Establecen horario tope aplicable a locales que utilizan Licencia Especial de Funcionamiento

Fecha de publicación19 Enero 2000
Fecha de disposición19 Enero 2000
Pág. 182859
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 19 de enero de 2000
Area Bruta 58,155.00 m2
Area Vía Metropolitana 6,179.06 m2
Area Habilitada 51,975.94 m2
Area Util 45,54.00 m2
- Lote 1 43,716.00 m2
- Lote 2 1,828.00 m2
Area Vía Local 6,431.94 m2
Artículo 2º.- AUTORIZAR la inscripción indivi-
dualizada de los lotes que conforman la presente Habili-
tación de conformidad con la Memoria Descriptiva corres-
pondiente al plano aprobado que debidamente visadas
forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º.- TRANSCRIBASE la presente Resolu-
ción a los Registros Públicos para su correspondiente
inscripción y a la Municipalidad Metropolitana de Lima
para su conocimiento y fines.
Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento de la pre-
sente Resolución a la Dirección de Servicios Municipales,
Subdirección de Autorizaciones, Certificaciones y Regis-
tros y demás áreas competentes con conocimiento de la
parte interesada.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
0399
MUNICIPALIDAD DE
BARRANCO
Establecen horario tope aplicable a
locales que utilizan Licencia Especial
de Funcionamiento
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 048-99-CDB
Barranco, 9 de diciembre de 1999
EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO
VISTA la propuesta del Regidor OSCAR PEÑA BE-
NAVIDES respecto al Horario de la Licencia Especial de
Funcionamiento en el distrito de Barranco;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 085-96-CMB,
de fecha 23 de julio de 1996, se estableció las 04.00 hs.
como horario tope para todos los locales que cuentan con
Licencia Especial;
Que, se han recibido numerosas quejas del vecindario por
los ruidos molestos y otros problemas que causan los locales
que utilizan la Licencia Especial de Funcionamiento, hacién-
dose necesario reducir el horario tope de la misma; y,
Con el voto unánime de sus miembros;
ACUERDA:
Artículo Primero.- Establecer las 03.00 hs. como
horario tope para todos los locales que cuentan con Licen-
cia Especial de Funcionamiento.
Artículo Segundo.- Ratificar la exigencia de Acondi-
cionamiento Acústico previo al otorgamiento de la Licen-
cia Especial de Funcionamiento.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto toda disposición
que se oponga a lo dispuesto en el presente Acuerdo.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA
Alcaldesa
0666
Solicitan al PROMUDEH instalar mó-
dulo de atención de emergencia con-
tra la violencia en inmueble de la
municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 003-2000-CDB
Barranco, 12 de enero del 2000
EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 31-79 del año
1979, se asignó en uso y usufructo a la entonces Policía de
Investigaciones del Perú, la concesión en uso del inmue-
ble de propiedad municipal ubicado en la Av. Surco Nº 431,
para el funcionamiento de la Estación PIP del distrito;
Que, el Artículo 3º del indicado Acuerdo de Concejo
condiciona el usufructo a la devolución del inmueble en
caso dejara de funcionar en él la estación PIP mencionada,
situación que se produce actualmente;
Que, la Dirección de Servicios Sociales y Cultura de la
Municipalidad de Barranco, debido a la gran demanda de
atención, ha ampliado su labor social apoyando a los
sectores más necesitados del distrito incluyendo dentro
de su radio de acción a los distritos vecinos;
Que, el presente año 2000 ha sido denominado "Año de
la No Violencia", por lo que es necesario destinar el
inmueble ubicado en la Av. Surco Nº 431, a la defensa y
protección de personas afectadas por la violencia; y,
Con el voto unánime de sus miembros;
ACUERDA:
Artículo Primero.- Solicitar al Ministerio de la Mu-
jer, la instalación de un Módulo de Atención de Emergen-
cia contra la Violencia en el inmueble de propiedad Muni-
cipal ubicado en la Av. Surco Nº 431, Barranco.
Artículo Segundo.- Autorizar al Despacho de Alcal-
día a tomar las acciones pertinentes para el cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo anterior.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA
Alcaldesa
0667
Autorizan contratación del servicio de
recolección, transporte y disposición
final de residuos mediante adjudica-
ción directa de menor cuantía
RESOLUCION DE ALCALDIA
Nº 537-99-MDB
Barranco, 27 de diciembre de 1999
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
DE BARRANCO
Visto, el Oficio de fecha 22 de diciembre de 1999 del
Comité Especial del Concurso Público Nº 001-99-CE-
MDB Segunda Convocatoria, sobre la declaración de
desierta de los dos procesos convocados.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Oficio del Visto, el Comité Especial
del Concurso Público Nº 001-99-CE-MDB - Segunda Con-
vocatoria, para la contratación del Servicio de Recolec-
ción, Transporte y Disposición Final de los Residuos
Sólidos del distrito de Barranco, comunica la decisión de
declarar desierto el proceso por haberse presentado un
solo Postor;

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