1062 121-C/MC - Otorgan exoneración o fraccionamiento de pago de derecho administrativo por concepto de entierro a personas en condición de pobreza
Fecha de publicación | 10 Junio 2004 |
Fecha de disposición | 10 Junio 2004 |
Pág. 270119
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 10 de junio de 2004
Que, mediante los informes de vistos, del Director de
Desarrollo e Infraestructura Urbano Rural, del Director de
Servicios Municipales, y del Director de Rentas, respecti-
vamente, se solicita la inclusión, en el Plan Anual de Ad-
quisiciones y Contrataciones, de los procesos de selec-
ción correspondientes para la adquisición de bienes, obras
y servicios requeridos por las Direcciones antes anotadas;
Con la opinión favorable de la Gerencia Municipal, Ofi-
cina de Planeamiento y Presupuesto, Dirección de Admi-
nistración y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y en uso de
las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 - Ley Orgáni-
ca de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la inclusión de los proce-
sos de selección que se detallan en el Anexo 1, que forma
parte integrante de la presente Resolución, en el Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Dis-
trital de Carabayllo, correspondiente al ejercicio presupues-
tal del 2004.
Artículo Segundo.- Aprobar la exclusión de los proce-
sos de selección que se detallan en el Anexo 2, que forma
parte integrante de la presente Resolución, del Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Dis-
trital de Carabayllo, correspondiente al ejercicio presupues-
tal del 2004.
Artículo Tercero.- En consecuencia, el nuevo Plan
Anual modificado es conforme se detalla en el Anexo Nº 3,
que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Oficina de Secre-
taría General, remita copia de la presente Resolución al
CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Peque-
ña y Microempresa - PROMPYME, dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes a su aprobación, y su publicación
en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DE COMAS
Otorgan exoneración o fraccionamiento
de pago de derecho administrativo por
concepto de entierro a personas en con-
dición de pobreza
ORDENANZA Nº 121-C/MC
Comas, 19 de mayo de 2004
EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de
mayo del 2004, el Dictamen de la Comisión de Desarrollo
Humano, relacionado con la exoneración y/o fraccio-
namiento de Pago del Derecho Administrativo por concep-
to de Entierro a las personas que acrediten la condición de
pobreza y que se encuentren en imposibilidad de asumir el
costo total y/o parcial de este derecho; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú señala en su Artí-
culo 74º que: "Los Gobiernos Locales pueden crear, modi-
ficar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de és-
tas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala
la Ley";
Que, analizado en Informe Nº 014-2004-SGRC-GHD
de la Subgerencia de Registro Civil y el Informe Nº 0148-
2004-GAL/MC de la Gerencia de Asesoría Legal, se tiene
que efectivamente la Municipalidad de Comas administra
tres cementerios en el distrito y concurren en ellos perso-
nas en situación de pobreza solicitando que se les exone-
re y/o otorgue facilidades de Pago del derecho administra-
tivo por entierro, hecho que no se encuentra debidamente
establecido en el TUPA de la Municipalidad de Comas;
Que, los límites que establece el Artículo 74º de la Cons-
titución Política del Perú se encuentran configuradas en la
Ley Orgánica de Municipalidades, asimismo el T.U.O. del
Código Tributario establece que mediante Ordenanza se
crean, modifican y se suprimen, tributos, por lo que a tra-
vés de una Ordenanza es que se debe otorgar las faculta-
des respectivas al Alcalde para que en casos de precarie-
dad económica extrema y/o la muerte de personas que se
produzca por enfermedades incurables, siendo que los fa-
miliares han tenido que pasar por un penoso tratamiento
del fallecido; comprobado ello en un informe social, se pue-
dan resolver estos casos, exonerando y/o fraccionando el
Pago del Derecho de Entierro, conforme las circunstancias
lo ameriten;
Que, en la medida que no se encuentra regulada la exo-
neración y/o fraccionamiento del pago del derecho de En-
tierro, no es factible el otorgamiento de los mismos en sede
administrativa, lo que genera dilaciones innecesarias, por
lo que urge establecer este derecho debidamente susten-
tado en los informes de las trabajadoras sociales de la
Municipalidad de Comas, comprobándose en forma indu-
bitable la calidad de pobreza y extrema pobreza de los so-
licitantes;
Que, la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad
de Comas, aprobada mediante Ordenanza Nº 99-C/MC,
establece la creación de la Subgerencia de Cementerio
Municipal, órgano que depende directamente de la Geren-
cia Municipal;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades
conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgá-
nica de Municipalidades, luego del debate correspondiente,
el Pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD la siguien-
te:
ORDENANZA:
Artículo Primero.- OTORGAR, la Exoneración y/o Frac-
cionamiento de Pago del Derecho Administrativo por con-
cepto de Entierro a las personas que acrediten la condi-
ción de pobreza y que se encuentren en imposibilidad de
asumir el costo total y/o parcial de este Derecho.
Artículo Segundo.- Las exoneraciones y/o fraccio-
namientos de Pago por Derecho de Entierro se otorgarán
mediante Resolución de Alcaldía, previo informe de las Tra-
bajadoras Sociales de la Municipalidad de Comas.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Munici-
pal por intermedio de la Subgerencia de Cementerio Muni-
cipal se centralice los Expedientes Administrativos de las
solicitudes de exoneración y/o fraccionamiento de Pago por
Derecho de Entierro para la evaluación correspondiente,
caso por caso, tomando en cuenta el informe socio-econó-
mico de la Trabajadora Social de la Municipalidad, a efec-
tos de determinar mediante Resolución la procedencia o
improcedencia de las exoneraciones solicitadas.
Artículo Cuarto.- SOLICITAR, a la Alcaldía por inter-
medio de la Gerencia Municipal que, precise las Funcio-
nes de la Subgerencia de Cementerio Municipal dentro de
las cuales se efectuará la entrega de las Constancias y/o
permisos correspondientes que guarden relación con la
inhumación en los Cementerios de Comas.
Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Munici-
pal a través de la Subgerencia de Cementerios elabore el
Reglamento de Cementerios y del procedimiento de exo-
neración y/o fraccionamiento del Pago por concepto de
derecho de entierro en el término de 60 días.
Artículo Sexto.- DISPENSAR, de la lectura del Acta,
para que la presente Ordenanza entre en vigencia de in-
mediato.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
10924
Autorizan la realización de sorteo extra-
ordinario para contribuyentes que se
encuentran al día en el pago del impues-
to predial y arbitrios de limpieza públi-
ca, parques y jardines
ORDENANZA Nº 123-C/MC
Comas, 31 de mayo de 2004
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