Las empresas ?offshore?

Por HumbertoMedranoLea mañana en Economía aDiego MarreroEl Comercio no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta. Se denomina así a las sociedades establecidas en el exterior, generalmente en países o territorios de baja o nula imposición (paraísos fiscales), en muchos de los cuales el capital puede estar representado por acciones al portador y donde ?a diferencia del Perú? no se gravan las rentas provenientes del extranjero.Constituir tales empresas no implica irregularidad alguna y frecuentemente son utilizadas por quienes cuentan con un patrimonio importante y desean no llamar la atención, para evitar ser víctimas de delitos como extorsión o secuestro. Asimismo, se busca establecerlas en países con los que existen acuerdos de protección recíproca de inversiones y también para planificar la distribución de bienes entre los herederos en caso de fallecimiento del titular. Por esas y otras razones similares, dichas personas deciden que sus inversiones aparezcan registradas a nombre de sociedades del exterior y no de sus propietarios directos. Nuestro ordenamiento no impide que los peruanos depositen sus recursos en entidades financieras fuera del país o adquieran acciones emitidas por sociedades extranjeras. Esa sola circunstancia no obliga al pago de ningún impuesto. Ahora bien, si esos activos generan rentas que son percibidas por sus titulares, ellas deben declararse ante la Sunat.También pueden constituirse empresas en el exterior para efectuar inversiones en terceros países y percibir rentas pasivas (intereses, alquileres, dividendos, etcétera). Hasta hace algún tiempo, esas...

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