06 000010 - Incluyen infracciones en el Reglamento de Sanciones Administrativas de Infracciones de la Municipalidad

Fecha de publicación12 Marzo 2005
Fecha de disposición12 Marzo 2005
Pág. 288915
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 12 de marzo de 2005
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
Prorrogan plazos para pago de Arbitrios
Municipales y de primera cuota del Im-
puesto Predial y del Impuesto al
Patrimonio Vehicular, correspondiente
al año 2005
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000009
Callao, 28 de febrero de 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
CONSIDERANDO:
Que, el plazo para el pago al contado o de la primera
cuota del Impuesto Predial y el Impuesto Patrimonial Vehi-
cular, puede ser prorrogado por la Municipalidad acreedo-
ra del tributo, de conformidad con lo dispuesto por la Ley
de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Legislativo
Nº 776 y sus modificatorias;
Que, la Octava Disposición Final y Transitoria de la Or-
denanza Nº 000024-2003, que regula el marco legal de los
Arbitrios Municipales, la cual ha sido modificada mediante
las Ordenanzas Nº 000002-2004, Nº 000007-2004 y Nº
000041-2004, señala las facultades reglamentarias del
Alcalde para establecer la prórroga del vencimiento de las
obligaciones tributarias;
Que, asimismo, el artículo 12º de la Ordenanza
Nº 000036-2004, faculta al Alcalde, para que mediante
Decreto de Alcaldía, prorrogue el vencimiento de los
plazos previstos para la aplicación de los beneficios
concedidos;
Que, el número de contribuyentes que demuestran
voluntad de pago, hacen necesaria la ampliación de
los plazos señalados por Ley, a efectos de facilitar el
pago de los tributos municipales de los vecinos de la
jurisdicción;
Estando a lo expuesto, con la visación de la Gerencia
General de Administración Tributaria y Rentas, y en ejerci-
cio de las facultades que confiere al Alcalde el inciso 6) del
Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo
del 2005, la fecha de vencimiento para el pago de los
Arbitrios Municipales correspondiente a los meses de
enero y febrero del 2005, así como el plazo para acoger-
se al beneficio de incentivo por pago anticipado, previs-
to en el inciso a) del artículo 4º de la Ordenanza
Nº 000041-2004.
Artículo Segundo.- Prorrogar hasta el 15 de marzo del
2005 la vigencia de la Ordenanza Nº 000036-2004.
Artículo Tercero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo del
2005, el plazo para el pago de la primera cuota o el pago
al contado del Impuesto Predial y del Impuesto al Patrimo-
nio Vehicular, correspondiente al año 2005.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General de
Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento del pre-
sente Decreto de Alcaldía.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR
Alcalde del Callao
05232
Incluyen infracciones en el Reglamen-
to de Sanciones Administrativas de In-
fracciones de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 000010
Callao, 28 de febrero de 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
CONSIDERANDO:
Que, constituye parte de las funciones de esta Corpo-
ración Edilicia, garantizar a la colectividad condiciones de
seguridad, salud y tranquilidad pública dentro de la juris-
dicción territorial de la Provincia Constitucional del Callao,
así como el ejercicio libre de los derechos sustantivos de
todos los ciudadanos con sujeción a la Constitución Políti-
ca del Estado, a la ley y demás normas Municipales.
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000027 de fe-
cha veinte de diciembre del año 2001, publicada el veinte
de setiembre del año 2002 en el Diario Oficial El Peruano,
se aprobó el “Reglamento de Sanciones Administrativas
de Infracciones de la Municipalidad Provincial del Callao”,
que norma el procedimiento de aplicación de sanciones
administrativas a los infractores de las normas legales na-
cionales o municipales en el ámbito de la Provincia Consti-
tucional del Callao.
Que, durante la vigencia del citado Reglamento, se
han evidenciado y detectado la comisión de infracciones
que no se encuentran contempladas, las mismas que a
propuesta de la Gerencia General de Desarrollo Económi-
co Local y Comercialización, se hace necesario que deban
ser incluidas para una mejor labor de control y fiscalización
municipal.
Que, conforme lo establece la Sexta Disposición Final
de la acotada norma municipal, la inclusión de nuevas
infracciones y su correspondiente sanción, se harán me-
diante Decreto de Alcaldía.
Con las facultades que confiere al Señor Alcalde los
Nº 27972.
DECRETA:
Artículo Primero.- INCLÚYASE las infracciones cuyo
texto se encuentra en el Anexo I del presente Decreto de
Alcaldía, correspondientes a la Gerencia General de Desa-
rrollo Económico Local y Comercialización.
Artículo Segundo.- Encárguese el cumplimiento de la
presente norma municipal a las Gerencias Generales de
Desarrollo Económico Local y Comercialización y Gerencia
General de Seguridad Ciudadana.
Por tanto, mando se publique y cumpla.
ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR
Alcalde del Callao
ANEXO I
ESCALA DE MULTAS
ÍTEM INFRACCIÓN C. (%) UIT Medidas
I II III IV V Complementarias
288 Por permitir el estaciona-
miento diurno y/o nocturno 100 Clausura Temporal
de vehículos dentro del pe-
rímetro y/o el retiro munici-
pal de las estaciones de
servicio y puestos de venta
de combustibles con excep-
ción de los vehículos que
se encuentren en proceso
de compra, de servicio o
por fallas mecánicas.
289 Por estacionar un vehículo 10 15 20 25 30 Internamiento del
dentro de las estaciones vehículo en el
de servicio y/o puestos de Depósito Municipal.
venta de combustibles po-
niendo en riesgo la seguri-
dad del lugar.
05224

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