2827 168-2000-ED - Designan Director General de la Oficina de Formación de Personal Científico y Tecnológico del CONCYTEC

Fecha de publicación03 Noviembre 2000
Fecha de disposición03 Noviembre 2000
Pág. 194610
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 3 de noviembre de 2000
Artículo 2º.- Los montos aprobados en el Anexo
que se señala en el artículo precedente, se desagregan
a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Función, Progra-
ma, Grupo Genérico de Gastos y Fuentes de Financia-
miento de acuerdo a los reportes que forman parte del
Calendario de Compromisos del mes de noviembre del
año fiscal 2000.
Regístrese y comuníquese.
REYNALDO BRINGAS DELGADO
Director General
Dirección Nacional del Presupuesto Público
ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 041-2000-EF/76.01
CALENDARIO DE COMPROMISOS
NOVIEMBRE DE 2000
SECCIONES EN NUEVOS SOLES
PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL 1200 079 498
RECURSOS ORDINARIOS 889 246 155
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 121 449 446
RECURSOS POR OPERAC.OFICIALES DE CREDITO INTERNO 15 392
RECURSOS POR OPERAC.OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 180 699 399
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 8 669 106
SEGUNDA :INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 904 619 640
RECURSOS ORDINARIOS 652 439 561
CANON Y SOBRECANON 19 317 200
PARTICIPACION EN RENTAS DE ADUANAS 9 002 779
CONTRIBUCIONES A FONDOS 80 894 175
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 132 807 573
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 10 158 352
TOTAL GENERAL: 2104 699 138
12605
EDUCACIÓN
Designan Director General de la Ofici-
na de Formación de Personal Científi-
co y Tecnológico del CONCYTEC
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 168-2000-ED
Lima, 2 de noviembre del 2000
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Director
General de la Oficina (D-6) de la Oficina de Formación
de Personal Científico y Tecnológico - OFOPCYT, del
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología - CON-
CYTEC;
Que, con la finalidad de garantizar y asegurar la
continuidad del servicio, es necesario designar a la perso-
na que ocupará el cargo mencionado en el considerando
precedente;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del
Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510 y
Decreto Ley Nº 25515 - Nombramiento de Cargo de Con-
fianza;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Designar a partir de la fecha al Dr.
Mauro Quiñones Aguilar, en el cargo de Director General
(Nivel D-6) de la Oficina de Formación de Personal Cien-
tífico y Tecnológico - OFOPCYT, del Consejo Nacional de
Ciencia y Tecnología - CONCYTEC.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FEDERICO SALAS GUEVARA S.
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Educación
12647
DEFENSA
Aprueban Normas de Practicaje Maríti-
mo y de los Prácticos Marítimos
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0472-2000/DCG
18 de octubre de 2000
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 153-86-MA/
DC de fecha 15 mayo 1986, se establecen las condiciones
mínimas para el desempeño como práctico, las cuales
están previstas actualmente en el Reglamento de Capita-
nías y de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacus-
tres, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-87/MA de
fecha 9 abril 1987;
Que, por Resolución Directoral Nº 159-86-MA/DC de
fecha 21 mayo 1986, se establece las cantidades mínimas
de prácticos para los terminales marítimos a cargo de la
Empresa Nacional de Puertos ENAPU S.A.;
Que, por Resolución Directoral Nº 178-86-MA/DC de
fecha 27 mayo 1986, se dictaron disposiciones para las
actividades de practicaje, las mismas que están norma-
das en el mencionado reglamento, así como las tarifas o los
servicios de practicaje que en la actualidad no es compe-
tencia de la Autoridad Marítima;
Que, con Resolución Directoral Nº 0311-99/DCG de
fecha 13 agosto 1999, se norma la permanencia de los
prácticos que laboran en boyas a nivel nacional para
garantizar la seguridad de las operaciones;
Que, por Resolución Directoral Nº 0044-93/DCG de
fecha 3 marzo 1993, se señalan los requisitos para las
empresas administradoras de prácticos, incluyéndose
posteriormente en el Texto Unico de Procedimientos Ad-
ministrativos de la Marina de Guerra del Perú, aprobado
por Decreto Supremo Nº 005-DE/MGP de fecha 10 marzo
2000;
Que, la Resolución A.485 (XII) del 19 noviembre 1981
de la Organización Marítima Internacional, aprobó las
Recomendaciones sobre la Formación y Competencia de
Prácticos que no sean prácticos de altura, así como los
procedimientos operacionales de los mismos;
Que, el Artículo 2º, inciso (f) de la Ley Nº 26620, Ley de
Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Flu-
viales y Lacustres, establecen que el ámbito de aplicación
de la presente Ley comprende a las personas naturales y
jurídicas, cuyas actividades se desarrollen en los ámbitos
marítimo, fluvial y lacustre, sin perjuicio de las atribucio-
nes que correspondan por ley a otros sectores de la admi-
nistración pública;
Que, el Artículo A-010201, inciso (18) del citado Regla-
mento, dispone que corresponde a la Dirección General de
Capitanías y Guardacostas efectuar el control de los
servicios de practicaje y pilotaje que se realicen en el
territorio nacional;
Que, el Artículo A-020201, incisos (d) y (g) del mencio-
nado Reglamento, estatuye que están bajo la jurisdicción
de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, las
naves que se encuentran en aguas nacionales, así como las
empresas y/o personas cuyas actividades se desarrollen
en o tengan alcance en el ámbito marítimo, fluvial o
lacustre;
Que, en la Sección I y II del Capítulo VI de la Parte "A"
del precitado Reglamento, se norma las labores de practi-
caje y pilotaje, obligatorias en los puertos designados por
la Autoridad Marítima, a cargo de prácticos calificados y

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