77 Nª 114-2006-MPC - Establecen monto de remuneración del Alcalde

Fecha de disposición29 Diciembre 2006
Fecha de publicación29 Diciembre 2006
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 29 de diciembre de 2006
336054
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Modifican texto del Código Nº 2350 de
la Tabla de Infracciones y Sanciones
Administrativas
ORDENANZA Nº 030-2006-MDLP
La Perla, 20 de diciembre del 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LA PERLA
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de
diciembre del 2006, bajo la presidencia del señor Alcalde,
Pedro López Barrios y con la asistencia de los señores
Regidores, Sr. Julio Enrique Oblitas Fernández, Sr. Juan
Carlos Rueda Cuba, Sr. Juan Ruiz Arsila, Sra. María Larenas
de Castro, Sra. Raquel Aliaga Rebatta, Sr. Juan Hamamoto
Miyasato, Sr. Julio César Barrientos Sandoval, Sra. Ana
Torres Vda. de Morales, Sr. Luís Alberto Salinas Pérez, la
Moción presentada por el señor Regidor Juan Ruiz Arsila,
Presidente de la Comisión de Protección de Seguridad
Ciudadana, sobre Modif‌i car el texto del Código N° 2350 de
la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas, que
forma parte integrante de la Ordenanza N° 006-2003-MDLP
que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones; y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
194° de la Constitución Política del Estado, establece
“que las Municipalidades Distritales son órganos de
gobierno local, que tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia”;
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo inciso 8
atribuciones del Concejo Municipal el aprobar, modif‌i car o
derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que al momento de redactarse la Tabla de Infracciones
y Sanciones Administrativas parte componente de la
Ordenanza N° 006-2003-MDLP, Régimen de Aplicación
de Sanciones, en la parte correspondiente al capitulo de
Espectáculos Públicos no Deportivos, en el código 2350
cuyo texto dice: “Por realizar espectáculos no deportivos
sin autorización municipal”, se ha omitido la palabra
“públicos”, siendo lo correcto: “Por realizar espectáculos
públicos no deportivos sin autorización municipal”;
Que la omisión observada al referido código del
RAS debe ser corregida, a f‌i n de establecer su correcta
aplicación al momento de imponer la notif‌i cación,
teniendo en cuenta que en el TUPA se establece el
procedimiento para obtener la autorización para realizar
“ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS”;
Que, mediante OFICIO Nº963-2006-ALC-MDLP
se remite a la Comisión de Protección y Seguridad
Ciudadana, para la emisión del Dictamen respectivo;
Que, mediante Moción de Orden del Día presentado por
el señor Regidor Juan Ruíz Arsila, Presidente de la Comisión
de Protección y Seguridad Ciudadana, fundamenta la
Moción de Orden del Día, para el debate y votación porque
la Comisión ha elaborado el Dictamen correspondiente;
Que, habiendo el Pleno del Concejo Municipal
aprobado por Unanimidad para que pase a la Orden del
Día para el debate y votación;
Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación
ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido
su pronunciamiento f‌i nal;
Estando a lo dispuesto por el inciso 8 del Artículo y
los miembros del Concejo aprobaron por UNANIMIDAD, la
siguiente:
ORDENANZA
MODIFICA EL TEXTO DEL CÓDIGO N° 2350 DE
LA TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES
ADMINISTRATIVAS QUE FORMA PARTE
INTEGRANTE DE LA ORDENANZA
N° 006-2003-MDLP, QUE APRUEBA EL
RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES
Artículo Primero.- Modif‌i case el texto del Código
N° 2350 de la Tabla de Infracciones y Sanciones
Administrativas, que forma parte integrante de la
Ordenanza N° 006-2003-MDLP que aprueba el Régimen
de Aplicación de Sanciones, en los siguientes términos.
ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS
CÓDIGO MOTIVO SANCIÓN
2350 Por realizar espectáculos públicos no deportivos
sin autorización municipal 50 % U.I.T.
Artículo Segundo.- Incorpórese lo dispuesto en el
articulo anterior a la Tabla de Infracciones y Sanciones
Administrativas que forma parte integrante de la
Ordenanza N° 006-2003-MDLP que aprueba el Régimen
de Aplicación de Sanciones.
Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y
f‌i scalización de la presente Ordenanza a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y
Gerencia de Seguridad Ciudadana.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza regirá a
partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS
Alcalde
10736-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CASMA
Establecen monto de remuneración del
Alcalde ACUERDO DE CONCEJO
Nº 114-2006-MPC
Casma, 6 de noviembre del 2006
VISTO: en Sesión Extraordinaria de Concejo de
la fecha, el Of‌i cio Nº 001-2006-CG/ORHZ-MPC-CH
seguido por la Contraloría General de la República, sobre
Comunicación de Hallazgos;
CONSIDERANDO:
Que, a la fecha la Contraloría General de la República
viene efectuando una acción de control a la gestión municipal
correspondiente al período 2003 hasta 2005, en tal sentido y
con motivo de tal acción, ha formulado hallazgos de auditoría,
siendo uno de ellos el de haber aprobado mediante Acuerdo
de Concejo Nº 011-2005-MPC de fecha 24 de febrero del
2005, Fijar en 1,5 UIT, la Remuneración del Alcalde y no en
su equivalente, lo que originó un aumento automático en el
siguiente año por el incremento de la UIT;
Que, el Pleno del Concejo ha tomado conocimiento
del mismo, motivo por el cual, ha tomado el siguiente
Acuerdo de Concejo;
Estando al voto Unánime del Pleno de Concejo y de
conformidad con las facultades que otorga la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972;
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- Cambiar la denominación de 1,5 UIT
considerado en el Acuerdo de Concejo Nº 011-2005-MPC
con relación a la Remuneración Mensual del Alcalde de la
Municipalidad Provincial de Casma y se establezca que el
monto a percibir será de S/. 4950 Nuevos Soles, el mismo
que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del 2006.
Artículo Segundo.- Se dispone que el Alcalde efectúe
la Devolución del pago en exceso incluyendo el interés
legal en un lapso de 48 horas.
Artículo Tercero.- Encargar a Gerencia Municipal, a
f‌i n que por su intermedio recomiende a los Funcionarios
poner celo en sus funciones a f‌i n de evitar que el Pleno del
Concejo cometa errores por informes que no se ajustan a
las normativas vigentes.
Artículo Cuarto.- Hacer conocer el presente Acuerdo
de Concejo a Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
RODOLFO ALEJANDRO ALBA MEZA
Alcalde
9497-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR