08 242-2006/MINSA - Modifican el Cuadro de las Estrategias Sanitarias Nacionales y sus respectivos órganos responsables, en lo relativo a la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Mental y Cultura de Paz

EmisorSALUD
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2006
Pág. 314835
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 16 de marzo de 2006
Modifican el Cuadro de las Estrategias
Sanitarias Nacionales y sus respectivos
órganos responsables, en lo relativo a
la Estrategia Sanitaria Nacional de
Salud Mental y Cultura de Paz
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 242-2006/MINSA
Lima, 13 de marzo del 2006
Visto, el Expediente Nº 06-013804-001, que contiene
el Memorándum Nº 072-2006-DVM/MINSA;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 771-2004/
MINSA, de fecha 27 de julio de 2004, se estableció,
entre otras, la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud
Mental y Cultura de Paz, señalándose a la Dirección
General de Promoción de la Salud, como el órgano
responsable de la misma;
Que, seguidamente, por Resolución Ministerial Nº 772-
2004/MINSA, de la misma fecha, se nominó al Director
General de Promoción de la Salud como Coordinador de
la mencionada Estrategia Sanitaria;
Que, por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, se ha
aprobado el nuevo Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud, creándose en la
estructura orgánica de la Dirección General de Salud de
las Personas, a la Dirección de Salud Mental, cuyas
funciones guardan estrecha relación con los objetivos
de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Mental y
Cultura de Paz;
Que, teniendo en cuenta las funciones generales que
el citado Reglamento de Organización y Funciones
asigna a la Dirección de Salud Mental de la Dirección
General de Salud de las Personas, corresponde ahora,
a ese órgano de línea, la conducción de la Estrategia
Sanitaria Nacional de Salud Mental y Cultura de Paz;
siendo procedente dictar el acto resolutivo que permita
la correspondiente adecuación;
Con las visaciones de la Dirección General de Salud
de las Personas, de la Dirección General de Promoción
de la Salud, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y
del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del
artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de
Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar el Cuadro de las Estrategias
Sanitarias Nacionales y sus respectivos órganos
responsables, consignado en el artículo 1º de la
Resolución Ministerial Nº 771-2004/MINSA, de fecha 27
de julio de 2004, en lo que concierne a la Estrategia
Sanitaria Nacional de Salud Mental y Cultura de Paz, la
que, a partir de la fecha de la presente resolución,
desarrollará sus acciones bajo la responsabilidad de la
Dirección General de Salud de las Personas.
Artículo 2º.- Modificar el Cuadro de Coordinadores
Nacionales de las Estrategias Sanitarias Nacionales,
establecido en el artículo único de la Resolución
Ministerial Nº 772-2004/MINSA, de fecha 27 de julio de
2004, en lo que respecta a la Estrategia Sanitaria
Nacional de Salud Mental y Cultura de Paz, cuyo
Coordinador Nacional será, a partir de la fecha de la
presente resolución, el Director de la Dirección de
Salud Mental de la Dirección General de Salud de las
Personas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud
04841
Exceptúan de los alcances de la R.M.
Nº 452-2005-MINSA a las actividades
de capacitación del personal del Sector
Salud para intervenir en zonas
declaradas en Estado de Emergencia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 245-2006/MINSA
Lima, 13 de marzo del 2006
Visto el Oficio Nº 2091-2005-DG-OGDN/MINSA de
la Oficina General de Defensa Nacional;
CONSIDERANDO:
Que, el Perú por sus condiciones físico-geográficas
y geológicas se encuentra expuesto a fenómenos
naturales que con frecuencia causan desastres naturales
que periódicamente afectan al país entre los que se
encuentran las inundaciones, sequías, deslizamientos,
vulcanismo y sismicidad;
Que, no obstante, el territorio nacional presenta una
alta dinámica geofísica y geológica aunada a un uso y
ocupación del suelo espontáneo y sin un orden
apropiado, evidenciando un desarrollo de asentamientos
humanos sin la incorporación efectiva de normas y
medidas para la prevención y educación de los
desastres;
Que, desde esta perspectiva la información relativa
a las amenazas naturales y de orden humano resulta
vital para la valoración de la vulnerabilidad de la que son
sujetos la comunidad nacional y sus individuos, de esta
forma resulta necesario que la misma sea suministrada
al personal del Sector como base para el desarrollo de
políticas, programas y acciones con el objetivo de mitigar
el impacto de los desastres en la sociedad;
Que, durante los últimos meses se han declarado en
Estado de Emergencia diversas provincias de los
departamentos del Perú, estableciéndose en estos casos
que las instituciones del Gobierno deben ejecutar
acciones para atender a la población afectada, reducir y
minimizar los riesgos existentes y rehabilitar las zonas
afectadas;
Que, en atención a tales eventos que ponen en peligro
la salud y la vida de las personas, sus bienes y el medio
ambiente, se requiere implementar actividades
inmediatas de fortalecimiento de competencias y
capacidades del personal del Sector a través de la Oficina
General de Defensa Nacional que de acuerdo a lo
establecido en el literal l) del artículo 24º del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Salud,
aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, es el
órgano que tiene a su cargo, entre otras funciones,
diseñar los subprocesos de planeamiento de prevención
y control, así como de la movilización y logística de
intervención y control de emergencias;
Que, el Plan Nacional de Capacitación de los Recursos
Humanos del Ministerio de Salud 2005 - 2006, aprobado
por Resolución Ministerial Nº 452-2005/MINSA de fecha
14 de junio de 2005, establece en su artículo 3º que las
acciones de capacitación que ejecuten las dependencias
del MINSA, las cuales irroguen un gasto mayor a cuatro
(4) UIT , serán aprobadas por el Instituto de Desarrollo
de Recursos Humanos, las cuales se deberán regir a
las líneas estratégicas y programas de formación
referidas en el artículo 1º de la Resolución Ministerial
Nº 775-2004/MINSA, previa presentación del Plan
Nacional de Capacitación;
Que, la Resolución Ministerial Nº 452-2005/MINSA
establece en su artículo 5º que todas aquellas actividades
de capacitación no comprendidas en el Plan Anual de
Capacitación de los Recursos Humanos del Ministerio
de Salud quedarán desautorizadas;
Que, los procedimientos establecidos en la
Resolución Ministerial Nº 452-2005/MINSA no resultan
aplicables a situaciones de emergencia ya que por
su misma naturaleza excepcional requieren una

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