Resumen
I. La información como un bien. II. La información en la atmósfera contractual. III. Las consecuencias económicas de la asimetría de la información en los contratos. IV. La responsabilidad precontractual y su relación con el error y el dolo. V. El error y sus consecuencias. VI. El dolo y sus consecuencias. VII. El problema económico del dolo omisivo. VIII. ¿Existe una diferencia entre mentir y no decir toda la verdad? IX. ¿Cómo maximizar la asignación eficiente de recursos a través del uso de información relevante? X. Senderos alternativos: las obligaciones de garantía y la responsabilidad objetiva. XI. ¿Debe anularse un contrato por dolo omisivo?
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Extracto
Cuando la gente se equivoca La asimetría y los defectos de información en la contratación
Esta sección se basa en el artículo titulado «La asimetría de información en la contratación. A propósito del dolo omisivo», publicado en el libro Contratación Contemporánea, Palestra Editores y Editorial Temis, 2000. Ha sido complementado con el importante aporte y colaboración de Domingo RIVAROLA.
Durante el verano de 1966 el Sr. Paul Curtis contactó al Sr. Robert Chapman mostrándole interés en comprar un terreno de diez acres en Lake County, Orlando, Estados Unidos. Curtis era un conocido corredor de inmuebles de la zona. Chapman también era corredor. En agosto de 1966 se cerró el trato. El precio pagado fue de US $ 47,500, que de acuerdo a condiciones de mercado de aquel entonces representaba un precio equivalente a una vez y media el valor del terreno. Chapman consideró que habían hecho un excelente negocio. Posteriormente se descubrió que Curtis conocía un dato importante desconocido por Chapman: Walt Disney había considerado construir Disneyworld en la zona. El impacto de tal decisión en el valor de los inmuebles del lugar, incluido el que fue objeto de la operación, fue impresionante. Los precios se multiplicaron varias veces por simplemente con la difusión de la noticia. Chapman interpuso una demanda para dejar sin efecto el contrato sosteniendo que Curtis tenía una obligación de revelar la información con la que contaba al momento en que se realizó la operación, a fin de que pudiera estar informado de las auténticas condiciones de la operación y de sus efectos en el valor del inmueble. Sostenía pues que el silencio de Curtis lo había inducido a error y por ello el contrato debía ser dejado sin efecto. En primera instancia la Corte determinó que Curtis había incumplido el deber de informar a Chapman sobre la futura construcción de Disneyworld y por tanto amparó la demanda de Chapman. Sin embargo, en segunda instancia la Corte de Apelaciones estableció que no existía nada deshonesto ni injusto en la conducta de Curtis y que las partes negociaron en igualdad de oportunidades, por lo que el contrato era perfectamente válido1. Fred Obne y su esposa interpusieron una demanda contra Robert Schlemeyer y su esposa a fin de recobrar los daños ocasionados por la venta de un departamento que los primeros compraron a los segundos y que resultó infestado de termitas. Los demandados conocían esta situación, pero guardaron silencio al momento de la operación. Tanto la Corte en primera instancia, como la Corte de Apelaciones consideraron que la conducta de los Schlemeyer constituía un caso de fraude2 o actuación dolosa y concedieron los daños solicitados por los demandantes3. Ambos casos tienen en común el referirse a una situación de información asimétrica, es decir, una situación en la que una de las partes en el negocio jurídico conocía información que era ignorada por la otra y que hubiera tenido efectos en los términos del contrato celebrado. Así, la contraparte hubiera probablemente pactado en condiciones diferentes de haber tenido conocimiento de la información omitida. En ninguno de los casos se mintió expresamente. Simplemente se guardó silencio. Sólo se dijo lo indispensable pero se dejó de decir algunas cosas importantes. Sin embargo, el resultado final de ambos casos fue distinto. Mientras en el primero la pretensión del demandante fue rechazada, en el segundo fue acogida. Si uno analiza el caso encuentra algo de sentido en cómo fueron resueltos, pero no será fácil definir conceptualmente por qué resultados distintos se derivan de eventos substancialmente similares. Existen numerosos trabajos y estudios sobre información asimétrica en la contratación, pero referidos normalmente a casos de protección al consumidor y contratación masiva. Sin embargo, el problema derivado de que una parte cuente con más información que la otra se presenta en otros ámbitos, que incluyen la contratación paritaria. Las instituciones del error y el dolo en el negocio jurídico parecerían estar diseñadas para lidiar con esta problemática, por lo menos en aquellos defectos de información intrínsecos a la propia estructura del contrato. Sin embargo, consideramos que el desarrollo conceptual que se ha hecho sobre estos problemas es poco claro y sobre todo disfuncional. No existen muchos trabajos que arrojen luces sobre cuáles son los efectos de la aplicación de estas instituciones en el funcionamiento de los mercados y en su eficiencia. Las figuras del error y el dolo trabajan con un insumo básico en la formación de toda relación contractual: la información. Es tan básico que si no existiera información no habría contrato posible. Nadie compra una casa sin saber quién es el propietario, cuál es su situación legal, cuál es su estado de conservación, etc. La información es pues un elemento insustituible. Pero contar con información tiene un costo. La información no se crea en el vacío. Desde la contratación de abogados para determinar la situación de un bien, la...Ver el contenido completo de este documento
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