77 087-2004-SUNARP/SN - Aprueban Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular

Fecha de disposición04 Marzo 2004
Fecha de publicación04 Marzo 2004
Pág. 263937
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 4 de marzo de 2004
el mérito de la presente Resolución efectuará la primera
inscripción de dominio a favor del Estado del terreno des-
crito en el artículo precedente en el Registro de la Propie-
dad Inmueble de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LILIANA ALCIRA CERRÓN BALDEÓN
Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones
04461
JEFATURA DE ADQUISICIONES
Y RECUPERACIONES
RESOLUCIÓN 016-2004/SBN-GO-JAR
La Molina, 17 de febrero de 2004
Visto el Expediente Nº 015-2004/SBN-JAR, corres-
pondiente a la inscripción en primera de dominio a favor
del Estado del terreno eriazo de 193 670.10 m², ubicado
entre la sección normativa de la carretera Panamericana
Norte (kms. 143 y 144) y terrenos eriazos de la franja lito-
ral conocida como Playa Chica, distrito de Huacho, provin-
cia de Huaura, departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene
como finalidad incentivar el aprovechamiento económico
de los bienes del Estado en armonía con el interés social,
promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad
y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción
y fiscalización;
Que, revisada la base gráfica de propiedades con la
que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se
identificaron terrenos ubicados en el distrito de Huacho,
provincia de Huaura, departamento de Lima, que se en-
cuentran libres de inscripción;
Que, conforme al Certificado de Búsqueda Catastral de
fecha 20 de junio de 2003, el Registro Predial Urbano se-
ñaló que según el Informe Técnico Nº 5377-2003-SUNARP-
RPU/OC-LIMA de fecha 18 de junio de 2003, emitido por la
Oficina de Catastro del citado registro, el área de 193 670.10
m², correspondiente a una fracción de un área mayor
consultada, no se encuentra inscrita en el Registro Predial
Urbano;
Que, mediante Certificado Catastral de fecha 2 de di-
ciembre de 2003, emitido en base al Informe Técnico Nº
4706/2003-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 16 de octubre
de 2003, de la Subgerencia de Catastro, se concluye que
el terreno submateria, correspondiente a una fracción de
un área mayor consultada, se encuentra en zona donde no
se observa inscripción;
Que, con fecha 22 de enero de 2004, se realizó la
inspección técnica, mediante la cual se verificó que el te-
rreno eriazo de 193 670.10 m², ubicado aproximadamente
a 72,33 mt. del eje de la carretera Panamericana Norte,
corresponde a una superficie arenosa ligeramente ondula-
da, contigua a la zona litoral conocida como Playa Chica al
sur de la denominada Pampa de Hornillos;
Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo
Nº 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de la Superinten-
dencia de Bienes Nacionales" señala que los terrenos eria-
zos o ribereños se consideran bienes de propiedad esta-
tal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción
de dominio del terreno antes descrito, de conformidad con
el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF,
Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que
aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Admi-
nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y la Direc-
tiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción
de la primera de dominio de predios a favor del Estado,
aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN;
Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu-
ción de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-
2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba
el "Reglamento de Organización y Funciones de la Super-
intendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura
de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terre-
nos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorpo-
rarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera
instancia las resoluciones de su competencia;
De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposi-
ción Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modifi-
cado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto
Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintenden-
cia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-
EF, "Reglamento General de Procedimientos Adminis-
trativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado
por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y,
Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº
0025-2004/SBN-GO-JAR, de fecha 30 de enero de 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi-
nio a favor del Estado del terreno eriazo de 193 670.10 m²,
ubicado entre la sección normativa de los kms. 143 y 144
de la carretera Panamericana Norte y terrenos eriazos de
la franja litoral conocida como Playa Chica, distrito de Hua-
cho, provincia de Huaura, departamento de Lima, según el
plano Nº 0114-2004/SBN-GO-JAR y memoria descriptiva
Nº 0073-2004/SBN-GO-JAR que sustentan la presente
Resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por
el mérito de la presente Resolución efectuará la primera
inscripción de dominio a favor del Estado del terreno des-
crito en el artículo precedente en el Registro de la Propie-
dad Inmueble de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LILIANA ALCIRA CERRÓN BALDEÓN
Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones
04462
SUNARP
Aprueban Reglamento de Inscripciones
del Registro de Propiedad Vehicular
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 087-2004-SUNARP/SN
Lima, 1 de marzo de 2004
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26366, se crea el Sistema Na-
cional de los Registros Públicos y la Superintendencia Na-
cional de los Registros Públicos - SUNARP, como organis-
mo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente
rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos;
Que, el Registro de Propiedad Vehicular es un registro
conformante del Registro de Bienes Muebles, a cargo de
los Órganos Desconcentrados de la SUNARP;
Que, en virtud de la Resolución Nº 255-99-SUNARP
del 2 de agosto de 1999, se aprobó el último Reglamento
de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular;
Que, a través de la Resolución Nº 028-2003-
SUNARP/SN, que aprueba la Directiva Nº 001-2003-
SUNARP/SN y la Resolución Nº 201-2003-SUNARP/
SN, se regularon disposiciones para una efectiva apli-
cación de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 034-
2001-MTC - anterior Reglamento Nacional de Vehícu-
los- y sus modificatorias;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC pu-
blicado el 12 de octubre de 2003, se aprueba un nuevo
Reglamento Nacional de Vehículos, que contiene nuevas
disposiciones sobre los requisitos y características técni-
cas que deben cumplir los vehículos que ingresan, se re-
gistran, transitan y se retiran del Sistema Nacional de Trans-
porte Terrestre, relacionadas con la normatividad en mate-
ria registral, y dispone en su Décimo Tercera Disposición

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