RESOLUCION MINISTERIAL N° 1244-2012-IN - Encargan funciones de Directora de Procesos de Personal y Remuneraciones de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio

Fecha de publicación02 Diciembre 2012
Fecha de disposición02 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 2 de diciembre de 2012
479856
a) Recepción de expedientes hasta el 12 de diciembre
de 2012.
b) Publicación de plazas vacantes del 10 al 14 de
diciembre de 2012.
c) Evaluación de expedientes a través del comité de
evaluación del 03 al 21 de diciembre de 2012.
d) Publicación del Cuadro de Méritos 26 y 27 de
diciembre de 2012.
e) Adjudicación del 28 de diciembre de 2012 al 03 de
enero de 2013, conforme al orden de precedencia del
Cuadro de Méritos, con vigencia a partir del 01 de marzo
de 2013.
Artículo 3.- Suspender las acciones administrativas
de permuta, reasignación por salud, evacuación por
emergencia, representación sindical y por necesidad del
servicio.”
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS O’BRIEN
Ministra de Educación
873542-1
INTERIOR
Encargan funciones de Directora de
Procesos de Personal y Remuneraciones
de la Dirección General de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1244-2012-IN
Lima, 30 de Noviembre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 1164-2011-IN
de fecha 09 de noviembre de 2011, se designó al Ingeniero
Orlando Alberto Edgar Ramírez en el cargo público de
conf‌i anza de Director de Sistema Administrativo II Nivel
F-3 de la Of‌i cina de Remuneraciones y Benef‌i cios de la
Of‌i cina General de Personal del Ministerio del Interior;
Que, por razones del servicio se ha visto por
conveniente dar por concluida la designación del Ingeniero
Orlando Alberto Edgar Ramírez en el cargo para el cual
fue designado, debiendo emitirse el acto administrativo
correspondiente y encargarse las funciones de dicho
cargo;
de fecha 22 de junio de 2012, se aprobó el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,
denominándose a la Of‌i cina de Remuneraciones y
Benef‌i cios, como Dirección de Procesos de Personal y
Remuneraciones de la Dirección General de Gestión en
Recursos Humanos del Ministerio del Interior;
Que, sin perjuicio de dar por concluida la designación
del Ingeniero Orlando Alberto Edgar Ramírez, ello no
implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por
cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación
y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus
funciones como Director de Procesos de Personal y
Remuneraciones de la Dirección General de Gestión en
Recursos Humanos del Ministerio del Interior;
De conformidad a la Ley N° 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594, Ley que regula la
participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de Funcionarios Públicos; Ley N° 29334, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;
y, el Reglamento de Organizaciones y Funciones del
Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N°
002-2012-IN.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del
Ingeniero Orlando Alberto Edgar Ramírez en el cargo
público de conf‌i anza de Director de Sistema Administrativo
II Nivel F-3 de la Dirección de Procesos de Personal y
Remuneraciones de la Dirección General de Gestión en
Recursos Humanos del Ministerio del Interior, sin perjuicio
de lo expuesto en el cuarto considerando de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Encargar a la Licenciada Karina Lizette
Apaza Mini, Directora General de la Dirección General de
Gestión en Recursos Humanos del Ministerio del Interior,
las funciones de Director de Procesos de Personal y
Remuneraciones de la Dirección General de Gestión
en Recursos Humanos del Ministerio del Interior, con
retención de las funciones propias de su cargo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WILFREDO PEDRAZA SIERRA
Ministro del Interior
873543-1
PRODUCE
Autorizan al IMARPE la ejecución de la
Operación Merluza XVIII
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 509-2012-PRODUCE
Lima, 30 de noviembre de 2012
VISTOS: El Of‌i cio N° PCD-100-586-2012-PRODUCE/
IMP del Instituto del Mar del Perú – IMARPE; el Informe
N°036-2012-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección
General de Políticas y Desarrollo Pesquero, el Informe
N° 015-2012-PRODUCE/DGCHD de la Dirección General
de Extracción y Producción Pesquera para Consumo
Humano Directo y el Informe N°032-2012-PRODUCE/
OGAJ de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
aprobada por Decreto Ley Nº 25977, establece que son
patrimonio de la Nación, los recursos hidrobiológicos
contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú, y que
corresponde al Estado regular el manejo integral y la
explotación racional de dichos recursos, considerando
que la actividad pesquera es de interés nacional;
Que, los artículos 9 y 13 de la Ley General de Pesca,
establecen que la investigación pesquera está orientada
a obtener y proporcionar permanentemente las bases
científ‌i cas que sustentan el desarrollo integral y armónico
del proceso pesquero, y que el Ministerio de la Producción
sobre la base de evidencias científ‌i cas disponibles y de
factores socioeconómicos, determinará, según el tipo de
pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las
cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de
pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos
de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas
que requieran la preservación y explotación racional de
los recursos hidrobiológicos;
Que, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del
Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº
016-2003-PRODUCE (en adelante, Ordenamiento de la
Merluza), en el numeral 3.1 de su artículo 3, establece
que el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, es la entidad
responsable de efectuar investigaciones sobre la biología,
pesquería y dinámica de las poblaciones de la merluza y
su fauna acompañante, bajo un enfoque eco sistémico,
poniendo énfasis en el efecto que tienen sobre dichos
recursos, la pesca y la variabilidad ambiental a distinta
escala espacial y temporal;
Que, el Ordenamiento de la Merluza, en su numeral
3.3, también prevé que la investigación de este recurso
y su fauna acompañante realizada mediante pescas
exploratorias o experimentales señaladas en el Reglamento
de la Ley General de Pesca, puede ser efectuada sólo
por empresas que cuenten con licencia para la operación
de plantas de procesamiento de productos congelados
y/o permisos de pesca vigentes para la extracción de
merluza. La investigación debe contar con la opinión
técnica previa del IMARPE, en lo referente al plan de
operaciones y, en especial, a los objetivos y metodología y
validación de resultados esperados que se apliquen en la
investigación; debiendo dicha investigación ser autorizada

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