Resoluciones emitidas por el pleno del JNE recaidas en apelaciones remitidas por los Jurados Electorales Especiales de toda la República

Fecha de disposición10 Octubre 2006
Fecha de publicación10 Octubre 2006
Año XXIII / Nº 9615 www.elperuano.com.pe Pág. 330027
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Sumario
NORMAS LEGALES
FUNDADO
EN 1825 POR EL
LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
AÑO DE LA
CONSOLIDACIÓN
DEMOCRÁTICA
Lima, martes 10 de octubre de 2006
PODER EJECUTIVO
ECONOMÍA Y FINANZAS
D.S. N° 152-2006-EF.- Aprueban Operación de
Endeudamiento Externo con el BIRF 330028
INTERIOR
R.S. N° 438-2006-IN.- Autorizan viaje de Oficial PNP
para participar en la I Reunión de la Comisión Mixta
Antidrogas con Bolivia 330028
TRANSPORTES
Y COMUNICACIONES
R.M. N° 759-2006-MTC/02.- Aprueban relación de bienes,
servicios y obras cuya adquisición o contratación se
realizará mediante Proceso de Selección Abreviado (PSA)
330029
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
R.J. N° 116-2006-JEFATURA/ONP.- Dan por concluida
designación de Gerente de Administración de la ONP 330033
SUNARP
Res. N° 295-2006-SUNARP/SN.- Modifican constitución
del Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº IX con
competencia para la Oficina Registral del Callao 330033
SEPARATA ESPECIAL
JNE
RR. Nºs. 1801 al 3547-2006-JNE.- Resoluciones emitidas
por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones recaídas en
apelaciones remitidas por los Jurados Electorales Especiales
de toda la República 329927
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos,
Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar
sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar.
2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha
de ser publicados.
3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico:
normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL
NORMAS LEGALES
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330028 El Peruano
martes 10 de octubre de 2006
PODER EJECUTIVO
ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban Operación de Endeuda-
miento Externo con el BIRF
DECRETO SUPREMO
Nº 152-2006-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 7.1º de la Ley Nº 28654,
Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año
Fiscal 2006, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar
operaciones de endeudamiento externo hasta por un
monto equivalente a US$ 908 000 000,00
(NOVECIENTOS OCHO MILLONES Y 00/100 DÓLARES
AMERICANOS);
Que, en el marco de la citada autorización, la
República del Perú acordará una operación de
endeudamiento externo con el Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento -BIRF-, hasta por la suma
de US$ 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y
00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a
financiar el Proyecto "Consolidación de los Derechos
de Propiedad Inmueble", a ser ejecutada por la
Comisión de Formalización de la Propiedad Informal -
COFOPRI;
Que, tal endeudamiento se efectuará con cargo al
Subprograma "Sectores Económicos y Sociales" referido
en el literal a) del artículo 7.1º de la Ley Nº 28654, Ley de
Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal
2006;
Que, la indicada operación de endeudamiento externo
ha cumplido con los requisitos establecidos en Ley
Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Público para
el Año Fiscal 2006, y la Ley Nº 28563, Ley General del
Sistema Nacional de Endeudamiento;
Que, sobre el particular han opinado favorablemente
la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, la
Dirección General de Programación Multianual del Sector
Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del
Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, en lo que respecta a disponibilidad
presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida
por la presente operación de endeudamiento externo,
se cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de
Presupuesto de COFOPRI;
Que, asimismo, la Contraloría General de la República
ha informado previamente sobre la citada operación de
endeudamiento externo, en aplicación del literal l) del
artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28654,
Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año
Fiscal 2006, y por la Ley Nº 28563, Ley General del
Sistema Nacional de Endeudamiento; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación y condiciones de la
operación
Apruébase la operación de endeudamiento externo a
ser acordada entre la República del Perú y el Banco
Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF-,
hasta por la suma de US$ 25 000 000,00 (VEINTICINCO
MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS),
destinada a financiar el Proyecto "Consolidación de los
Derechos de Propiedad Inmueble".
La cancelación de dicha operación de
endeudamiento externo se efectuará mediante una
sola cuota de vencimiento el 15 de febrero de 2017.
La operación de endeudamiento externo devengará
una tasa de interés basada en la LIBOR a seis (6)
meses, más un margen fijo a ser determinado por el
BIRF de acuerdo con su política de operaciones, así
como se aplicará una comisión de compromiso
equivalente al 0,85% anual hasta el cuarto año y del
0,75% anual en lo sucesivo, sobre el principal del
préstamo no desembolsado y una comisión de
financiamiento hasta el 1% anual sobre el monto del
préstamo.
Artículo 2º.- Unidad Ejecutora
La Comisión de Formalización de la Propiedad Informal
- COFOPRI, organismo público descentralizado del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, será
la Unidad Ejecutora del Proyecto "Consolidación de los
Derechos de Propiedad Inmueble".
Artículo 3º.- Suscripción de documentos
Autorízase al Ministro de Economía y Finanzas, o a
quien él designe, a suscribir en representación de la
República del Perú, el contrato de préstamo de la
operación de endeudamiento externo que se aprueba
en el artículo 1º de esta norma legal; así como al Director
General de la Dirección Nacional del Endeudamiento
Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir
los documentos que se requieran para implementar la
citada operación.
Artículo 4º.- Servicio de la deuda
El servicio de amortización, intereses, comisiones y
demás gastos que ocasione la presente operación de
endeudamiento externo que se aprueba mediante el
artículo 1º de la presente norma legal, será atendido por
el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a las
previsiones presupuestales para el servicio de la deuda
pública.
Artículo 5º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de
Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda,
Construcción y Saneamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete
días del mes de octubre del año dos mil seis.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
y encargado de la Cartera de
Economía y Finanzas
HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ
Ministro de Vivienda, Construcción
y Saneamiento
02886-1
INTERIOR
Autorizan viaje de Oficial PNP para
participar en la I Reunión de la
Comisión Mixta Antidrogas con Bolivia
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 438-2006-IN
Lima, 8 de octubre de 2006
VISTO, el Oficio Nº 1712-10.2006-DIRANDRO-PNP/
SEC de 3.OCT.2006, sobre la participación en la "I
Reunión de la Comisión Mixta Antidrogas con Bolivia", a
desarrollarse en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra -
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El Peruano
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República de Bolivia del 12 al 13OCT2006, del Director
Antidrogas de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, según lo acotado en el Oficio RE (CDC)
Nº 2-10-C/554 de 2OCT2006, Directora General de
Control de Drogas del Ministerio de Relaciones
Exteriores del Perú, solicita se considere el pedido
de DEVIDA, para la designación de un funcionario
que conforme la delegación peruana recaída en el
Director Antidrogas de la Policía Nacional del Perú,
para que participe en la "I Reunión de la Comisión
Mixta Antidrogas con Bolivia", a desarrollarse en la
ciudad de Santa Cruz de la Sierra - República de
Bolivia del 12 al 13OCT2006;
Que, con Oficio Nº 1227-2006-DIREJADM/
DIRECFIN-PNP-DEP/DA.SDB de 5OCT2006, el Jefe
del Departamento Administrativo de la Dirección de
Economía y Finanzas de la PNP, remite el Informe
Nº 347-2006-DIREJADM-DIRECFIN-PNP-DEP/
DA.SDB de 5OCT2006; así como el Jefe del
Departamento de Pasajes y Bagajes de la DIRECFIN-
PNP, remite Proyecto de Liquidación Nº 20-
DPYB.DIRECFIN-PNP de 5OCT2006, sobre la
Comisión del Servicio del General PNP Carlos Alberto
OLIVO VALENZUELA;
Que, los gastos que por concepto de pasajes y Tarifa
Única por uso de Aeropuerto e indemnización de Gastos
de Viaje del General PNP Carlos Alberto OLIVO
VALENZUELA, serán sufragados por el Estado Peruano,
con cargo a la Unidad Ejecutora de la Oficina de
Administración General del Ministerio del Interior (OGA-
MIN), contando con la disponibilidad presupuestal según
se indica en el Informe Nº 458-2006-IN-0503 de 6OCT2006;
De conformidad, con la Ley Nº 27619, que regula la
autorización de viajes al exterior de funcionarios y
servidores públicos modificada mediante Decreto de
Urgencia Nº 006-2006, concordante con lo establecido
en la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2006, artículo 1º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, artículo 12º
numeral 12.1 y 36º numeral 36.3 de la Ley Nº 27238 -
Ley de la Policía Nacional del Perú, concordante con los
artículos 14º numeral 14.1.2 y 50º numeral 50.1.3 de su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-
2000-IN;
Estando a lo propuesto por el General PNP Director
de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú; y,
Lo opinado por el General de Policía, Director General
de la Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al General PNP Carlos
Alberto OLIVO VALENZUELA, para que viaje en
Comisión del Servicio a la ciudad de Santa Cruz de la
Sierra - República de Bolivia, del 11 al 15OCT2006, a
efectos de que participe en la "I Reunión de la Comisión
Mixta Antidrogas con Bolivia", por los fundamentos
expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos
para el referido Oficial General PNP, que ocasione el
cumplimiento de la presente Resolución Suprema se
efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora de la
Oficina de Administración General del Ministerio del
Interior (OGA-MIN); de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Viáticos Tarifa
US$ US$ Aeroportuaria
US$
General PNP Carlos Alberto $ 491 $ 600 $ 30.25
OLIVO VALENZUELA
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días
calendario de efectuado el viaje, el mencionado Oficial
General PNP, deberá presentar un Informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos; así como la rendición de cuentas
debidamente documentada por los viáticos entregado
al funcionario policial.
Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho
a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra
del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
PILAR ELENA MAZZETTI SOLER
Ministra del Interior
02886-2
TRANSPORTES
Y COMUNICACIONES
Aprueban relación de bienes, servicios
y obras cuya adquisición o contratación
se realizará mediante Proceso de
Selección Abreviado (PSA)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 759-2006 MTC/02
Lima, 5 de octubre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28880, publicada en el Diario
Oficial El Peruano el día 9 de setiembre de 2006, se
autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2006, hasta por la
suma de Un Mil Novecientos Treinta y Siete Millones
Ciento Ochenta y Nueve Mil Ciento Cincuenta y Siete y
00/100 Nuevos Soles (S/. 1 937’189,157.00). Asimismo,
en el numeral 2.1 del artículo 2º de la referida Ley, se
autorizó a los Titulares de Pliego a aprobar, mediante
resolución, la desagregación de los recursos que les
han sido habilitados, a nivel de función, programa,
subprograma, actividad, proyecto y grupo genérico de
gasto. Por ello, mediante Resolución Ministerial Nº 717-
2006-MTC/09, se aprobó dicha desagregación
indicándose que a la Unidad Ejecutora 007 - Pro Vías
Nacional, le corresponde la cantidad de Doscientos
Quince Millones Seiscientos Cuarenta y Cuatro Mil
Ciento Cincuenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles
(S/. 215’644,156.00) y que a la Unidad Ejecutora 010 -
Provías Descentralizado, le corresponde la cantidad
de Treinta y Ocho Millones Novecientos Catorce Mil
Setecientos Treinta y Tres y 00/100 Nuevos Soles
(S/. 38’914,733.00);
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 024-2006, se
aprobó el Procedimiento Especial para la ejecución de
las actividades y proyectos bajo el ámbito de la Ley
Nº 28880, denominado Proceso de Selección Abreviado
(PSA), disponiendo que el Titular de la Entidad, mediante
resolución, apruebe la relación de bienes, servicios y/u
obras, cuya adquisición o contratación se realice
mediante dicho proceso, los mismos que deberán estar
incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones del Estado y registrados en el Sistema
Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado
- SEACE;

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