RESOLUCION N° 40-2013/CNB-INDECOPI - Aprueban Enmienda a Norma Técnica Peruana sobre especias, condimentos y hierbas aromáticas
Emisor | INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL |
Fecha de la disposición | 6 de Julio de 2013 |
El Peruano
Sábado 6 de julio de 2013 498777
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la
Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada
mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al
11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización
y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo
1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado
mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde
a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de
Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad
de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las
Normas Técnicas recomendables para todos los sectores
y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de
los Comités Técnicos de Normalización;
Que, las actividades de Normalización deben realizarse
sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción,
Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo
3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la
Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado
a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa
26407. Dicho Código viene siendo implementado por la
Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización,
del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y
Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento
de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante
Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI;
Que, toda vez que las actividades de elaboración y
actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse
con la participación de representantes de todos los sectores
involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en
Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó
el Comité Técnico de Normalización de Aditivos alimentarios
de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités
Técnicos de Normalización antes señalado;
Que, el Comité Técnico de Normalización citado,
presentó el Proyecto de Corrigendum de la Norma Técnica
Peruana en la fecha indicada:
Aditivos alimentarios, 1 PNTP/COR 1, el 24 de abril
de 2013.
Que, el Proyecto de Corrigendum de la Norma Técnica
Peruana fue elaborado de acuerdo al Reglamento de
Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas;
Que, la Comisión acorde a lo informado por el
mencionado Comité, confi rmó la necesidad de aprobar el
Corrigendum de la Norma Técnica Peruana;
Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica,
de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto
Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la
Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el
acuerdo unánime de sus Miembros.
RESUELVE
APROBAR como Corrigendum a la Norma Técnica
Peruana, la siguiente:
NTP 011.207:1988 (revisada el COCHINILLA. Método de
2010)/COR 1:2013 ensayo para la determinación
del contenido de humedad.
1ª Edición
Con la intervención de los señores miembros: Augusto
Ruiloba Rossel, Antonio Blanco Blasco, Fabián Novak
Talavera y Augusto Mello Romero.
AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Normalización y
de Fiscalización de Barreras Comerciales
No Arancelarias
958159-1
Aprueban Enmienda a Norma Técnica
Peruana sobre especias, condimentos y
hierbas aromáticas
RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE
FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES
NO ARANCELARIAS Nº 40-2013/CNB-INDECOPI
Lima, 19 de junio de 2013
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la
Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada
mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al
11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización
y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo
1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado
mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde
a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de
Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad
de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las
Normas Técnicas recomendables para todos los sectores
y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de
los Comités Técnicos de Normalización;
Que, las actividades de Normalización deben realizarse
sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción,
Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo
3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la
Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado
a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa
26407. Dicho Código viene siendo implementado por la
Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización,
del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y
Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento
de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante
Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI;
Que, toda vez que las actividades de elaboración
y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben
realizarse con la participación de representantes de todos
los sectores involucrados: producción, consumo y técnico,
constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la
Comisión conformó el Comité Técnico de Normalización
de Especias, condimentos y hierbas aromáticas de
acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités
Técnicos de Normalización antes señalado;
Que, el Comité Técnico de Normalización citado,
presentó el Proyecto de Enmienda de la Norma Técnica
Peruana en la fecha indicada:
Especias, condimentos y hierbas aromáticas, 1 PNTP/
ENM 1, el 17 de mayo de 2013.
Que, el Proyecto de Enmienda de la Norma Técnica
Peruana fue elaborado de acuerdo al Reglamento de
Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas;
Que, la Comisión acorde a lo informado por el
mencionado Comité, confi rmó la necesidad de aprobar la
Enmienda de la Norma Técnica Peruana;
Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica,
de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto
Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la
Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el
acuerdo unánime de sus miembros.
RESUELVE:
APROBAR como Enmienda a la Norma Técnica
Peruana, la siguiente:
NTP 209.190:2011/ENM 1:2013 ESPECIAS, CONDIMENTOS
Y HIERBAS AROMÁTICAS.
Orégano. Requisitos. 1ª Edición
Con la intervención de los señores miembros: Augusto
Ruiloba Rossel, Antonio Blanco Blasco, Fabián Novak
Talavera y Augusto Mello Romero.
AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Normalización y
de Fiscalización de Barreras Comerciales
No Arancelarias
958159-2
Aprueban cuatro Normas Técnicas
Peruanas sobre conservas de productos
pesqueros, anchoas y trucha
RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE
FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES
NO ARANCELARIAS Nº 41-2013/CNB-INDECOPI
Lima, 19 de junio de 2013
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