional de Descarga
Procesal, respecto a la propuesta de prórroga de órganos
jurisdiccionales liquidadores transitorios de descarga
procesal.
CONSIDERANDO:
Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 029-
2008-CE-PJ del 30 de enero de 2008, y sus modif‌i catorias,
se establece que la f‌i nalidad de la Comisión Nacional de
Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo
de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales
transitorios y permanentes a nivel nacional; así como
proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las
acciones complementarias que permitan operativizar
dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales
tienen como f‌i nalidad monitorear el funcionamiento de
los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes,
a f‌i n de coadyuvar al logro del objetivo institucional,
dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga
Procesal, para cuyos f‌i nes se aprobaron los instrumentos
normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen
el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales materia
de evaluación.
Segundo. Que la Directiva N° 001-2012-CE-
PJ, denominada “Lineamientos Uniformes para el
Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales
de Descarga Procesal”, aprobada por Resolución
Administrativa N° 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de
2012, y sus modif‌i catorias, establece normas para la
organización y funcionamiento de la Comisión Nacional de
Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga
Procesal, con el f‌i n de alcanzar una efectiva descongestión
de expedientes.
Tercero. Que, asimismo, mediante Resolución
Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ, del 5 de diciembre de
2012, se aprobaron los estándares de expedientes resueltos
a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores
de Justicia; así también por Resolución Administrativa N°
062-2013-CE-PJ, del 3 de abril de 2013, se aprobó los
estándares de producción de expedientes resueltos de
órganos jurisdiccionales que no son sedes principales de
Cortes Superiores de Justicia, aplicándose dichos criterios
a los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios
que no son parte de la reforma del Nuevo Código Procesal
Penal y la Nueva Ley Procesal del Trabajo. De igual modo,
se dispuso a las Cortes Superiores de Justicia del país
que los destaques reubicaciones o encargo de funciones

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