RESOLUCION N° 012-GCAS-ESSALUD-2014 - Rectificar error material incluido en el Artículo 1 de la Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento N° 011-CGCAS-ESSALUD-2014, respecto al nombre de servidora.
Fecha de publicación | 26 Junio 2014 |
Fecha de disposición | 26 Junio 2014 |
El Peruano
Jueves 26 de junio de 2014
526118
naturaleza temporal encargada de elaborar el “Plan Perú
– Compromiso Climático”.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución
a la Presidencia de la Comisión Multisectorial constituida
por Resolución Suprema N° 163-2014-PCM, para
conocimiento y fi nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
1101835-1
Designan verificador de la condición de
asegurados del Régimen Contributivo
de la Seguridad Social en Salud y de
otros regímenes administrados por
ESSALUD, así como de la condición
de entidades empleadoras de los
trabajadores del hogar, en la Oficina de
Aseguramiento Sucursal Junín
RESOLUCION DE GERENCIA CENTRAL
DE ASEGURAMIENTO
N° 011-GCAS-ESSALUD-2014
Lima, 24 de abril de 2014
VISTA:
La Carta N° 664-OA-JUNIN-SGSA-GAA-GCAS-
ESSALUD-2014, que propone la designación de la
servidora Hermelinda Agatonica Román Castillo como
verifi cador de la Ofi cina de Aseguramiento Sucursal Junín
y;
CONSIDERANDO;
Que, mediante Ley N° 29135, Ley que establece el
porcentaje que debe pagar ESSALUD y la Ofi cina de
Normalización Previsional - ONP a la Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, por
la recaudación de sus aportaciones, y medidas para
mejorar la administración de tales aportes; se faculta a
ESSALUD ejercer de ofi cio, las funciones de verifi cación
de la condición de asegurados del Régimen Contributivo
de la Seguridad Social en Salud y de otros regímenes
administrados por ESSALUD, así como de la condición
de entidades empleadoras de los trabajadores del hogar,
pudiendo declarar la baja de ofi cio, incluso desde el inicio
de la afi liación que es materia de verifi cación;
Que, el Decreto Supremo N° 002-2009-TR,
Reglamento de la Ley N° 29135, establece que las
funciones de verifi cación serán realizadas por servidores
públicos, quienes entre otros requisitos, deben acreditar
capacitación en las labores de fi scalización, así como
sujetarse a los principios, deberes y prohibiciones éticas
establecidas en la Ley N° 27815 – Ley del Código de
Ética de la Función Pública y en la Ley N° 27444 – Ley del
Que, mediante Carta N° 664-OA-JUNIN-SGSA-
GAA-GCAS-ESSALUD-2014, el Jefe de la Ofi cina de
Aseguramiento Sucursal Junín, propone a la servidora
Hermelinda Agatonica Román Castillo, para desempeñar
el cargo de verifi cador de la condición de asegurados del
régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud y
de otros regímenes administrados por ESSALUD, así
como de la condición de entidades empleadoras de los
trabajadores del hogar en la Ofi cina de Aseguramiento
Sucursal Junín;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal l) del
artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones
de la Gerencia Central de Aseguramiento aprobado por
Resolución Presidencia Ejecutiva N° 533-PE-ESSALUD-
2011, corresponde a esta Gerencia, formular e implementar
las normas y procedimientos relacionados con el sistema
de aseguramiento;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas;
SE RESUELVE:
Primero.- DESIGNAR a la servidora HERLINDA
AGATONICA ROMAN CASTILLO, como verifi cador de
la condición de asegurados del Régimen Contributivo
de la Seguridad Social en Salud y de otros regímenes
administrados por ESSALUD, así como de la condición
de entidades empleadoras de los trabajadores del hogar,
en la Ofi cina de Aseguramiento Sucursal Junín.
Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Plataforma
de Aseguramiento, realizar las acciones de difusión de la
presente Resolución.
Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Ofi cial “El Peruano”.
Registrese, comuniquese y publiquese.
JAIME MUÑOZ LEON
Gerente Central de Aseguramiento (e)
ESSALUD
1101064-1
Rectificar error material incluido
en el Artículo 1° de la Resolución de
Gerencia Central de Aseguramiento N°
011-GCAS-ESSALUD-2014, respecto
al nombre de servidora
RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL
DE ASEGURAMIENTO
N° 012-GCAS-ESSALUD-2014
Lima, 22 de mayo de 2014
VISTA:
La Carta N° 865-OA-JUNIN-SGSA-GAA-GCAS-
ESSALUD-2014, que solicita se realice la rectifi cación
del nombre errado en la parte resolutiva de la Resolución
de Gerencia Central de Aseguramiento N° 011-GCAS-
ESSALUD-2014 y;
CONSIDERANDO;
Que, mediante Ley N° 29135, Ley que establece el
porcentaje que debe pagar ESSALUD y la Oficina de
Normalización Previsional - ONP a la Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria - SUNAT,
por la recaudación de sus aportaciones, y medidas
para mejorar la administración de tales aportes; se
faculta a ESSALUD ejercer de oficio, las funciones
de verificación de la condición de asegurados del
Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud
y de otros regímenes administrados por ESSALUD,
así como de la condición de entidades empleadoras de
los trabajadores del hogar, pudiendo declarar la baja
de oficio, incluso desde el inicio de la afiliación que es
materia de verificación;
Que, el Decreto Supremo N° 002-2009-TR,
Reglamento de la Ley N° 29135, establece que las
funciones de verifi cación serán realizadas por servidores
públicos, quienes entre otros requisitos, deben acreditar
capacitación en las labores de fi scalización, así como
sujetarse a los principios, deberes y prohibiciones éticas
establecidas en la Ley N° 27815 – Ley del Código de
Ética de la Función Pública y en la Ley N° 27444 – Ley del
Que, mediante Resolución de Gerencia Central
de Aseguramiento N° 011-GCAS-ESSALUD-2014,
se designa a la servidora Hermelinda Agatonica
Román Castillo como verifi cadora de la condición de
asegurados del Régimen Contributivo de la Seguridad
Social en Salud y de otros regímenes administrados
por ESSALUD, así como de la condición de entidades
empleadoras de los trabajadores del hogar en el Ofi cina
de Aseguramiento Sucursal Junín;
Que, mediante el documento del visto, la Ofi cina de
Aseguramiento Sucursal Junín, manifi esta que en la
Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento antes
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