RESOLUCION SUPREMA N° 051-2010-JUS - Conceden la gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados de diversos establecimientos penitenciarios

Fecha de publicación04 Marzo 2010
Fecha de disposición04 Marzo 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 4 de marzo de 2010
414990
en la República de Chile, por la comisión del Delito de
Tráf‌i co Ilícito de Sustancias Estupefacientes, en agravio
de la República de Chile;
Que, mediante Informe Nº 008-2010/COE-TC del 21
de enero de 2010, la Comisión Of‌i cial de Extradiciones
y Traslado de Condenados ha emitido la opinión
correspondiente;
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral
5 del artículo 543º en concordancia con el numeral 4 del
Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolución consultiva
favorable el Gobierno puede decidir lo que considere
conveniente;
Estando a lo dispuesto por el literal “c” del artículo 28º
del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS y el numeral 2)
En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Denegar la solicitud de traslado activo del
ciudadano peruano DELFO CONSTANTINO CAYETANO
SOLORZANO, recluido en el Complejo Penitenciario de
Acha de la ciudad de Arica en la República de Chile.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
AURELIO PASTOR VALDIVIESO
Ministro de Justicia
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
464168-7
Revocan la R.S. Nº 058-2006-JUS
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 049-2010-JUS
Lima, 03 de marzo de 2010
VISTO; el Informe de la Comisión Of‌i cial de
Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 058-2008/
COE-TC del 18 de junio de 2008, sobre la revocatoria de
la Resolución Suprema Nº 058-2006-JUS, mediante la
cual se accede a la solicitud de ampliación de extradición
activa al Gobierno de los Estados Unidos de América de
MANUEL JESÚS AYBAR MARCA o MANUEL JESÚS
AYVAR MARCA o MANUEL AYBAR MARCA (Expediente
Nº 37-2005);
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Suprema Nº 058-2006-JUS, se
accedió al pedido de ampliación de extradición activa del
procesado MANUEL JESÚS AYBAR MARCA o MANUEL
JESÚS AYVAR MARCA o MANUEL AYBAR MARCA,
por la presunta comisión del Delito contra la Fe Pública
- Falsif‌i cación de Documentos en agravio del Estado;
resolución que fuera publicada el día 20 de abril de 2006
en el Diario Of‌i cial El Peruano;
Que, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte
Suprema de Justicia de la República en su Resolución
Consultiva de fecha 20 de mayo de 2008, dispuso revocar
su Resolución Consultiva de fecha 13 de septiembre de
2005, integrada por Resolución del 22 de diciembre de
2005 y del 03 de febrero de 2006, y aclarada por Ejecutoria
del 01 de marzo de 2006, ello a mérito de la Resolución
de fecha 28 de abril de 2008 emitida por el Juez del
Cuarto Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de
Justicia de Lima, la cual dispuso dejar sin efecto el pedido
de ampliación de extradición del extraditado porque el
proceso penal que diera origen al pedido de ampliación
de extradición fue declarado nulo, expidiéndose el auto
de fecha 23 de abril de 2007 que declaró No Ha Lugar a
la Apertura de instrucción contra el procesado, Resolución
que fuera conf‌i rmada por la Cuarta Sala Penal Especial
de la Corte Superior de Justicia de Lima y contra la que no
se interpuso medio impugnatorio alguno, en consecuencia
dicha resolución quedó f‌i rme;
Que, por estas consideraciones la Comisión Of‌i cial
de Extradiciones y Traslado de Condenados mediante
Informe Nº 058-2008/COE-TC del 18 de junio de 2008,
ha opinado a favor de la revocatoria de la Resolución
Suprema Nº 058-2006-JUS;
Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo
514º del Código Procesal Penal promulgado por el
Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS
y lo dispuesto en el literal “e” del artículo 28º del Decreto
Supremo Nº 016-2006-JUS;
En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Revocar la Resolución Suprema Nº
058-2006-JUS, publicada el día 20 de abril de 2006 en
el Diario Of‌i cial El Peruano mediante la cual se accede al
pedido de ampliación de extradición activa del requerido
MANUEL JESÚS AYBAR MARCA o MANUEL JESÚS
AYVAR MARCA o MANUEL AYBAR MARCA.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
AURELIO PASTOR VALDIVIESO
Ministro de Justicia
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
464168-8
Conceden la gracia de conmutación
de la pena a internos sentenciados
de diversos establecimientos
penitenciarios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 050-2010-JUS
Lima, 3 de marzo de 2010
Vistas las solicitudes presentadas por internos de
diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con
recomendación favorable de la Comisión de Indulto
y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y
Conmutación de la Pena;
CONSIDERANDO:
Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento
penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con
los informes emitidos por los profesionales competentes,
con los certif‌i cados de estudios y/o trabajo respectivos
y con los requisitos establecidos en el artículo 24° de la
Resolución Ministerial N° 193-2007-JUS, resulta pertinente
otorgar la gracia de conmutación de la pena;
De conformidad con el Decreto Supremo N° 004-
2007-JUS norma de creación de la Comisión de Indulto
y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y

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