Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de la comisión de delito de apropiación ilícita

Fecha de publicación04 Marzo 2005
Fecha de disposición04 Marzo 2005
Pág. 288409
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 4 de marzo de 2005
Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por
los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
JUAN SHEPUT MOORE
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
04799
Designan Viceministro de Trabajo
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 004-2005-TR
Lima, 3 de marzo de 2005
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de
Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, es necesario designar al funcionario que desem-
peñará el mencionado cargo;
Con la visación del Director General de la Oficina de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la
participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de funcionarios públicos; y el literal d) del Artí-
culo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado
por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor
ROBERTO JUAN SERVAT PEREIRA DE SOUSA, en el
cargo de Viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
JUAN SHEPUT MOORE
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
04800
Autorizan a procurador iniciar accio-
nes judiciales contra presuntos res-
ponsables de la comisión de delito de
apropiación ilícita
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 041-2005-TR
Lima, 25 de febrero de 2005
Visto: el Oficio Nº 723-2004-DVMPEMPE/ATU/DN de
fecha 9 de setiembre de 2004 del Programa "A Trabajar
Urbano" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento de vistos, se da cuenta a la
Secretaría General del Pliego, respecto de las gestiones
realizadas por el Programa "A Trabajar Urbano" para la
devolución del importe de S/. 8,241.26 (Ocho Mil Doscien-
tos Cuarenta y Uno y 26/100 Nuevos Soles) entregado por
el Programa al Comité de Gestión de Alcantarillado del
Asentamiento Humano Enersur Promuvi VII, de acuerdo a
lo establecido en el Convenio de Ejecución de Obra Nº 22-
0006-02, devolución que a la fecha no ha cumplido con el
requerimiento extra judicial efectuado por el Programa;
Que, mediante el Informe Nº 024-2004-DVMPEMPE/ATU/
OAL de fecha 31 de agosto de 2004, la Jefatura de la Oficina
de Asesoría Legal del Programa, remitió los respectivos ante-
cedentes para que se expida la Resolución Ministerial que
autorice a la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos
judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
iniciar las acciones penales contra las personas que resulten
responsables por la presunta comisión de delito de apropia-
ción ilícita previsto y penado en el artículo 90º del Código
Penal;
Que, existiendo indicios razonables que hacen presumir la
comisión del delito, corresponde autorizar al Procurador Públi-
co para que en representación y defensa de los intereses del
Estado interponga las acciones judiciales pertinentes;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la
Constitución Política del Perú, el artículo 12º del Decreto Ley
Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modifi-
cado por el Decreto Ley Nº 17667, el literal d) del artículo 12º y
el artículo 78º del Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado
por la Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de
los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo, para que en representación y defensa de los
intereses del Estado, interponga las acciones judiciales
que correspondan contra los que resulten responsables,
conforme a los fundamentos expuestos en la parte consi-
derativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y
los antecedentes del caso, al Procurador Público del Esta-
do a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Tra-
bajo y Promoción del Empleo, para su conocimiento y fines
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER NEVES MUJICA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
04773
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la
Dirección General de Aeronáutica Ci-
vil a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 130-2005-MTC/02
Lima, 28 de febrero de 2005
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en
concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas
por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que
para el caso de los servidores y funcionarios públicos de
los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de
viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo
Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El
Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las
autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado;
Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los
viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de fun-
cionarios, servidores públicos o representantes del Poder Eje-
cutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artícu-
lo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio
fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectores
Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como
la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, en cuyos casos los viajes serán autorizados
a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma
que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes
del inicio de la comisión de servicios;
Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del
Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-
cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como
dependencia especializada del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones;
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de
cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales es-

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