Declaran infundada denuncia interpuesta por Ferrocarril Santuario Inca Machupicchu S.A.C. contra Ferrocarril Transandino S.A. por presunto abuso de posición de dominio

Fecha de disposición20 Octubre 2006
Fecha de publicación20 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
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330928 El Peruano
viernes 20 de octubre de 2006
Logística, de la Oficina de Planificación y Presupuesto y
de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- MODIFICAR el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones -PAAC 2006 del INDECI
a fin de incluir la contratación de la póliza de seguros
generales conforme al Anexo Nº 1: Reformulación, que
como anexo forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo Segundo.- DECLARAR en situación de
desabastecimiento inminente la contratación de los
siguientes seguros: Póliza de Incendio Multirriesgo, Sobre
Póliza 3D, Póliza de Vehículos, Póliza de Seguro de
Transporte y Póliza de Accidentes Personales y como
consecuencia disponer su contratación inmediata, en
tanto la ausencia de dicho servicio compromete la
estabilidad administrativa financiera y por ende la
continuidad de la prevención y atención de desastres,
conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo Tercero.- EXONERAR del proceso de
selección por adjudicación directa selectiva la
contratación del servicio de póliza de seguros generales
indicados en el párrafo anterior y autorizar a la Dirección
Nacional de Logística a contratar mediante acciones
inmediatas la contratación mencionada, por un valor
referencial de US$ 7,399.61 (Siete mil trescientos noventa
y nueve con 61/100 dólares americanos) monto que se
encuentra debidamente presupuestado según el Informe
de Disponibilidad Presupuestal Nº 722-DP-2006, del
13.OCT.2006, y que será financiado por la Fuente de
Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, asignados a la
Entidad, de acuerdo a lo expuesto en la parte
considerativa.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección
Nacional de Logística se encargue de realizar la
publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial
El Peruano, y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones
y Contrataciones del Estado - SEACE y en la página web
del INDECI, así como la remisión de copia autenticada
de la presente Resolución, del Informe Técnico y del
Informe Legal a la Contraloría General de la República,
dentro de los diez (10) días calendario siguientes a su
expedición.
Artículo Quinto.- DISPONER que la Secretaría
General ingrese la presente Resolución en el Archivo
General Institucional y notifique a la Sub Jefatura, a la
Dirección Nacional de Logística, a la Oficina de
Planificación y Presupuesto, a la Oficina de
Administración, al Organo de Control Institucional y a la
Oficina de Asesoría Jurídica para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES - PAAC 2006
ANEXO 1 REFORMULACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL RUC: 20135890031
Nombre de
Catálogo Unidad Fuente Fecha la Entidad Órgano Código de
Ítem Prece- Ante- Tipo de CIIU Ob jeto Síntesis de de Bienes de Can ti- Valor Tipo de de Probable Modali- Tipo Convocante encargado Ubicación Obser-
Ref. Único dente ceden- Pro- Ítem Especifica- y Servicios Medida dad Estimado Moneda Finan- de dad de de de la de la Ad- Geográfica v acio-
tes ceso ciones cia- Convo- Adqui- Con- Compra quisición nes
Técnicas miento catoria sición voca- Corporativa o Contra- Dep. Pro. Dis.
toria o Encargada tación
INCLUSION DE BIENES
1 1 - SI 0 - NO 9 - AMC 6603 8 - - Póliza de S85050006 5 - Unidad 1 7,399.61 2 - 00 10 - 0 - Con- 0 - No Dir. Nac. 15 01 31 Exonerado
Seguros Seguros Dólares Octubre vocatoria Subasta de por Des-
Generales Logística abasteci-
miento
Equivalente
en Nuevos
Soles
S/. 24,012
03303-1
INDECOPI
Declaran infundada denuncia
interpuesta por Ferrocarril Santuario
Inca Machupicchu S.A.C. contra
Ferrocarril Transandino S.A. por
presunto abuso de posición de dominio
RESOLUCIÓN Nº 064-2006-INDECOPI/CLC
Lima, 4 de setiembre de 2006
Expediente Nº 010-2004/CLC
Expediente Nº 012-2004/CLC
(Acumulados)
VISTOS:
Los Informes números 023-2005-INDECOPI/ST-CLC
y 013-2006-INDECOPI/ST-CLC del 13 de junio de 2005
y 23 de mayo de 2006, respectivamente, expedidos por
la Secretaría Técnica de esta Comisión; las
observaciones a los informes antes señalados, remitidos
por las empresas Ferrocarril Transandino S.A., Perurail
S.A. y Ferrocarril Santuario Inca Machupicchu S.A.C.;
las audiencias públicas de informe oral del 8 de febrero y
17 de julio de 2006; en el marco del procedimiento
administrativo sancionador iniciado de oficio y por
denuncia de parte en contra de Ferrocarril Trasandino
S.A. por un presunto abuso de posición de dominio; y,
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
1.1. Expediente Nº 012-2004/CLC
1. Mediante Oficio Nº 362-03-GG-OSITRAN, del 1
de agosto de 2003, el Organismo Supervisor de la
Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso
Público (en lo sucesivo, el Ositran) remitió al Instituto
Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad
Intelectual (en adelante, el Indecopi) copia de los Informes
números 074-03-GS-O3-OSITRAN, 177-03-GS-C3-
OSITRAN y 019-03-GAL-OSITRAN, y solicitó opinión
respecto de una posible infracción a las normas de libre
competencia en la que habría incurrido Ferrocarril
Transandino S.A. (en lo sucesivo, Fetrans), empresa
concesionaria del Ferrocarril Sur - Oriente (en lo
sucesivo, el FSO).
2. Mediante Informe Nº 055-2004/GEE, del 18 de
agosto de 2004, la Gerencia de Estudios Económicos
del Indecopi (en lo sucesivo, la GEE) concluyó y
recomendó lo siguiente:

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