Establecen casos en que los contribuyentes que incurran en infracción tipificada en el numeral 6 del art. 174 del Código Tributario,no serán sancionados con comiso

Diario Oficial El Peruano, 24 de Enero 1999

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Establecen casos en que los contribuyentes que incurran en infracción tipificada en el numeral 6 del art. 174 del Código Tributario,no serán sancionados con comiso

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