36 522-2005-CG - Autorizan a procurador impulsar acciones legales por presunta comisión de delitos en agravio del Banco de la Nación

Fecha de disposición12 Diciembre 2005
Fecha de publicación12 Diciembre 2005
Pág. 306073
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 12 de diciembre de 2005
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 523-2005-CG
Lima, 9 de diciembre de 2005
VISTO, el Informe Especial Nº 336-2005-CG/ZC
resultante del Examen Especial efectuado a la
Municipalidad Distrital de La Victoria, período 2002 - 2004,
considerando operaciones anteriores y posteriores al
citado período; y,
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento del Plan Operativo Institucional
2004, la Contraloría General de la República dispuso
una acción de control en la Municipalidad Distrital de La
Victoria, con el objeto de evaluar, entre otros, la ejecución
de los gastos con relación a los recursos asignados y/o
recaudados de acuerdo a la normativa vigente, así como
verificar las denuncias presentadas;
Que, como consecuencia de la acción de control
realizada, se ha determinado que funcionarios de la
Municipalidad concertaron con dos empresas de
servicios el ingreso de documentos presuntamente
falsos con la finalidad de sustentar servicios no
realizados de recojo y disposición de residuos sólidos
contratados en el año 2003, efectuándose pagos por
dicho concepto ascendentes a S/. 495 202.52 en perjuicio
de la entidad; así como pagos a favor de una de dichas
empresas, sin contar con la documentación sustentatoria
que evidencie el servicio prestado a la entidad,
ocasionando un perjuicio económico por S/. 204 511.17;
hechos que hacen presumir la existencia de indicios
razonables de la comisión de los delitos Contra la Fe
Pública en la modalidad de Falsificación de Documentos,
de Concusión en la modalidad de Colusión Desleal y
Peculado, previstos y penados en los artículos 427º,
384º y 387º del Código Penal, respectivamente;
Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del
artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República, constituye atribución de este Organismo Superior
de Control, disponer el inicio de las acciones legales
pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador
Público, en los casos en que en la ejecución directa de una
acción de control se encuentre daño económico o
presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al
Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de
la Contraloría General de la República, el inicio de las
acciones legales respectivas contra los presuntos
responsables comprendidos en el Informe de Visto;
De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la
Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República, y el
Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador
Público encargado de los asuntos judiciales de la
Contraloría General de la República, para que en nombre
y representación del Estado, inicie las acciones legales
correspondientes, por los fundamentos expuestos en la
parte considerativa de la presente resolución, contra los
presuntos responsables comprendidos en el Informe de
Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍA
Contralor General de la República
20979
Autorizan a procurador impulsar
acciones legales por presunta comisión
de delitos en agravio del Banco de la
Nación
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 522-2005-CG
Lima, 9 de diciembre de 2005
Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 033-2005-CG/
GDPC de 10.NOV.2005, los Oficios Nºs. 1241-2005-
DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR.E4 de 15.JUL.2005 y 1378-
2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 10.AGO.2005, el
Atestado Nº 068-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-E4
de 14.JUL.2005, resultante de las investigaciones
realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía
Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la
República, en el Banco de la Nación; y,
CONSIDERANDO:
Que, se dispuso una Acción de Control No
Programada en torno al "Examen Especial a las
Restricciones SBS para el Otorgamiento de Préstamos
Multired", durante el período comprendido entre
1.JUL.2002 al 31.JUL.2004; practicada por la Oficina de
Control Institucional del Banco de la Nación, por lo que
dicho OCI designó una Comisión de Auditoría la misma
que se acreditó con Carta EF/92.1100 Nº 047-2004 de
4.AGO.2004, a efecto de practicar el citado examen;
Que, como resultado del Examen Especial, el citado
OCI del Banco de la Nación emitió la Hoja Informativa
EF/92.1100 Nº 05-04 de 16.SET.2004; en la cual se
determinaron presuntas irregularidades en torno a
levantamientos de las restricciones de la
Superintendencia de Banca y Seguros - SBS con la
finalidad de obtener préstamos Multired, se ha detectado
que por medio del ingreso sin autorización al sistema
informático del Banco, un trabajador no identificado realizó
1 109 modificaciones en la calificación crediticia de
clientes que se encontraban en categoría de problemas
potenciales, deficiente, dudoso o pérdida, cambiando la
posición a Normal; situación que les permitió acceder
indebidamente a préstamos Multired, dentro de los cuales
78 corresponden a trabajadores activos y pensionistas
del Banco de la Nación;
Que, debido a la existencia de irregularidades que
denotaban la existencia de indicios de comisión de delito
y al requerirse se practiquen diligencias policiales para
tal fin, la Comisión consideró conveniente solicitar la
participación de la Unidad Técnica Especializada de la
Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General
de la República, a fin que profundice las investigaciones
del caso;
Que, la mencionada Unidad Técnica Especializada
de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General,
conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos
3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 -
Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado
el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por
dicha Unidad Técnica a través del Oficio Nº 1241-2005-
DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR.E4 de 15.JUL.2005 a la
Vigésima Tercera Fiscalía Provincial Penal de Lima, a fin
que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el
Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión
del delito de Omisión de Actos Funcionales, ilícito previsto
y sancionado en el artículo 377º del Código Penal;
Que, de acuerdo con lo establecido en los literales d)
y o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
General de la República, constituye atribución de este
Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las
acciones legales pertinentes en forma inmediata, por
parte del Procurador Público, en los casos en que,
producto de una verificación se encuentre presunción
de ilícito penal, así como participar en los procesos
judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la
adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando
tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste,
por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador
Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría
General de la República, a fin que se apersone e impulse
las acciones legales correspondientes e interponga los
recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa
judicial de los derechos e intereses del Estado, por los
hechos revelados en el Atestado de Vistos;
De conformidad con el artículo 47º de la Constitución
Política del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus
modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador
Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría
General de la República, para que en nombre y

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