RESOLUCION Nº 951-2007-SUNARP-TR-L - Declaran improcedente recurso de apelación interpuesto contra tacha formulada por Registrador Público del Registro de Personas Jurídicas de Lima a solicitud de inscripción de título

Fecha de publicación26 Septiembre 2008
Fecha de disposición26 Septiembre 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 26 de setiembre de 2008
380310
el Registro de la Dirección General de Hidrocarburos
citado”.
ALFREDO DAMMERT LIRA
Presidente del Consejo Directivo
256126-3
Establecen fecha límite de presentación
de la información del Valor Nuevo de
Reemplazo y de las altas y bajas de
metrados existentes de las instalaciones
de distribución eléctrica, a que se
refiere la Guía del VNR
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 606-2008-OS/CD
Lima, 25 de setiembre de 2008
VISTO:
El Informe Legal N° 0413-2008-GART, elaborado por
la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación
Tarifaria (GART) del Organismo Supervisor de la Inversión
en Energía y Minería (OSINERGMIN).
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 5 de la Guía de
Elaboración del Valor Nuevo de Reemplazo (VNR) de las
Instalaciones de Distribución Eléctrica (Guía del VNR),
aprobada mediante la Resolución OSINERG N° 329-2004-
OS/CD, las empresas distribuidoras de electricidad deben
presentar al OSINERGMIN, el 30 de setiembre de 2008, la
información del VNR de sus instalaciones de distribución
eléctrica al 30 de junio de 2008, así como la información
de las altas y bajas de los metrados existentes de sus
instalaciones de distribución eléctrica correspondientes al
período 01 de julio de 2007 al 30 de junio de 2008;
Que, producto de la verif‌i cación de la información
de altas y bajas de los metrados existentes de las
instalaciones de distribución eléctrica del período 01 de
julio de 2006 al 30 de junio de 2007, que fuera presentada
por las empresas, se ha verif‌i cado que algunas de ellas no
ha subsanado, en forma satisfactoria, las observaciones
efectuadas a su información, habiéndoseles requerido,
mediante Of‌i cio N° 0812-2008-GART, dicha subsanación.
En consecuencia, resulta necesario establecer un plazo
prudente a efectos de que se subsanen de manera
satisfactoria las observaciones efectuadas;
Que, previamente a la presentación de la información
del VNR y de las altas y bajas al 30 de junio de 2008,
se requiere aprobar las altas y bajas de los metrados
existentes de las instalaciones de distribución eléctrica
correspondientes al período 01 de julio 2006 al 30 de
junio 2007, con el f‌i n de que dicha presentación tome
en cuenta la base de datos de información que apruebe
OSINERGMIN. Asimismo, es necesario considerar que la
elaboración de la información del VNR y de las altas y bajas
de los metrados existentes por parte de las empresas,
requiere de un trabajo signif‌i cativo para la recopilación,
carga, validación, adaptación y documentación de la
información, por lo cual resulta razonable postergar el
plazo que establece la Guía del VNR para la presentación
de dicha información, hasta el 05 de enero de 2009;
Que, de acuerdo al principio de ef‌i ciencia y efectividad
previsto por el Artículo 14° del Reglamento General del
OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-
2001-PCM, la actuación del OSINERGMIN se guiará por
la búsqueda de ef‌i ciencia en la asignación de recursos y
el logro de los objetivos al menor costo para la sociedad
en su conjunto. En tal sentido, de acuerdo a las razones
expuestas que sugieren la postergación, la información
que le será de mayor utilidad a OSINERGMIN cuando
deba procesarla, será la que se entregue con posterioridad
a la aprobación de las altas y bajas del período 01 de
julio 2006 al 30 de junio 2007, lo cual determina que de
acuerdo al referido principio de ef‌i ciencia y efectividad,
sea procedente efectuar la mencionada postergación;
Que, asimismo, en vista de los plazos existentes, se
considera procedente la aplicación de la excepción del
requisito de prepublicación prevista en el Artículo 25° del
Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por
Decreto Supremo N° 054-2001-PCM;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley
de Transparencia y Simplif‌i cación de los Procedimientos
Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 28832, Ley para
Asegurar el Desarrollo Ef‌i ciente de la Generación; en el
en el Decreto Supremo N° 009-93-EM, Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas; en el Decreto
Supremo N° 027-2007-EM, que aprueba el Reglamento
de Transmisión y modif‌i ca el Reglamento de la Ley de
Concesiones Eléctricas; en la Ley N° 27332, Ley Marco
de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada
en los Servicios Públicos; en el Reglamento General del
OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-
2001-PCM y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General; así como en sus normas
modif‌i catorias, complementarias y conexas.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- La fecha límite para la presentación
de la información del Valor Nuevo de Reemplazo de
las instalaciones de distribución eléctrica al 30 de junio
de 2008 y de la información de las altas y bajas de los
metrados existentes de las instalaciones de distribución
eléctrica correspondientes al período 01 de julio de 2007
al 30 de junio de 2008, a que se ref‌i ere el numeral 5 de
la Guía de Elaboración del Valor Nuevo de Reemplazo
(VNR) de las Instalaciones de Distribución Eléctrica, será
el 05 de enero de 2009.
Artículo 2°.- La presente Resolución deberá ser
publicada en el diario of‌i cial El Peruano y consignada en
la página Web del OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe.
ALFREDO DAMMERT LIRA
Presidente del Consejo Directivo
OSINERGMIN
256757-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Declaran improcedente recurso de
apelación interpuesto contra tacha
formulada por Registrador Público del
Registro de Personas Jurídicas de Lima
a solicitud de inscripción de título
(Se publican las presentes resoluciones a solicitud de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
mediante Of‌i cio Nº 863-2008-SUNARP/SG, recibido el 24
de setiembre de 2008)
TRIBUNAL REGISTRAL
RESOLUCIÓN Nº 951-2007-SUNARP-TR-L
Lima, 10 de diciembre de 2007
APELANTE : ANIBAL JIMENES ARANGUREN
TÍTULO : Nº 461598 del 20.08.2007.
RECURSO : HTD Nº 2007-062864 del 23.11.2007.
REGISTRO : Personas Jurídicas de Lima
ACTO (s) : Remoción y nombramiento de
directorio
SUMILLA
PLAZO DE INTERPOSICIÓN DE RECURSO DE
APELACIÓN
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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