Disponen que el personal que ingrese a laborar a la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada
BOP, 10 de Mayo de 1996 › Sección Única › Congreso de la Republica
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Disponen que el personal que ingrese a laborar a la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada
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