1062 121-C/MC - Otorgan exoneración o fraccionamiento de pago de derecho administrativo por concepto de entierro a personas en condición de pobreza

Fecha de publicación10 Junio 2004
Fecha de disposición10 Junio 2004
Pág. 270119
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 10 de junio de 2004
Que, mediante los informes de vistos, del Director de
Desarrollo e Infraestructura Urbano Rural, del Director de
Servicios Municipales, y del Director de Rentas, respecti-
vamente, se solicita la inclusión, en el Plan Anual de Ad-
quisiciones y Contrataciones, de los procesos de selec-
ción correspondientes para la adquisición de bienes, obras
y servicios requeridos por las Direcciones antes anotadas;
Con la opinión favorable de la Gerencia Municipal, Ofi-
cina de Planeamiento y Presupuesto, Dirección de Admi-
nistración y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y en uso de
las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 - Ley Orgáni-
ca de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la inclusión de los proce-
sos de selección que se detallan en el Anexo 1, que forma
parte integrante de la presente Resolución, en el Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Dis-
trital de Carabayllo, correspondiente al ejercicio presupues-
tal del 2004.
Artículo Segundo.- Aprobar la exclusión de los proce-
sos de selección que se detallan en el Anexo 2, que forma
parte integrante de la presente Resolución, del Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Dis-
trital de Carabayllo, correspondiente al ejercicio presupues-
tal del 2004.
Artículo Tercero.- En consecuencia, el nuevo Plan
Anual modificado es conforme se detalla en el Anexo Nº 3,
que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Oficina de Secre-
taría General, remita copia de la presente Resolución al
CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Peque-
ña y Microempresa - PROMPYME, dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes a su aprobación, y su publicación
en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA
Alcalde
10923
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Otorgan exoneración o fraccionamiento
de pago de derecho administrativo por
concepto de entierro a personas en con-
dición de pobreza
ORDENANZA Nº 121-C/MC
Comas, 19 de mayo de 2004
EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de
mayo del 2004, el Dictamen de la Comisión de Desarrollo
Humano, relacionado con la exoneración y/o fraccio-
namiento de Pago del Derecho Administrativo por concep-
to de Entierro a las personas que acrediten la condición de
pobreza y que se encuentren en imposibilidad de asumir el
costo total y/o parcial de este derecho; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú señala en su Artí-
culo 74º que: "Los Gobiernos Locales pueden crear, modi-
ficar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de és-
tas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala
la Ley";
Que, analizado en Informe Nº 014-2004-SGRC-GHD
de la Subgerencia de Registro Civil y el Informe Nº 0148-
2004-GAL/MC de la Gerencia de Asesoría Legal, se tiene
que efectivamente la Municipalidad de Comas administra
tres cementerios en el distrito y concurren en ellos perso-
nas en situación de pobreza solicitando que se les exone-
re y/o otorgue facilidades de Pago del derecho administra-
tivo por entierro, hecho que no se encuentra debidamente
establecido en el TUPA de la Municipalidad de Comas;
Que, los límites que establece el Artículo 74º de la Cons-
titución Política del Perú se encuentran configuradas en la
Ley Orgánica de Municipalidades, asimismo el T.U.O. del
Código Tributario establece que mediante Ordenanza se
crean, modifican y se suprimen, tributos, por lo que a tra-
vés de una Ordenanza es que se debe otorgar las faculta-
des respectivas al Alcalde para que en casos de precarie-
dad económica extrema y/o la muerte de personas que se
produzca por enfermedades incurables, siendo que los fa-
miliares han tenido que pasar por un penoso tratamiento
del fallecido; comprobado ello en un informe social, se pue-
dan resolver estos casos, exonerando y/o fraccionando el
Pago del Derecho de Entierro, conforme las circunstancias
lo ameriten;
Que, en la medida que no se encuentra regulada la exo-
neración y/o fraccionamiento del pago del derecho de En-
tierro, no es factible el otorgamiento de los mismos en sede
administrativa, lo que genera dilaciones innecesarias, por
lo que urge establecer este derecho debidamente susten-
tado en los informes de las trabajadoras sociales de la
Municipalidad de Comas, comprobándose en forma indu-
bitable la calidad de pobreza y extrema pobreza de los so-
licitantes;
Que, la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad
de Comas, aprobada mediante Ordenanza Nº 99-C/MC,
establece la creación de la Subgerencia de Cementerio
Municipal, órgano que depende directamente de la Geren-
cia Municipal;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades
conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgá-
nica de Municipalidades, luego del debate correspondiente,
el Pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD la siguien-
te:
ORDENANZA:
Artículo Primero.- OTORGAR, la Exoneración y/o Frac-
cionamiento de Pago del Derecho Administrativo por con-
cepto de Entierro a las personas que acrediten la condi-
ción de pobreza y que se encuentren en imposibilidad de
asumir el costo total y/o parcial de este Derecho.
Artículo Segundo.- Las exoneraciones y/o fraccio-
namientos de Pago por Derecho de Entierro se otorgarán
mediante Resolución de Alcaldía, previo informe de las Tra-
bajadoras Sociales de la Municipalidad de Comas.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Munici-
pal por intermedio de la Subgerencia de Cementerio Muni-
cipal se centralice los Expedientes Administrativos de las
solicitudes de exoneración y/o fraccionamiento de Pago por
Derecho de Entierro para la evaluación correspondiente,
caso por caso, tomando en cuenta el informe socio-econó-
mico de la Trabajadora Social de la Municipalidad, a efec-
tos de determinar mediante Resolución la procedencia o
improcedencia de las exoneraciones solicitadas.
Artículo Cuarto.- SOLICITAR, a la Alcaldía por inter-
medio de la Gerencia Municipal que, precise las Funcio-
nes de la Subgerencia de Cementerio Municipal dentro de
las cuales se efectuará la entrega de las Constancias y/o
permisos correspondientes que guarden relación con la
inhumación en los Cementerios de Comas.
Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Munici-
pal a través de la Subgerencia de Cementerios elabore el
Reglamento de Cementerios y del procedimiento de exo-
neración y/o fraccionamiento del Pago por concepto de
derecho de entierro en el término de 60 días.
Artículo Sexto.- DISPENSAR, de la lectura del Acta,
para que la presente Ordenanza entre en vigencia de in-
mediato.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
10924
Autorizan la realización de sorteo extra-
ordinario para contribuyentes que se
encuentran al día en el pago del impues-
to predial y arbitrios de limpieza públi-
ca, parques y jardines
ORDENANZA Nº 123-C/MC
Comas, 31 de mayo de 2004

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