RESOLUCION Nº 1151-2008-MP-FN - Declaran fundada denuncia contra fiscal adjunto de la Fiscalía Provincial Mixta de Motupe por presunta comisión del delito de Abuso de Autoridad

Fecha de disposición01 Septiembre 2008
Fecha de publicación01 Septiembre 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 1 de setiembre de 2008 379037
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 421-2008-MP-FN de fecha 31 de marzo de 2008,
se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del
Ministerio Público (CAP-MP), el cual fue modif‌i cado con la
Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 803-2008-MP-
FN de fecha 17 de junio de 2008;
Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº
1131-2008-MP-FN, de fecha 26 de agosto de 2008, se eleva
el nivel de la Gerencia de Infraestructura dependiente de la
Gerencia Central de Logística convirtiéndola en Órgano de
Apoyo de la Gerencia General, como Gerencia Central de
Infraestructura, encargada de organizar, coordinar, dirigir
y controlar los procedimientos técnicos, administrativos y
contractuales y acciones inherentes para la formulación de
estudios de preinversión, elaboración de expedientes técnicos,
ejecución de obras, supervisión y liquidación de obras;
Que, asimismo, en el proceso de formulación del
CAP-MP, se ha tomado en cuenta los acuerdos emitidos
por la Junta de Fiscales Supremos, desde el mes de abril
hasta el mes de julio del presente año, que aprobaron
la creación de nuevas Unidades Orgánicas para los
diferentes Distritos Judiciales, relacionadas con la
implementación del Nuevo Código Procesal Penal, tanto
en el Sistema Fiscal, Administrativo y Médico Legal;
Que, se viene contemplando cargos para la Unidad
Central de Asistencia a Víctimas y Testigos de Cusco,
Arequipa, La Libertad, Lambayeque, Madre de Dios,
Moquegua, Piura, Puno Tacna, Tumbes y Huaura. Así
como, la creación de la División Médico Legal tipo “C”
de Canta del Distrito Judicial de Lima Norte y la División
Médico Legal tipo “C” de El Pedregal del Distrito Judicial
de Arequipa. Asimismo, la Gerencia de Criminalística,
requiere contar con profesionales especializados para los
peritajes en apoyo al trabajo Fiscal;
Contando con los vistos de la Gerencia de Planif‌i cación,
Racionalización y Estadística, Gerencia Central de
Recursos Humanos, la Of‌i cina de Asesoría Jurídica,
Gerencia General; y,
De conformidad con lo establecido en el artículo 64º
del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Misterio
Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para
Asignación de Personal del Ministerio Público (CAP-MP),
que consta de once mil ochocientos (11,800) cargos, el
mismo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de
la Fiscalía de la Nación Nº 421-2008-MP-FN, de fecha
31de marzo de 2008, y el artículo tercero de la Resolución
de la Fiscalía de la Nación Nº 803-2008-MP-FN, de fecha
17 de junio de 2008.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Central
de Recursos Humanos, para que en coordinación con la
Gerencia Central de Finanzas, proceda a la implementación
de los cargos contenidos en el CAP aprobado en el artículo
primero de la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Central de
Tecnologías de la Información la publicación de la presente
Resolución en la página web de la Institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS
Fiscal de la Nación
245451-1
Declaran fundada denuncia contra
fiscal adjunto de la Fiscalía Provincial
Mixta de Motupe por presunta comisión
del delito de Abuso de Autoridad
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1151-2008-MP-FN
Lima, 28 de agosto de 2008
VISTO:
El Of‌i cio Nº 127-2008-MP-ODCI-Lambayeque,
remitido por la Jefa de la Of‌i cina Desconcentrada de
Control Interno de Lambayeque, que eleva el Expediente
Nº 156-2007-MP-ODCI-Lambayeque, que contiene la
investigación realizada contra el doctor Danilo Nizama
Flores, en su actuación como Fiscal Adjunto Provincial
de la Fiscalía Provincial Mixta de Motupe, en la cual
recayó el Informe Nº 2-2008-ODCI-LAMBAYEQUE con
opinión de declarar fundada la denuncia por los delitos
de Abuso de Autoridad y Lesiones; y,
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
PRIMERO: Que, según aparece del acta de fs.
01, los ciudadanos Adelmo Cruzado Tirado y Gregorio
Bernardo Failoc Morales, denunciaron verbalmente al
Fiscal Adjunto Danilo Nizama Flores ante la Fiscalía
Desconcentrada de Control Interno de Lambayeque,
por la presunta comisión de los delitos de Abuso de
Autoridad, Lesiones, Daños Agravados, Violación de
Domicilio y Usurpación, a mérito de lo cual se dispuso
que previamente a la calif‌i cación correspondiente,
se realice una diligencia de constatación en el lugar
de los hechos, y, una vez realizada ésta, con fecha
22.10.07, se resolvió abrir investigación preliminar
contra el denunciado (fs. 75), quien presentó su
respectivo descargo a fs.103/105, habiendo concluido
la investigación con la elaboración del informe de fs.
525/533 que ha sido elevado a este Despacho.
II. CARGOS IMPUTADOS
SEGUNDO: Que, se atribuye al doctor Danilo
Nizama Flores haber intervenido en su condición de
Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial
Mixta de Motupe, en la diligencia de inspección ocular
programada para el día 11.10.07 en el caserío “Alita”,
comprensión del distrito de Salas-Lambayeque,
en la que, abusando de sus funciones, habría
dispuesto que el personal policial de apoyo desaloje
a los ocupantes del predio haciendo uso de la fuerza
(gases lacrimógenos y perdigones), produciéndose
en el curso de dicha acción, lesiones a la persona de
Adelmo Cruzado Tirado y la quema de las viviendas y
pertenencias de los desalojados. Hechos por los que
se le atribuye los delitos de ABUSO DE AUTORIDAD,
LESIONES, DAÑOS AGRAVADOS, USURPACIÓN Y
ALLANAMIENTO DE DOMICILIO.
III. ANÁLISIS DE LO ACTUADO
TERCERO: Que, el delito de ABUSO DE AUTORIDAD
previsto en el artículo 376º del Código Penal, se conf‌i gura
cuando un funcionario público, abusando de sus
atribuciones, comete u ordena, en perjuicio de alguien, un
acto arbitrario cualquiera. Este tipo penal busca asegurar
que la conducta funcional de los sujetos públicos se rija
por la obediencia al ordenamiento jurídico, esto es, por
las disposiciones legales que delimitan sus funciones
y atribuciones y, cuando éstas sean insuf‌i cientes, por
criterios de f‌i nalidad pública y de respeto a la dignidad y
derechos fundamentales.
CUARTO: Que, al respecto, de la revisión de
lo actuado se advierte que la actuación del Fiscal
Adjunto Provincial denunciado se produjo en el marco
de la investigación policial dispuesta por el titular de
la Fiscalía Provincial Mixta de Motupe en el Caso Nº
752-2007 (Resolución de fs. 132), que tuvo su origen
en la denuncia de parte presentada el 24.09.07 por
los representantes de la Comunidad Campesina
San Francisco de Asís de Salas, contra Hipólito
Cruzado Rafael y otras 65 personas no identif‌i cadas,
por los delitos de Usurpación y Daños Agravados
presuntamente cometidos el 18.09.07 en los terrenos
de su representada (fs. 133/135). En dicha investigación
policial se programó una diligencia de inspección ocular

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