La forma de Gobierno en la Constitución Peruana

AutorCarlos Hakansson Nieto
Cargo del AutorTitular de la Cátedra Jean Monnet de Derecho Constitucional Europeo
Páginas329-351
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CAPÍTULO X
LA FORMA DE GOBIERNO
I. UNA APROXIMACIÓN REALISTA AL PROBLEMA
La Carta de 1993 ha sido precedida por once constituciones formales
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publicana. Como sabemos, la Constitución actual fue consecuencia de un
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embargo, luego de la caída del régimen autoritario, sus reglas sirvieron de
base para nombrar un Ejecutivo transitorio que gobernó con moderación,
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dencia del Tribunal Constitucional que la ha interpretado. Pese a estos
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sectores de la política que proponen el retorno a la Constitución de 1979,
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Pese al panorama descrito en el párrafo anterior, si considera-
mos que más de un país europeo tuvo más de una Carta Magna en
su historia constitucional, que en actualidad el ejecutivo predomina
en todas las formas de gobierno, que el Parlamento ha perdido pro-
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vaticinó una Sexta República para Francia752; entonces veremos que
752 En efecto, los primeros estudios sobre la Constitución francesa de 1958
no le preveían una larga vida ante una futura cohabitación; véase TRÍAS,
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en Revista de Estudios Políticos, N.º 143, 1965, pp. 33-73. Un resumen de las
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año de la primera cohabitación, la encontramos en FERNÁNDE Z—MIRAND A,
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los problemas que aquejan a la Constitución peruana no son propios
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presentan.
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pesimista sino conocer las disfunciones del presidencialismo peruano.
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contrarias con el espíritu constitucional, así como estudiar la posibi-
lidad de lograr una reforma viable para el Perú, pero observando el
Derecho Constitucional desde una perspectiva clásica. La idea central
que deseamos trasmitir consiste en prevenir que las recientes enmien-
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sino se corrigen determinadas “reglas de juego desigual” a favor del
Ejecutivo, concretamente, a la Presidencia de la República.
II. ALGUNAS REALIDADES DEL MARCO IBEROAMERICANO
Si nos damos cuenta las reformas constitucionales que más se
discutieron a comienzos del siglo XXI fueron las siguientes: la no re-
elección presidencial inmediata, la elección de congresistas por distrito
-
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nos preguntamos otra vez si esos cambios son los únicos que necesita
la Constitución para lograr la estabilidad política. Como explicamos en
-
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otras palabras, si los antecedentes remotos de la Carta peruana, como
-
bién es cierto que su adecuada comprensión se encuadra en los textos
constitucionales iberoamericanos. Por esta razón, es imprescindible
conocer la Constitución peruana en su propio ambiente, con el objeto

a sus notas más relevantes.
Carmen: “La V República Francesa: otra experiencia jurídico-constitucional
Revista de Derecho Político N.º 27-28, 1988, pp.
220-226.
753
28617 respectivamente.

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