RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0169-2011-IN/1101 - Designan integrantes de la Comisión de Venta de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados (IQPF) y otros puestos a disposición de la OFECOD

Fecha de publicación18 Febrero 2011
Fecha de disposición18 Febrero 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 18 de febrero de 2011 436431
Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario
11213810 Punto Norte Este
P9 8 797 762,81 298 159,78
P10 8 797 718,71 298 180,93
P11 8 797 680,55 298 214,71
P12 8 797 640,79 298 254,11
P13 8 797 567,91 298 315,25
P14 8 797 539,27 298 344,05
P15 8 797 507,72 298 375,95
P16 8 797 473,20 298 400,00
P17 8 797 478,84 298 404,36
P18 8 797 530,82 298 453,34
P19 8 797 632,79 298 371,75
P20 8 797 659,78 298 328,22
P21 8 797 684,42 298 284,15
P22 8 797 714,62 298 258,53
P23 8 797 800,21 298 212,21
P24 8 797 845,82 298 174,05
P25 8 797 873,94 298 133,66
P26 8 797 910,79 298 095,90
P27 8 797 935,04 298 038,99
P28 8 797 954,95 297 999,77
P29 8 797 985,26 297 962,27
P30 8 797 998,77 297 911,57
Artículo 3º.- Los propietarios de los predios sirvientes
no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni
podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno
ejercicio de las servidumbres constituidas.
Artículo 4º.- Empresa de Generación Eléctrica Cheves
S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a f‌i n de que las
áreas de servidumbres no sufran daño ni perjuicio por causa
de la imposición, quedando sujeta a la responsabilidad civil
pertinente en caso de incumplimiento.
Artículo 5º.- Empresa de Generación Eléctrica Cheves
S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en las
áreas afectadas por las servidumbres o sobre ellas se ejecute
cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio.
Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
600028-1
INTERIOR
Sancionan con destitución a servidora
de la Dirección General de Migraciones
y Naturalización
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0168-2011-IN/1300
Lima, 17 de febrero de 2011
VISTO, el Acta de Sesión Nº 09-2011-1300-
COPERPROADMI, del 11 de enero de 2011, de la
Comisión Permanente de Procesos Administrativos
Disciplinarios de los Órganos No Policiales del Ministerio
del Interior, designada por Resolución Ministerial Nº 1159-
2010-IN de fecha 21 de diciembre de 2010, relacionado
a la conclusión del Proceso Administrativo Disciplinario
instaurado a la servidora Cecilia Emperatriz AGUILAR
FARIAS, servidora de la Dirección General de Migraciones
y Naturalización del Ministerio del Interior.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0338-
2010-IN-1300, de fecha 14 de abril de 2010 se resuelve
Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a la
servidora Cecilia Emperatriz AGUlLAR FARIAS, Inspector
de Migración I, Nivel SPD de la Dirección de Migraciones
y Naturalización del Ministerio del Interior, en aplicación
del artículo 161º del Reglamento de la Ley de Bases de
la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector
Publico, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-
PCM, dado que la mencionada servidora fue condenada
por el Delito doloso de corrupción de funcionario, en la
modalidad de cohecho pasivo impropio, genérica a un (01)
ano de Pena Privativa de la Libertad efectiva, sentencia
que quedo consentida y ejecutoriada.
Que, el artículo 161º del Reglamento de la Ley de Bases
de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector
Público, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-
90-PCM establece en su artículo 161º que “La condena
penal consentida y ejecutoriada privativa de la libertad, por
delito doloso, acarrea destitución automática. En el caso de
condena condicional, la Comisión de Procesos Administrativos
Disciplinarios evalúa si el servidor puede seguir prestando
servicios, siempre y cuando el delito no este relacionado
con las funciones asignadas ni afecte a la Administración
Pública”;
Que los miembros de la Comisión analizan lo
establecido en el artículo 161º y lo que establece el inciso
243.2.del artículo 243º de la Ley Nº 27444 – Ley General
del Procedimiento Administrativo, que a la letra dice “Los
procedimientos para la exigencia de la responsabilidad
penal o civil no afectan la potestad de las entidades para
instruir y decidir sobre la responsabilidad administrativa,
salvo disposición judicial expresa en contrario”; resultando
pertinente precisar que en el presente proceso no existe
disposición judicial expresa en contrario;
Que, para los miembros de la Comisión Permanente
el delito cometido por la servidora Cecilia Emperatriz
AGUILAR FARIAS guarda relación con las funciones
asignadas, dado que fue cometido encontrándose en el
ejercicio de sus funciones, cuando se desempeñaba como
inspectora en la of‌i cina de pasaportes de Migraciones
- Piura, por lo que los miembros del colegiado estiman
que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 161º
del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera
Administrativa y Remuneraciones del Sector Público,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la
mencionada servidora debe ser destituida;
Estando a lo recomendado y con lo opinado por la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del
Interior; y,
De conformidad a la Ley Nº 29334 de Organización y
Funciones del Ministerio del Interior, al Decreto Legislativo
Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de
Remuneraciones del Sector Público y los artículos 150º,
153º, 155º inciso d), 159º, 161º y 170º del Reglamento
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Sancionar con DESTITUCION a la
servidora Cecilia Emperatriz. AGUILAR FARlAS servidora
de la Dirección General de Migraciones y Naturalización
del Ministerio del Interior, conforme a lo recomendado por
la Comisión Permanente de Procesos Administrativos
Disciplinarios de los Órganos No Policiales del Ministerio del
Interior, designada por Resolución Ministerial Nº 1159-2010-
IN del 21 de diciembre de 2010, por las razones expuestas
en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros para
su inscripción en el Registro Nacional de Sanciones de
Destitución y Despido.
Artículo 3º.- Notif‌i car la presente Resolución a la
referida servidora de conformidad con las normas legales
vigentes.
Artículo 4º.- Disponer que la Of‌i cina de Personal del
Ministerio del Interior inserte copia de la presente Resolución
en el legajo personal de la servidora sancionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
E. MIGUEL HIDALGO MEDINA
Ministro del Interior
604351-1
Designan integrantes de la Comisión de
Venta de Insumos Químicos y Productos
Fiscalizados (IQPF) y otros puestos a
disposición de la OFECOD
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0169-2011-IN/1101
Lima, 17 de febrero de 2011

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