RESOLUCION N° 342-2013-SUNARP-SN - Aprueban formularios de solicitudes de Copia Simple de Partidas Registrales y de Boleta Informativa del Registro de Propiedad Vehicular

Fecha de publicación17 Diciembre 2013
Fecha de disposición17 Diciembre 2013
El Peruano
Martes 17 de diciembre de 2013
509320
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aprueban formularios de solicitudes de
Copia Simple de Partidas Registrales y
de Boleta Informativa del Registro de
Propiedad Vehicular
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL
DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 342-2013-SUNARP-SN
Lima,13 de diciembre de 2013
VISTOS, el Of‌i cio N° 1347-2013-SUNARP-ZRN°IX/
JEF de fecha 24 de setiembre de 2013 y el informe
N° 126-2013-SUNARP/DTR de fecha 11 de diciembre de
2013 emitido por la Dirección Técnica Registral, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 26366, modificada por la Ley
N° 30065, se creó el Sistema Nacional de los Registros
Públicos y la Superintendencia Nacional, con la f‌i nalidad
de mantener y preservar la unidad y coherencia del
ejercicio de la función registral en todo el país, orientado
a la simplif‌i cación, integración y modernización de la
función, procedimientos y gestión de todos los registros
que lo integran;
Que, a f‌i n de modernizar y mejorar los servicios
registrales, con Resolución N° 166-2012-SUNARP/SN
del 27 de junio de 2012, se aprobó la Política de Calidad
de la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos, para reiterar el compromiso de la Entidad de
brindar al ciudadano servicios de inscripción y publicidad
ef‌i caces, ef‌i cientes, predictibles, transparentes y
oportunos;
Que, en el marco de la implementación de los
procesos conducentes a brindar un mejor y más ef‌i ciente
servicio de publicidad con un sistema de gestión de
calidad, se dispuso mediante Resolución Jefatural N°
849-2012-SUNARP-ZRN°IX/JEF del 20 de julio de 2012,
la aprobación del Formato de Solicitud de Publicidad
Registral correspondientes a los servicios de Copia
Simple de Partidas Registrales en el Registro de Personas
Naturales, Personas Jurídicas y Propiedad Inmueble; y la
Boleta Informativa del Registro de Propiedad Vehicular;
que permitan al usuario obtener un servicio de copia
simple y boleta informativa vehicular de manera sencilla
y oportuna;
Que, con fecha 29 de octubre de 2012, se otorgó a la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, la
Certif‌i cación ISO 9001:2008, sobre el Sistema de Gestión
de Calidad para los servicios de publicidad registral
señalados en el párrafo precedente;
Que, mediante of‌i cio N° 1347-2013-SUNARP-
ZR.N°IX/JEF de fecha 24 de setiembre de 2013,
la Jefatura Zonal de la Zona Registral IX – Sede
Lima informa y propone a esta Superintendencia,
determinadas modif‌i caciones a los formatos de solicitud
de publicidad registral, correspondiente a los servicios
de Copia Simple de Partidas Registrales del Registro
de Personas Naturales, Personas Jurídicas y Propiedad
Inmueble; y a la Boleta Informativa del Registro de
Propiedad Vehicular; a efectos de que estos cambios
generen mayor aceptación por parte del usuario y como
consecuencia, reducir el índice de errores en el llenado,
conforme a los resultados obtenidos en las pruebas
realizadas los días 03/06/2013 y 04/06/2013.
Que, esta Superintendencia considera que los
cambios introducidos a los formatos de Copia Simple
de Partidas Registrales y Boleta Informativa del
Registro de Propiedad Vehicular aprobados mediante
Resolución de Jefatural N° 849-2012-SUNARP-ZRN°IX/
JEF, son pertinentes, debido a que simplif‌i can y facilitan
el llenado que deben realizar los usuarios del registro a
dichos formatos;
Que, esta superintendencia considera necesario
que los formatos modif‌i cados de Copia Simple de
Partidas Registrales y Boleta Informativa del Registro
de Propiedad Vehicular en el marco de las normas sobre
gestión de calidad del ISO9001, puedan ser replicados
a nivel nacional, a f‌i n de homogenizar y estandarizar
este tipo de formatos, de manera que todas las of‌i cinas
que conforman el sistema nacional de los Registros
Públicos, puedan ponerlos a disposición del público
usuario;
Que, estando a lo señalado en el artículo 130°
del Texto Único Ordenado del Reglamento General
de los Registros Públicos y al artículo 9° inciso x) del
Reglamento de Organización y Funciones – ROF de
la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo N° 012-
2013-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar los formatos que
serán utilizados a nivel nacional, por todas las Of‌i cinas
Registrales que conforman el Sistema Nacional de los
Registros Públicos, siendo los siguientes:
-Formulario de Solicitud de Copia Simple de Partidas
Registrales.
-Formulario de Solicitud de Boleta Informativa del
Registro de Propiedad Vehicular.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto lo dispuesto por la
Resolución Jefatural N° 849-2012-SUNARP-ZRN°IX/JEF
de fecha 20 de julio de 2012, que aprobó los formatos de
solicitud de copia simple de partidas Registrales y de solicitud
de Boleta Informativa del registro de propiedad vehicular.
Artículo Tercero.- Lo dispuesto en la presente resolución
entrará en vigencia al día hábil siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano. Las Of‌i cinas Registrales que a la
fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, aún
mantuvieran en stock formatos de solicitud de copia simple
de partidas registrales y formatos de solicitud de Boleta
Informativa del Registro de propiedad Vehicular, podrán
seguir utilizándolos hasta su agotamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
Item Base Legal Supuesto de infracción Infractor Condición
Num Inc Art.
8 3 f 192° No transmitan a la Administración Almacén - Las mercancías hayan arribado por vía
Aduanera la información referida a la Aduanero marítima.
tarja al detalle, la relación de bultos - Las infracciones deben haberse cometido:
faltantes o sobrantes, o las actas de a) En la Intendencia de Aduana Marítima
inventario de aquellos bultos arribados del Callao: del 3.2.2014 al 3.5.2014.
en mala condición exterior, en la forma b) En las Intendencias de Aduana de Paita,
y plazo que señale el reglamento. Salaverry, Chimbote, Pisco, Mollendo e Ilo:
del 9.12.2013 al 9.3.2014.
- El infractor regularice la obligación incum-
plida transmitiendo la información omitida.
1028479-1

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