ORDENANZA Nº 000033 - Amplían plazo para la regularización de habilitaciones urbanas y edificaciones aprobado mediante Ordenanza N° 000044-2009, con beneficios de rebaja de pago de derechos y multas

Fecha de publicación05 Julio 2010
Fecha de disposición05 Julio 2010
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, lunes 5 de julio de 2010
421687
Año XXVII - Nº 11047
AÑO DE LA
CONSOLIDACIÓN
ECONÓMICA Y
SOCIAL DEL PERÚ
PODER EJECUTIVO
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
R.D. Nº 1453-MINCETUR/VMT/DGJCMT.- Autorizan moda-
lidad de juego de casino denominada “Texas Hold´em Bonus” y
aprueban Directiva que la reglamenta 421688
ECONOMIA Y FINANZAS
D.S. N° 146-2010-EF.- Aprueban normas relativas a la
participación de la inversión privada en procesos de
promoción vinculados a obras públicas de infraestructura
de servicios públicos 421691
ENERGIA Y MINAS
R.M. Nº 279-2010-MEM/DM.- Aprueban transferencia de
bienes que conforman el Proyecto Línea de Transmisión
60 kV Majes - Corire - Chuquibamba y Subestaciones a la
empresa SEAL 421692
PRODUCE
R.M. Nº 166-2010-PRODUCE.- Of‌i cializan designación
de miembro del Consejo Directivo del CITEmadera, en
representación del Ministerio de Agricultura 421694
SALUD
R.M. Nº 538-2010/MINSA.- Designan representantes
de diversas entidades e instituciones que conforman
la Comisión Multisectorial de Vigilancia, Prevención y
Control de Infecciones Intrahospitalarias 421694
ORGANISMOS EJECUTORES
INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
R.D. Nº 1422/INC.- Rectif‌i can la R.M. N° 0928 en extremo
referido a la dirección de inmueble declarado Monumento
integrante del patrimonio cultural de la Nación, ubicado en
el distrito, provincia y departamento de Lima 421695
R.D. Nº 1430/INC.- Declaran patrimonio cultural de la
Nación a monumento arqueológico prehispánico ubicado
en el departamento de Lima 421696
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS
CONTRATACIONES DEL ESTADO
Res. Nº 1260-2010-TC-S3.- Imponen a D.M. y R.
Ejecutores S.R.L. sanción de inhabilitación temporal en
sus derechos de participar en procesos de selección y
contratar con el Estado 421696
ORGANOS AUTONOMOS
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
R.J. Nº 570-2010/JNAC/RENIEC.- Autorizan apertura de
la Of‌i cina Registral Quilca, en el distrito de Lima Cercado
421699
R.J. Nº 573-2010-JNAC/RENIEC.- Designan Jefes
responsables de las Of‌i cinas Registrales Quilca,
Independencia y Villa El Salvador de la Jefatura Regional
10 - Lima de la Gerencia de Operaciones Registrales
421700
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE
Ordenanza Nº 013-2010-GR.LAMB./CR.- Aprueban
Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Dirección Regional de Producción - Gobierno Regional de
Lambayeque - Año 2010 421700
Ordenanza Nº 014-2010-GR.LAMB./CR.- Aprueban
Texto Único de Procedimientos Administrativos del Colegio
Militar “Elías Aguirre” - Año 2010 421701
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza Nº 1400.- Modif‌i can funciones de la
Procuraduría Pública Municipal en el Reglamento de
Organización y Funciones de la Municipalidad 421701
Ordenanza Nº 1401.- Establecen disposiciones para la
contratación de asesoría legal especializada 421702
Ordenanza Nº 1403.- Promueven el desarrollo del área
urbana de la Cuenca Baja del Río Lurín 421703
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Res. Nº 018-10-GDU-MDS.- Aprueban subdivisión de
lote matriz ubicado en el distrito 421703
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Ordenanza Nº 000033.- Amplían plazo para la
regularización de habilitaciones urbanas y edif‌i caciones
aprobado mediante Ordenanza N° 000044-2009, con
benef‌i cios de rebaja de pago de derechos y multas
421705
Sumario
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 5 de julio de 2010
421688
PODER EJECUTIVO
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Autorizan modalidad de juego de casino
denominada “Texas Hold’em Bonus” y
aprueban Directiva que la reglamenta
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 1453-2010-MINCETUR/VMT/DGJCMT
Lima, 24 de junio de 2010
Visto, el Expediente Nº 000979-2010-MINCETUR,
de fecha 29.03.2010, en el que la empresa Inmobiliaria
Viera S.A.C., solicita autorización y registro de la
modalidad de juego de casino denominada: “Texas
Hold´em Bonus”;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27153 y normas modificatorias
y el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 009-2002-MINCETUR, se regula la explotación
de juegos de casino y máquinas tragamonedas en el
país;
Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral
11.1 del artículo 11º del citado cuerpo legal, sólo
las modalidades de juego de casino autorizadas y
registradas por la autoridad competente pueden ser
materia de explotación en las salas de juego de casino
autorizadas por la Dirección General de Juegos de
Casino y Máquinas Tragamonedas;
Que, evaluada la presente solicitud de autorización
y registro, se advierte que el solicitante ha cumplido
con los requisitos establecidos en el artículo 14º del
mencionado Reglamento, entre los que se encuentra la
descripción de las características del juego, incluyendo
los materiales que serán empleados y el estudio del
porcentaje de retorno al público;
Que, según lo dispuesto en el inciso b) del artículo
25º de la Ley Nº 27153 y normas modif‌i catorias,
corresponde a la Dirección General de Juegos de
Casino y Máquinas Tragamonedas expedir Directivas
de cumplimiento obligatorio para la mejor aplicación de
la Ley y sus normas reglamentarias;
De conformidad con lo establecido en la Ley
Nº 27153 y normas modificatorias, su Reglamento
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-
MINCETUR, y en la Ley N° 27444 “Ley del Procedimiento
Administrativo General”, estando a lo opinado en
el Informe Técnico Nº 125-2010-MINCETUR/VMT/
DGJCMT-SDFCS-ARG e Informe Legal N° 331-2010/
MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR/APD;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar y registrar la modalidad de
juego de casino denominada: “Texas Hold´em Bonus”,
con el Registro JC0029.
Artículo 2°.- Aprobar la Directiva N° 001-2010-
MINCETUR/VMT/DGJCMT “Reglamento de la
Modalidad de Juego de Casino: “Texas Hold´em
Bonus”, la cual consta de siete (07) capítulos y veinte
(20) artículos.
Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Comuníquese, regístrese y publíquese.
MANUEL SAN ROMÁN BENAVENTE
Director General de Juegos de Casino
y Máquinas Tragamonedas
DIRECTIVA Nº 001-2010-MINCETU/VMT/DGJCMT
REGLAMENTO DE LA MODALIDAD DE JUEGO:
“TEXAS HOLD’EM BONUS”
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Def‌i niciones:
Para los efectos del presente Reglamento se entiende
por:
a.- Texas Hold’em Bonus: Al juego de casino en el
que se utilizan cartas y donde los jugadores compiten
contra el explotador del juego representado por el dealer.
El objetivo de cada jugador es alcanzar la combinación de
cartas de mayor valor posible mediante la utilización de
cinco (05) cartas entre siete (07), de las cuales dos (02)
cartas se reparten inicialmente a cada jugador y cinco (05)
cartas son comunitarias.
b.- Inspector: Al Inspector de Juego de la
Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas
Tragamonedas.
c.- Explotador: Al titular de la sala de juego donde se
explota el juego de Texas Hold’em Bonus.
d.- Dealer: al personal del explotador encargado de
conducir el desarrollo del juego de Texas Hold’ em Bonus.
También puede ser identif‌i cado con el nombre de “Crupier”
o “Tallador”.
e.- Partida: A la secuencia que se inicia con la
colocación de las apuestas por los jugadores y que
culmina con la determinación del resultado de las mismas
en el Texas Hold’em Bonus.
f.- Baraja: Al conjunto ordenado de cincuenta y dos
cartas denominado baraja inglesa o americana, constituido
por cuatro palos de trece cartas cada uno. Las primeras
diez cartas de cada palo se encuentran enumeradas
correlativamente del uno (llamado “As”) hasta el diez, y
las tres cartas restantes son f‌i guras identif‌i cadas por las
letras “J”, “Q” y “K”, cuyos valores son respectivamente
once, doce y trece puntos. El revés de las cartas será de
un mismo color y diseño. En el revés de las cartas deberá
constar el nombre de la sala de juego o del explotador.
g).- Mano: Al conjunto de cartas repartidas a cada
jugador o al dealer en cada partida.
h).- Ante: A la apuesta inicial que realiza un jugador
antes que se repartan las cartas para una partida.
i).- Bonus: Apuesta adicional que se paga de acuerdo
a una tabla establecida. Solo se puede realizar antes que
se repartan las cartas para una partida. Se paga basada
en las 2 cartas de la mano de los jugadores.
j).- Bono: A la apuesta opcional de U.S. $ 1.00 dólar
americano o S/. 1.00 sol peruano que los jugadores
pueden realizar adicionalmente al Ante y que se coloca
en el aceptador de monedas antes que se repartan las
cartas para una partida, permitiendo al jugador que realizó
esta apuesta participar en el pozo progresivo del Texas
Hold’em Bonus.
k).- Aceptador de monedas: Un dispositivo que
permite registrar los bonos y los jugadores que realizan
esta apuesta. Existe un aceptador de monedas por cada
posición de jugador en la mesa.
l.- Flop Bet: A la apuesta adicional hecha por un
jugador, es una cantidad doble a la de su apuesta de
Ante. Se realiza después que han sido repartidas las dos
primeras cartas obligatorias para los jugadores y el dealer.
Es obligatoria para poder ver el f‌l op.
m.- Turn: Es la apuesta adicional que puede hacer
un jugador después de ver la cuarta carta comunitaria de
las cinco cartas que van a constar en una partida, en este
juego esta apuesta es igual al valor de la apuesta ante (el
jugador podrá pasar o apostar según le convenga).
n.- The River: Es la apuesta adicional que puede
realizar un jugador después de ver la quinta carta
comunitaria, en esta etapa esta apuesta es igual al valor
de la apuesta ante (el jugador podrá pasar o apostar
según le convenga).
ñ).- Ronda: Cada una de las etapas de la partida. Se
distribuye primero dos cartas a cada jugador y luego las
cinco comunitarias.
o.- Consola: Tablero de control del dealer ubicado en la
posición de éste en la mesa de juego que permite registrar
las ganancias obtenidas y otras informaciones relevantes
del juego de pozo progresivo del Texas hold’em bonus.

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