Disponen dar de baja insumos químicos que se encuentran en custodia de la DINANDRO y de la OFECOD*

Fecha de publicación19 Mayo 1997
Fecha de disposición19 Mayo 1997
Pág. 149341
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 19 de mayo de 1997
Artículo 2º.-
Autorízase al Director General de Crédito
Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir,
en representación de la República del Perú, el Contrato
Modificatorio de la citada operación de Endeudamiento
Externo, así como los demás documentos necesarios para
implementar lo dispuesto por este dispositivo legal.
Artículo 3º.-
El presente Decreto Supremo será refren-
dado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días
del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Economía y Finanzas
5609
ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje de trabajador de
PETROPERU para que participe en
seminario sobre energía, a realizarse
en México
RESOLUCION SUPREMA Nº 049-97-EM
Lima, 15 de mayo de 1997
Vista la Carta Nº RHU-CA-037-97, de fecha 8 de mayo de
1997, del Gerente General de la empresa Petróleos del Perú
- PETROPERU S.A., solicitando autorización de viaje para
un trabajador;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta de fecha 5 de mayo de 1997, la Cía.
Alexander Howden Perú, informa a PETROPERU S.A. que
Alexander Howden invita al Ing. José Sessarego Rodríguez
a participar al Seminario Latinamerican Energy Insurance,
que se realizará en la ciudad de Cancún - México, del 18 al
20 de mayo de 1997;
Que, el Gerente General de PETROPERU S.A. informa
mediante Carta Nº RHU-CA-037-97, que se ha aprobado el
viaje del señor José Sessarego Rodríguez - Analista My. I -
Dpto. de Tesorería, para que participe en el Seminario
precitado en la ciudad de Cancún - México;
Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres-
pondiente viaje;
De conformidad con lo dispuesto por la Directiva Nº 009-
96-OIOE aprobada por Resolución Ministerial Nº 165-96-
EF/15;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Autorizar el viaje, del señor José Sessarego
Rodríguez - Analista My. I - Dpto. de Tesorería de PETRO-
PERU S.A., a la ciudad de Cancún - México, del 17 al 22 de
mayo de 1997, para los fines a que se refiere la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.-
Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución, que ascienden a US$ 487.00 (Cuatro-
cientos ochentisiete y 00/100 Dólares Americanos) serán
cubiertos por PETROPERU S.A., de acuerdo al siguiente
detalle:
Viáticos US$ 220.00 x 2 días US$ 440.00
Tarifa CORPAC e impuestos US$ 47.00
-----------
TOTAL US$ 487.00
Artículo 3º.-
La presente Resolución Suprema no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos o de dere-
chos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Energía y Minas
5591
INTERIOR
Disponen dar de baja insumos quími-
cos que se encuentran en custodia de
la DINANDRO y de la OFECOD
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0456-97-IN/011100000000
Lima, 16 de mayo de 1997
Visto, el Informe Nº 007-97-IN/011100050000(J) de fe-
cha 23 de abril de 1997, expedido por la Dirección de Drogas
e Insumos de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas -
OFECOD, que recomienda la Neutralización del Insumo
Químico Fiscalizado: Acido Sulfúrico Diluido (degradado),
entregado a la DICIQ - DINANDRO por la Empresa Ferti-
lizantes Sintéticos S.A. (FERTISA), por encontrarse en
proceso de privatización, por parte del Estado Peruano, y
puesto a disposición de la OFECOD el mismo que se encuen-
tra almacenado en los tanques de la Empresa mencionada y
bajo custodia de la DICIQ - DINANDRO, dada sus propieda-
des físico-químicas inherentes al tipo de insumo, su gran
volumen y cantidad representa un peligro para la integridad
física del personal.
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Ley Nº 25623, "Productos e Insumos
Químicos directa e indirectamente destinados a la elabora-
ción de Pasta Básica de Cocaína, Pasta Lavada y Clorhidrato
de Cocaína, estarán sujetos a control y fiscalización", dicta
las normas para el control y fiscalización de los productos e
insumos químicos;
Que, el Artículo 44º del Decreto Supremo Nº 008-93-
ITINCI del 28.mayo.93, Reglamento del C.D.L. Nº 25623
contempla la neutralización de insumos químicos inmovili-
zados;
Que, bajo custodia de la DICIQ - DINANDRO, se encuen-
tra: Noventiún mil kilos con novecientos noventicinco gra-
mos (91,995.000 k.) de Acido Sulfúrico Diluido (degradado),
que dada sus propiedades físico-químicas inherentes al tipo
de insumo, su gran volumen y cantidad representa un
peligro para la integridad física del personal, por lo que
resulta necesario proceder a su Neutralización Química;
De conformidad, a lo establecido en el Artículo 44º del
Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI; y,
Estando, a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de
Control de Drogas y con la opinión favorable de la Oficina
General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Dar de baja a Noventiún mil kilos con
novecientos noventicinco gramos (91,995.000 k.) de Acido
Sulfúrico Diluido (degradado), Insumo Químico fiscalizado
entregado a la DICIQ - DINANDRO por la Empresa Ferti-
lizantes Sintéticos S.A. FERTISA por encontrarse en proce-
so de privatización por parte del Estado Peruano y puesto a
disposición de OFECOD, que se encuentra almacenado en
los tanques de la empresa señalada y bajo custodia de la
DICIQ - DINANDRO, procediendo a su Neutralización Quí-
mica.
Artículo 2º.-
En el Acto de Neutralización estarán
presentes el representante del Ministerio Público; el Direc-
tor General de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas
(OFECOD); representante de la Policía Nacional; de la
Dirección de Drogas - DIGEMID del Ministerio de Salud;
Ministerio de Agricultura y Peritos Químicos, quienes for-
mularán el Acta de Neutralización respectiva, la que será
debidamente firmada por los representantes mencionados.
Regístrese, comuníquese y archívese.
CESAR SAUCEDO SANCHEZ
Ministro del Interior
5552
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0457-97-IN/011100000000
Lima, 16 de mayo de 1997
Visto, el Informe Técnico Nº 001-97-IN/011100050000(J)
de fecha 30 de abril de 1997, expedido por la Dirección de
Drogas e Insumos de la Oficina Ejecutiva de Control de
Drogas - OFECOD, que recomienda la Neutralización Quí-
mica del Insumo Químico fiscalizado Carbonato de Sodio

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