FE DE ERRATA Res. N° 1444-2014-MP-FN - .

Fecha de publicación01 Mayo 2014
Fecha de disposición01 Mayo 2014
El Peruano
Jueves 1 de mayo de 2014 522059
MINISTERIO PUBLICO
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1444-2014-MP-FN
Mediante Of‌i cio Nº 7877-2014-MP-FN-SEGFIN, el
Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la
Resolución Nº 1444-2014-MP-FN, publicada en nuestra
edición del día 23 de abril de 2014.
- En VISTO Y CONSIDERANDO;
DICE:
Que, los Centros Poblados “La Morada”, “Santa Rosa
de Alto Yanajanta”, (...)
DEBE DECIR:
Que, los Centros Poblados de “La Morada”, “Santa
Rosa de Alto Yanajanca”, (...).
- En el Artículo Primero;
DICE:
Incorporar los Centros Poblados de “La Morada”,
“Santa Rosa de Alto Yanajanta”, (...).
DEBE DECIR:
“Incorporar los Centros Poblados de “la Morada”,
“Santa Rosa de Alto Yanajanca”, (...)
- En el Artículo Segundo;
DICE:
(...), a excepción de los Centros Poblados de “La
Morada”, “Santa Rosa de Alto Yanajanta”, (...).
DEBE DECIR:
(...), a excepción de los Centros Poblados de “La
Morada”, “Santa Rosa de Alto Yanajanca”, (...)
1078614-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a El Pacífico Peruano Suiza
Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.
el uso de agencia bajo la modalidad
de local compartido con el Banco
de Crédito del perú, ubicada en el
departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 2239-2014
Lima, 16 de abril de 2014
EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE
INSTITUCIONES PREVISIONALES Y DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por la empresa EL PACÍFICO
PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y
REASEGUROS S.A., para que se le autorice el uso de
una (01) agencia bajo la modalidad de local compartido
con el Banco de Crédito del Perú, ubicada en la provincia
y departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución SBS Nº 316-2000 de fecha
3 de mayo de 2000, se autorizó en vía de regularización
al Banco de Crédito del Perú, el funcionamiento de la
agencia ubicada en la Esquina Monterosa y Montegrande,
distrito de Surco, provincia y departamento de Lima;
Que, con fecha 11 de agosto de 2006 se otorgó el
Certificado de Licencia Municipal de Funcionamiento
Nº 002098-2006 al Banco de Crédito del Perú para el
establecimiento de dicha agencia, con dirección en Jr.
Monterosa Nº 181, Chacarilla del Estanque, distrito
de Santiago de Surco, provincia y departamento de
Lima;
Que, en aplicación del numeral 6.1 del Reglamento
de Apertura, conversión, traslado o cierre de of‌i cinas, uso
de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros
corresponsales, aprobado por la Resolución SBS Nº
6285-2013 de fecha 18 de octubre de 2013, la empresa
solicitante ha cumplido con presentar la documentación
correspondiente para el uso de la citada agencia, bajo la
modalidad de local compartido con el Banco de Crédito
del Perú;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión de Seguros “B”; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de
la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros y sus modif‌i catorias, la Resolución
SBS Nº 6285-2013; y, en virtud de la facultad delegada
mediante la Resolución SBS Nº 842-2012 del 27 de enero
de 2012;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a EL PACÍFICO PERUANO
SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS
S.A., el uso de una (01) agencia bajo la modalidad de
local compartido con el Banco de Crédito del Perú,
ubicada en Jr. Monterosa Nº 181, urbanización Chacarilla
del Estanque, distrito de Santiago de Surco, provincia y
departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ERNESTO BERNALES MEAVE
Intendente General de Supervisión de
Instituciones Previsionales y de Seguros (a.i.)
1078193-1
Modifican el Título V del Compendio
de Normas de Superintendencia
Reglamentarias del Sistema Privado
de Administración de Fondos de
Pensiones
RESOLUCIÓN SBS N° 2428-2014
Lima, 30 de abril de 2014
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 054-97-EF se aprobó
el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado
de Administración de Fondos de Pensiones, en adelante
TUO de la Ley del SPP;
Que, por Decreto Supremo Nº 004-98-EF se aprobó el
Reglamento del TUO de la Ley del SPP;
Que, el Título V del Compendio de Normas de
Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado
de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado
mediante Resolución Nº 080-98-EF/SAFP y sus
modif‌i catorias, referido a Af‌i liación y Aportes, regula el

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