RESOLUCION N° 008-2013-SUNAT/3A0000 - Aprueban Procedimiento Específico 'Ingreso de Computadoras Portátiles por Tripulantes de las Compañías Aéreas' INTA-PE.14.01 (versión 3)

Fecha de disposición25 Agosto 2013
Fecha de publicación25 Agosto 2013
AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Domingo 25 de agosto de 2013
501747
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
D.S. N° 095-2013-PCM.- Decreto Supremo que declara el
Estado de Emergencia en el distrito de Morococha, de la
provincia de Yauli, en el departamento de Junín 501749
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
R.M. N° 225-2013-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de
representantes del Ministerio a México, en comisión de
servicios 501750
DEFENSA
RR.SS. N°s. 430 y 431-2013-DE/.- Autorizan viaje de
Personal Militar FAP a los EE.UU. y Chile, en comisión de
servicios 501750
R.D. N° 0387-2013-MGP/DCG.- Aprueban cuadro de
equivalencias de competencias y requisitos mínimos
que deberá reunir el Personal Superior y Subalterno,
en actividad, que forma parte de las dotaciones de las
Unidades Auxiliares de la Marina de Guerra del Perú que
efectúen labores comerciales 501752
R.D. N° 0389-2013-MGP/DCG.- Ponen en conocimiento
entrada en vigor de las enmiendas de Manila 2010 al
Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente
de Mar (Código de Formación) y la Resolución 2 de la
Conferencia de las Partes en el Convenio sobre Normas
de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar
(Convenio de Formación) 501753
R.D. N° 0390-2013-MGP/DCG.- Aprueban incorporación
a las normas nacionales de enmiendas adoptadas al
Convenio Internacional sobre normas de Formación,
Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Convenio de
Formación), 1978, y al Código de Formación, Titulación
y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación)
501755
R.D. N° 0553-2013-MGP/DCG.- Aprueban incorporación
a las normas nacionales de enmiendas adoptadas al
Código Internacional de Seguridad para Naves de Gran
Velocidad (Código NGV 1994) 501756
ENERGIA Y MINAS
R.M. N° 333-2013-MEM/DM.- Aprueban modif‌i cación
de concesión temporal a favor de Sechín Empresa de
Generación Eléctrica S.A., para desarrollar estudios
relacionados a la actividad de generación eléctrica
501757
INTERIOR
D.S. N° 013-2013-IN.- Norma que modif‌i ca el artículo
2° del Decreto Supremo N° 009-2013-IN, que f‌i ja zonas
geográf‌i cas para la implementación del Régimen Especial
de Control de Bienes Fiscalizados 501758
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
R.S. N° 109-2013-JUS.- Autorizan viaje de Procurador
Público Especializado Supranacional y de abogados de
la Procuraduría Pública Especializada Supranacional a
Costa Rica, en comisión de servicios 501759
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.S. N° 033-2013-MTC.- Autorizan viaje de profesional
de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Colombia,
en comisión de servicios 501760
R.M. N° 498-2013-MTC/01.- Designan representante del
Ministro de Transporte y Comunicaciones ante el Grupo de
Trabajo encargado de ejecutar las acciones que permitan
la realización de la Décimo Quinta Conferencia General
de la ONUDI 501760
R.M. N° 500-2013-MTC/02.- Autorizan viaje de Inspector
de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Argentina,
en comisión de servicios 501761
R.VM. N° 375-2013-MTC/03.- Aprueban transferencia
de autorización otorgada mediante R.VM. N° 018-2007-
MTC/03 a favor de persona natural 501762
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE
TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Res. N° 076-2013-GG-OSITRAN.- Precisan reajuste tarifario
aplicable a servicios portuarios regulados prestados en el
Terminal Portuario de Matarani, para el período entre el 17 de
agosto de 2013 hasta el 16 de agosto de 2014 501763
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Res. N° 137-2013-SERVIR-PE.- Asignan Gerentes
Públicos en cargos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social 501763
Sumario
Año XXX - Nº 12565
El Peruano
Domingo 25 de agosto de 2013
501748
SUPERINTENDENCIA DEL
MERCADO DE VALORES
Res. N° 099-2013-SMV/10.2.- Otorgan autorización
de organización de sociedad administradora de fondos
de inversión que será denominada Penny & SRM
Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.
501764
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. N° 008-2013-SUNAT/3A0000.- Aprueban
Procedimiento Específ‌i co “Ingreso de Computadoras
Portátiles por Tripulantes de las Compañías Aéreas”
INTA-PE.14.01 (versión 3) 501765
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL
DE RESERVA
Res. N° 056-2013.- Autorizan viaje de funcionario a
Colombia, en comisión de servicios 501767
Circular N° 033-2013-BCRP.- Aprueban lista de bancos
de primera categoría 501767
DEFENSORIA
DEL PUEBLO
Res. N° 15-2013/DP.- Aprueban Informe Defensorial
N° 162 “A diez años de verdad, justicia y reparación.
Avances, retrocesos y desafíos de un proceso
inconcluso” 501767
INSTITUCIONES
EDUCATIVAS
Res. N° 1225.- Autorizan trámite correspondiente al apoyo
económico a favor de representante de la Universidad
Nacional de Ingeniería para viajar a EE.UU. en comisión
de servicios 501772
Res. N° 1226.- Autorizan trámite correspondiente al apoyo
económico a favor de representantes de la Universidad
Nacional de Ingeniería para viajar a Colombia en comisión
de servicios 501772
Res. N° 03082-R-13.- Modif‌i can Reglamento de
Organización y Funciones de la Universidad Nacional
Mayor de San Marcos 501772
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Res. N° 787-2013-JNE.- Declaran nulo lo actuado en
procedimiento de vacancia seguido contra alcalde de
la Municipalidad Distrital de Anco Huallo, provincia de
Chincheros, departamento de Apurímac 501773
Res. N° 801-2013-JNE.- Convocan a ciudadanos
para que asuman cargos de alcalde y regidora de
la Municipalidad Distrital de Cajaruro, provincia de
Utcubamba, departamento de Amazonas 501777
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 4988-2013.- Autorizan viaje del Superintendente
de la SBS a Colombia para participar en el I Foro Regional
de América Latina y El Caribe sobre Empresa y Derechos
Humanos 501778
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Ordenanza N° 010-2013-CR/GOB.REG.TACNA.-
Declaran de interés y necesidad regional el estudio de
la situación del Mercado del Transporte Terrestre de
Pasajeros dentro del ámbito de la Región Tacna 501779
Ordenanza N° 015-2013-CR/GOB.REG.TACNA.-
Declaran de interés regional la formación y equipamiento
de compañías de bomberos voluntarios en el ámbito de
la Región Tacna 501780
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza N° 1726.- Desafectan bien de uso público en
el distrito de San Juan de Lurigancho 501781
MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Ordenanza N° 292-MDCH.- Modif‌i can Anexos de la
Ordenanza N° 182-MCH 501781
Ordenanza N° 293-MDCH.- Aprueban Reglamento de la
Comisión Ambiental - CAM 501782
Ordenanza N° 294-MDCH.- Modif‌i can Reglamento de
Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Muebles de la
Municipalidad 501782
Ordenanza N° 295-MDCH.- Aprueban Ordenanza de
regularización obligatoria tributaria municipal “Chaclacayo
se regulariza” 501783
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
D.A. N° 017-2013.- Aprueban modif‌i cación de diversos
procedimientos y actualizan el TUPA de la Municipalidad
501785
MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Res. N° 209-2013-SGCHU-GDU-MDSMP.- Aprueban
habilitación urbana ejecutada de terreno ubicado en el
distrito 501786
Res. N° 236-2013-SGCHU-GDU-MDSMP.- Aprueban
regularización de habilitación urbana ejecutada de terreno
ubicado en el distrito 501788
SEPARATA ESPECIAL
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Circular N° 031-2013-BCRP.- Disposiciones de Encaje en
Moneda Nacional 501732
Circular N° 032-2013-BCRP.- Disposiciones de Encaje en
Moneda Extranjera 501739
El Peruano
Domingo 25 de agosto de 2013 501749
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el
Estado de Emergencia en el distrito de
Morococha, de la provincia de Yauli, en
el departamento de Junín
DECRETO SUPREMO
N° 095-2013-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el distrito de Morococha, de la provincia de
Yauli, en el departamento de Junín, es una localidad
tradicionalmente minera, cuyas actividades de explotación
datan del año 1763, con una población según datos
estadísticos del Instituto Nacional de Estadística e
Informática que alcanza los 4,884 habitantes, que en su
mayoría son trabajadores mineros;
Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº A 6636 “Peligro
Geológico en la Localidad de Morococha” emitido por el
Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, la
zona donde se ubica la mencionada localidad de Morococha,
viene encontrándose expuesta a movimientos en masa, con
deslizamientos, caída de rocas y derrumbes en las laderas,
causados principalmente por el tipo de material involucrado,
ausencia de cobertura vegetal, taludes excavados, a
lo que se suma como detonante principal las intensas
precipitaciones pluviales, la actividad sísmica natural, más
aún cuando dicha localidad se encuentra en una zona de
sismicidad alta, de acuerdo al Mapa de Zonif‌i cación Sísmica
del Perú; así como las vibraciones sísmicas generadas
por las detonaciones producto de las actividades mineras
actuales, así como la existencia subterránea de galerías de
explotación minera debajo de la ciudad; todo lo cual, sumado
a la calidad constructiva de las viviendas, convierte a dicha
localidad en una zona de alto riesgo.
Que, la Dirección de Respuesta del Instituto Nacional
de Defensa Civil – INDECI, mediante Informe Nº 004-2013-
INDECI/11.0 de fecha 20 de agosto de 2013, teniendo en
consideración el Informe Técnico Nº A 6636 “Peligro Geológico
en la Localidad de Morococha” emitido por el Instituto
Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET; informa sobre
la situación actual en el distrito de Morococha, de la provincia
de Yauli, en el departamento de Junín, señalando que dicha
localidad se encuentra en alto riesgo y con peligro inminente
por movimientos en masa, con desprendimientos de rocas
y otros, así como hundimiento o colapso por los factores de
sitio existentes como es galerías subterráneas de explotación
minera, cuya situación se agrava por la presencia de intensas
precipitaciones pluviales en la temporada de lluvias y la alta
sismicidad en la zona, por lo que manif‌i esta que es necesaria
la ejecución de acciones inmediatas y necesarias de respuesta
y rehabilitación en cuanto corresponda; así como de reducción
y minimización del alto riesgo existente en la zona afectada,
como es principalmente la inmediata reubicación temporal de
la población;
Que, la magnitud de la situación descrita demanda la
adopción de medidas inmediatas que permitan al Gobierno
Regional de Junín, a los Gobiernos Locales involucrados, con la
coordinación del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI,
y la participación del Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, el Ministerio de Salud, el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, y demás entidades públicas
competentes, a ejecutar acciones inmediatas y necesarias de
respuesta y rehabilitación en cuanto corresponda, así como de
reducción y minimización del alto riesgo existente en la zona
afectada, como es principalmente la inmediata reubicación
temporal de la población;
Que, el numeral 68.4 del artículo 68 del Reglamento
de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional
de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD),
señala que la Declaratoria del Estado de Emergencia,
podrá ser requerida por los titulares de los Ministerios y
Organismos Públicos Descentralizados, comprometidos
por la emergencia, los que canalizarán su solicitud a
través del INDECI; asimismo, el numeral 68.5 del mismo
artículo, establece que, excepcionalmente la Presidencia
del Consejo de Ministros puede presentar de of‌i cio
al Consejo de Ministros la Declaratoria del Estado de
Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente
o la ocurrencia de un desastre, previa comunicación de la
situación y propuesta de medidas y/o acciones inmediatas
que correspondan, efectuadas por el INDECI; por lo que
se cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de
Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del
Consejo de Ministros emitido con el Memorándum N°
178-2013-PCM-SGRD, considerando que corresponde
declarar el Estado de Emergencia;
De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la
Orgánica del Poder Ejecutivo, así como con el artículo 68
del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema
Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, aprobado
procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y
con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia
Declárese en Estado de Emergencia en el distrito de
Morococha, de la provincia de Yauli, en el departamento
de Junín, por el plazo de sesenta (60) días calendario, por
peligro inminente de movimientos en masa.
Artículo 2.- Acciones a ejecutar
El Gobierno Regional de Junín, los Gobiernos Locales
involucrados, con la coordinación del Instituto Nacional de
Defensa Civil – INDECI, y la participación del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio
de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
y demás entidades públicas competentes, ejecutarán
las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y
rehabilitación en cuanto corresponde; así como de reducción
y minimización del alto riesgo existente en la zona afectada,
siendo la principal, la inmediata reubicación temporal de
la población. Dichas acciones pueden ser modif‌i cadas de
acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se
vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los
estudios técnicos de las entidades competentes.
Artículo 3.- Responsabilidad de las
coordinaciones
El Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, será
responsable de realizar las coordinaciones necesarias
entre el Gobierno Regional y los Sectores, instituciones
y organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar
las acciones de respuesta, rehabilitación, así como de
reducción y minimización del muy alto riesgo existente, con
la f‌i nalidad de que éstas se inicien o se cumplan dentro
del plazo de vigencia de la Declaratoria de Estado de
Emergencia, debiendo mantener informada a la Secretaría
de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del
Consejo de Ministros del avance de las mismas.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por
el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de
Salud y el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
979710-1

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