RESOLUCION SUPREMA N° 025-2010-JUS - Conceden la gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados de diferentes establecimientos penitenciarios de la República

Fecha de disposición28 Enero 2010
Fecha de publicación28 Enero 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 28 de enero de 2010 412255
del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos,
suscrito en la ciudad de México el 24 de octubre de 2002;
En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo
del condenado de nacionalidad mexicana JORGE
MANUEL ROJAS MONROY, recluido en el Establecimiento
Penitenciario del Callao, para que cumpla el resto de la
condena impuesta por nuestras autoridades judiciales
en un Establecimiento Penitenciario del Gobierno de los
Estados Unidos Mexicanos, solicitud que fuera declarada
procedente por la Primera Sala Penal con Reos en Cárcel
de la Corte Superior de Justicia del Callao.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
AURELIO PASTOR VALDIVIESO
Ministro de Justicia
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
451486-15
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 024-2010-JUS
Lima, 27 de enero de 2010
VISTO; el Informe de la Comisión Of‌i cial de Extradiciones
y Traslado de Condenados Nº 136-2009/COE-TC del 28 de
diciembre de 2009, sobre la solicitud de traslado pasivo del
condenado de nacionalidad colombiana JORGE HOYOS
VILLEGAS;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Consultiva de fecha 01 de diciembre
de 2009, la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos
en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró
procedente la solicitud de traslado pasivo desde Perú a
la República de Colombia del condenado de nacionalidad
colombiana JORGE HOYOS VILLEGAS, quien se encuentra
cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de
Régimen Cerrado Ordinario de Lurigancho, por la comisión
del Delito contra la Salud Pública–Tráf‌i co Ilícito de Drogas,
en agravio del Estado Peruano;
Que, mediante Informe Nº 136-2009/COE-TC del 28
de diciembre de 2009, la Comisión Of‌i cial de Extradiciones
y Traslado de Condenados ha emitido la opinión
correspondiente;
Estando a lo dispuesto por el literal “d” del artículo 28º
del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, el numeral 2 del
el Decreto Legislativo Nº 957 y la aplicación del Principio
de Reciprocidad en un marco de respeto a los derechos
humanos en materia de cooperación judicial internacional;
En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo del
condenado de nacionalidad colombiana JORGE HOYOS
VILLEGAS, recluido en el Establecimiento Penitenciario
de Régimen Cerrado Ordinario de Lurigancho, para que
cumpla el resto de la condena impuesta por las autoridades
judiciales del Perú en un Establecimiento Penitenciario
de Colombia, solicitud que fuera aprobada por la Tercera
Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte
Superior de Justicia de Lima.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
AURELIO PASTOR VALDIVIESO
Ministro de Justicia
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
451486-16
Conceden la gracia de conmutación
de la pena a internos sentenciados
de diferentes establecimientos
penitenciarios de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 025-2010-JUS
Lima, 27 de enero de 2010
Vistas las solicitudes presentadas por internos de diversos
Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación
favorable de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por
Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena;
CONSIDERANDO:
Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento
penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con
los informes emitidos por los profesionales competentes,
con los certif‌i cados de estudios y/o trabajo respectivos
y con los requisitos establecidos en el artículo 24° de la
Resolución Ministerial N° 193-2007-JUS, resulta pertinente
otorgar la gracia de conmutación de la pena;
De conformidad con el Decreto Supremo N° 004-2007-
JUS norma de creación de la Comisión de Indulto y Derecho
de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación
de la Pena, la Resolución Ministerial N° 193-2007-JUS,
Reglamento de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia
por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena y los
incisos 8) y 21) del artículo 118° de la Constitución Política
del Perú; corresponde al Presidente de la República dictar
resoluciones, conceder indultos y conmutar penas;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Conceder la gracia de conmutación
de la pena a los internos sentenciados de los diferentes
Establecimientos Penitenciarios de la República:
ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE
LURIGANCHO
1. HANCCO SANCHEZ, ALBERTO TOMAS o HANNCO
HERRERA, TOMAS ALBERTO o HANNCO SANCHEZ,
ALBERTO TOMAS o HANNCO SANCHEZ, TOMAS
ALBERTO o SANCHEZ LUDEÑA, ALBERTO conmutarle de
06 años a 05 años 06 meses de pena privativa de libertad;
la que vencerá el 10 de febrero de 2010.
2. SOLIS CHOLAN, JONATHAN, conmutarle de 05
años a 04 años 11 meses de pena privativa de libertad; la
que vencerá el 06 de febrero de 2010.
3. LOPEZ VASQUEZ, EDINSON DANILO o LOPEZ
VASQUEZ, EDISON DANILO, conmutarle de 03 años a 02
años 08 meses 20 días de pena privativa de libertad; la que
vencerá el 31 de enero de 2010.
4. MONTENEGRO MAZA, MANUEL JOSE, conmutarle
de 04 años a 02 años de pena privativa de libertad; la que
vencerá el 02 de octubre de 2010.
5. SALCEDO RIPAS, WILLIAM EDIMON, conmutarle
de 04 años 06 meses a 02 años 06 meses de pena privativa
de libertad; la que vencerá el 20 de julio de 2010.
6. PRETELL SUAREZ, JACINTO, conmutarle de 04
años a 03 años 05 meses de pena privativa de libertad; la
que vencerá el 07 de febrero de 2010.
7. CASTRO CENEPO, TONY o CASTRO CENEPO,
LUIS, conmutarle de 07 años a 04 años de pena privativa
de libertad; la que vencerá el 23 de marzo de 2010.
8. MUNIVE CAJAS, JONATHAN RAUL, conmutarle de
06 años a 05 años 07 meses 10 días de pena privativa de
libertad; la que vencerá el 04 de febrero de 2010.

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