Acciones entrelazadas contra daños ambientales graves: el impacto de Shell en Nigeria

AutorAntoni Pigrau & Antonio Cardesa-Salzmann
CargoDoctor en Derecho por la Universidad de Barcelona/Doctor en Derecho por la Universidad de Barcelona
Páginas217-240

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I Antecedentes

El delta del Níger es uno de los humedales y de los ecosistemas marinos más importantes del mundo y comprende un área de unos 70 000 kilómetros cuadrados. Nigeria es el primer productor de petróleo en África1. La extracción de petróleo por parte de diversas empresas ha tenido un impacto devastador en la región, producido por las propias operaciones extractivas, por la práctica ininterrumpida de quemar los gases procedentes de las operaciones de extracción de petróleo, por los continuos derrames de petróleo y por la deforestación, destruyendo el suelo, los recursos naturales y la economía de sus comunidades, basada en la agricultura de subsistencia y la pesca.

Según un informe del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PnuMa) presentado en agosto de 20112, la región es la zona más contaminada del mundo: en el delta del Níger se han vertido 2100 millones de litros de crudo en las cinco décadas en las que se ha extraído petróleo, a un ritmo de 42 millones de litros derramados cada año (cifra prácticamente idéntica a la del derrame causado en 1989 por el petrolero Exxon Valdez en Alaska). La recuperación total de la región requeriría entre veinticinco y treinta años de trabajo con un coste

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estimado solamente para los primeros cinco años de mil millones de dólares3. Y las personas han tenido que convivir con la contaminación, en muchos casos a lo largo de toda su vida. Se ha denunciado que las empresas petroleras operan en Nigeria por debajo de los estándares internacionales de buenas prácticas en el sector4.

La empresa Royal Dutch-Shell empezó a operar en Nigeria en 1957. En la actualidad Shell Petroleum Development Company of Nigeria (SPDC) es el operador de un acuerdo de joint venture que implica a la Nigerian National Petroleum Corporation (NNPC), que posee el 55 por ciento, Shell (30%), Elf Petroleum Nigeria Ltd. (10%) y Agip Nigeria Plc. (5%) y que ocupa más de 30 000 kilómetros cuadrados. Durante estos años, la empresa ha mantenido una estrecha relación con los distintos gobiernos de Nigeria —muchos de ellos gobiernos militares surgidos de golpes de Estado— y ha colaborado con ellos para reprimir la oposición popular a la continuación de sus operaciones en la región, facilitando sus infraestructuras y apoyo logístico y financiando a las tropas gubernamentales5. La represión fue especialmente cruel durante la década de 1990 contra el pueblo ogonique habita la región del mismo nombre, en el estado de Rivers6 y la organización que lideraba la oposición, el Movimiento para la Supervivencia del Pueblo Ogoni (MOSOP). Shell suspendió sus actividades en la zona en 1993. En 1994, junto a la destrucción de decenas de pueblos y aldeas, detenciones masivas, más de cien mil desplazados internos y una cifra estimada de dos mil civiles muertos, nueve miembros del MOSOP fueron detenidos, puestos en régimen de incomunicación bajo custodia militar, y luego juzgados sumariamente, condenados por asesinato y ejecutados en 1995 en la horca. Por todo ello han entrado en juego normas fundamentales del derecho internacional de los derechos humanos, como las que prohíben la tortura, las detenciones arbitrarias o los crímenes contra la humanidad. Tales normas forman parte del derecho internacional consuetudinario o están recogidas en distintos tratados internacionales, como la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de 19847, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 19668o la Carta

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Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos de 27 de junio de 19819.

La historia de la explotación del petróleo en Nigeria ha estado plagada de incidentes de contaminación. Unos de los últimos episodios de mayor gravedad se produjo el 20 de diciembre de 2011 con el vertido de cuarenta mil barriles de petróleo de la plataforma marina del yacimiento de Bonga, cercana a las costas del estado de Bayelsa.

Los afectados por esta situación han utilizado un conjunto de vías distintas, judiciales y no judiciales: no solo ante las instituciones de Nigeria sino también ante los tribunales de los Países Bajos (donde reside la empresa matriz) y de los Estados Unidos (utilizando la jurisdicción extraterritorial civil), ante los órganos del sistema africano de protección de los derechos humanos, ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Económica de Estados de África Occidental y ante los Puntos Nacionales de Contacto (PNC) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en los Países Bajos y en el Reino Unido. En este trabajo se denomina acciones entrelazadas a esta realidad en la que se promueven acciones diversas, de carácter judicial y no judicial, ante instituciones nacionales, en distintos países, e internacionales, y relativas a diversos aspectos concretos de un mismo problema de fondo, que se manifiesta claramente en el caso del impacto de Shell en Nigeria, pero que puede constatarse también en otros casos10.

II Acciones emprendidas ante organismos y tribunales nacionales
II 1. Nigeria

La legislación nigeriana prevé la responsabilidad de las empresas por los derrames causados y la obligación de indemnizar a los perjudicados. Así, la Nigerian Federal Environmental Protection Agency Act de 1988 establece que, después de un derrame de petróleo, las empresas deben «begin immediate clean-up operations following the best available clean-up practice and removal methods» La Oil Pipelines Act de 1990, en su apartado 11.5.c, dispone que las empresas deben pagar una compensación «to any person suffering damage (other than on account of his own default or on account of the malicious act of a third person) as a consequence of any breakage of or leakage from the pipeline or an ancillary installation, for any such damage not otherwise made good»11.

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Y la Nigerian Petroleum Act de 1969 establece en su sección 8.1.g que el Ministro «may direct in writing the suspension of any operations which in his opinion are not being conducted in accordance with good oil field practice»12.

Cientos de demandas en relación con derrames de petróleo se han presentado contra Shell y otras empresas petroleras ante los tribunales de Nigeria, pero con frecuencia las decisiones se han demorado años y son pocas las decisiones judiciales firmes, que han comportado algunas compensaciones económicas, pero raras veces la restauración del medio ambiente13.

Uno de los casos más relevantes se inició cuando, el 20 de junio de 2005, un representante de la comunidad de Iwherekan, en el delta del Níger, presentó una demanda de protección de derechos fundamentales contra el Gobierno de Nigeria y Shell por la utilización de la técnica de quema permanente en la atmósfera de gas (gas flaring), para separarlo del petróleo. Ello genera impactos negativos sobre la salud de las personas, incrementa las emisiones de gases de efecto invernadero, contamina los alimentos y el agua, reduce las cosechas y causa lluvia ácida. El 14 de noviembre de 2005 la Alta Corte Federal de Nigeria declaró que tal práctica era inconstitucional14y que las empresas petroleras tenían que cesar la quema de gas en el delta del Níger15. Shell apeló esta decisión. El 16 de diciembre de 2005 se presentó una nueva demanda contra Shell y otras empresas por no haber cesado la quema de gas. La Corte Suprema de Nigeria decidió en abril de 2006 que Shell tenía que detener la quema de gas en el plazo de un año en la comunidad de Iwherekan. En este caso se basa la adopción de la Gas Flaring Prohibition and Punishment Bill, el 2 de julio de 2009. Pero la entrada en vigor de la prohibición completa se ha ido retrasando en diversas ocasiones. Y la reciente Petroleum Industry Bill de 2012 parece dar cobertura a nuevas excepciones.

En otro litigio, el 5 de julio de 2010, tras casi diez años desde su inicio, el Tribunal Federal de Nigeria condenó a Shell Nigeria a pagar unos 100

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millones de dólares en concepto de daños y perjuicios a otra comunidad, la de Ejama-Ebubu, por un vertido de petróleo sucedido cuarenta años atrás, en 1970, que afectó a unas 250 000 hectáreas. La indemnización incluye daños basados en el valor de los cultivos, la pérdida de ingresos derivados de la agricultura y la caza, el suministro de agua, los riesgos para la salud, el impacto psicológico y la profanación de los santuarios, entre otros elementos. Además el juez dispuso que Shell Nigeria tenía que descontaminar y rehabilitar la zona hasta dejarla tal como estaba antes del vertido.

En todo caso, es un hecho que la litigación ha pasado a formar parte de las estrategias de las organizaciones que defienden la justicia ambiental en Nigeria16.

II 2. Países bajos
II 2.1. Oruma, Goi, Ikot Ada Udo

El 9 de mayo de 2008 campesinos y pescadores residentes en distintas aldeas del delta del Níger (Oruma, Goi y Ikot Ada Udo), apoyados por Amigos de la Tierra Holanda y Amigos de la Tierra Nigeria, presentaron tres demandas contra Royal Dutch Shell PLC y Shell Development Company Petroleum de Nigeria ante el Tribunal de Distrito de La Haya, en los Países Bajos. Los demandantes solicitaban que el Tribunal declarase la responsabilidad civil extracontractual por los daños sufridos en sus propiedades y en el medio ambiente como consecuencia de los derrames de petróleo acaecidos en sus aldeas entre 2004 y 2006. Entre otros aspectos se solicita al Tribunal...

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